C DERECHO AMBIENTAL MEXICANO I. La Generación De Energía . - UNAM

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Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la unam.mx/bjvLibro completo en: https://goo.gl/K9PWsiCAPÍTULO CUARTODERECHO AMBIENTAL MEXICANOI. L a g eneración de energ ía eléctrica y la protección am biental . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1431. D esarrollo sustentable . . . . . . . . . . . . . . .1432. A m biente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1443. L a electricidad y el m edio am biente . . . . . . . .1454. L os im pactos am bientales de las instalaciones eléctricas 146II. L eg islación am biental m ex icana. . . . . . . . . . .1491. B ases constitucionales . . . . . . . . . . . . . . .1502. L ey G eneral del E quilibrio E cológ ico y P rotección alA m biente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .152A . L ey es com plem entarias en m ateria am biental. .158B . L ey es estatales de carácter am biental . . . . . .1583. R eg lam entos de la L ey G eneral del E quilibrio E cológ ico y P rotección al A m biente y norm as am bientales 1584. A utoridades am bientales . . . . . . . . . . . . . .158III. L a política am biental de la C om isión F ederal de E lectricidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1641. P olítica de protección am biental de la C om isión F ederal de E lectricidad. . . . . . . . . . . . . . .2. L a G erencia de P rotección A m biental. . . . . . .3. P rog ram a Institucional de P rotección A m biental4. M arco de norm ativ idad técnica165166. .167. . . . . . . . . .167IV . L a C om isión F ederal de E lectricidad y el m edio am biente internacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 169V . P erspectiv as de la g eneración eléctrica y la protecciónam biental. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .DR 1997. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México172

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la unam.mx/bjvLibro completo en: https://goo.gl/K9PWsiC A P ÍT U L O C U A R T OD E R E C H O A M B IE N T A L M E X IC A N OI. L A G E N E R A C IÓ N D E E N E R G ÍA E L É C T R IC AY L A P R O T E C C IÓ N A M B IE N T A LA niv el constitucional, la g eneración de energ ía eléctrica se encuentrareg ulada en el artículo 27, párraf o sex to, el cual enuncia:C o rre s p o n d e e x c l u s i v a m e n t e a l a n a c i ó n g e n e ra r,c o n d u c i r,t ra n s f o rm a r,d i s t ri b u i r ya b a s t e c e r e n e rg í a e l é c t ri c a q u e t e n g a p o r o b j e t o l a p re s t a c i ó ndepúblico.s e rv i c i op a rt i c u l a re sylaE nnaciónestam a t e ri aa p ro v e c h a ránoseo t o rg a rá nlos bienesyconcesionesare c u rs o s n a t u ra l e slosques e re q u i e ra n p a ra d i c h o s f i n e s .E n este sentido, el propio artículo 27 constitucional, en su párraf ocuarto, prescribe el aprov echam iento racional de los recursos naturalese im pone al E stado el deber de adoptar las m edidas necesarias paraev itar su destrucción.A l respecto, las def iniciones jurídicas de desarrollo sustentable y am biente o m edio am biente , que a continuación se ex pondrán,deben colocarse en el terreno de la técnica para que nos perm ita trabajarlos e incorporarlos a la práctica de la activ idad eléctrica.1. D esarrollo sustentableD e acuerdo con div ersos especialistas, el desarrollo sustentable, desdeel punto de v ista de la ecolog ía, tiene la connotación de preserv acióndel status y de la f unción de los sistem as ecológ icos. P ara los econom istas sig nif ica m ejorar o cuando m enos m antener las condicionesde v ida del ser hum ano. E ntre am bas concepciones, se encuentra loque se pretende por desarrollo sustentable.L a C om isión B rundtland, integ rada por ex pertos internacionales sobre el desarrollo sustentable y su relación con el m edio am biente, lo143DR 1997. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la unam.mx/bjvLibro completo en: https://goo.gl/K9PWsi144DERECHO AMBIENTAL DE AMÉRICA DEL NORTEdef ine com o el desarrollo que satisf ace las necesidades del presentesin com prom eter la v iabilidad de las g eneraciones f uturas para podersatisf acer sus propias necesidades . E l concepto es elusiv o en su def inición. S in em barg o, se inf iere que es preserv ar la tierra con el equilibrioque perm ita al ser hum ano, la f lora y la f auna su superv iv encia, yaseg ure que la calidad de v ida del hom bre sea satisf actoria para alcanz arsu desarrollo en arm onía con la naturalez a.L o dif ícil es llev ar a la práctica, en térm inos científ icos y técnicos,las acciones que se requieren para aprov echar sim ultáneam ente los recursos naturales con el m ínim o de alteración posible, por la dif icultadde asig nar los recursos f inancieros necesarios para su instrum entación.2. A mbienteE n este trabajo, usam os los térm inos m edio am biente , am biente o m edio com o sinónim os, aunque se pref iere am biente de m anerag enérica.E l am biente se def ine com o el conjunto de elem entos f ísicos, bióticos, económ icos y sociales, y su sistem a de interrelaciones que ex istenen el entorno de una z ona o reg ión en estudio.L os elem entos f ísicos consisten en todo aquello que no tiene v ida,pero que es directa o indirectam ente sustento y lug ar de desarrollo dela m ism a. A sí, se pueden m encionar las condiciones topog ráf icas y batim étricas, el ag ua (lag una, m ar, estero, m anto acuíf ero, etcétera), clim a, rég im en de v ientos, condiciones g eológ icas, suelos, etcétera.L os elem entos bióticos son todos aquellos que tienen v ida, f lora yf auna, y se ag reg an las relaciones entre éstos. L a interrelación entrelos elem entos bióticos y f ísicos o abióticos dan lug ar al ecosistem a.L os elem entos económ icos son aquellos que perm iten el sustento delser hum ano, tales com o las activ idades ag rícola, com ercial, industrial,turística, etcétera. F inalm ente, los elem entos sociales son las características de las poblaciones en cuanto a dem og raf ía, costum bres, reg ión,escolaridad, com posición étnica, etcétera.D e lo anterior se desprende que am biente, en g eneral, no es alg obucólico, no sig nif ica necesariam ente bosque, selv a, m ar o la naturalez av irg en. E n sum a, se puede decir que am biente es el hom bre y su entorno f ísico, biótico, económ ico y social, y la interrelación entre ellos.DR 1997. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la unam.mx/bjvLibro completo en: https://goo.gl/K9PWsiDERECHO AMBIENTAL MEXICANO145D esde lueg o, esta def inición es antropocéntrica. A lg unos autores noestán de acuerdo con ella, porque af irm an que esta v isión del hom brecom o centro del univ erso ha prov ocado el g rav e deterioro y la alteración del equilibrio ecológ ico. S in em barg o, creem os que la v isión antropocéntrica, que no es de dom inación, sino de aprov echam ientoracional de los recursos para aseg urar la superv icencia del hom bre ycon él, de los ecosistem as , con una calidad de v ida que le perm itabuscar su bienestar, es la que podrá m otiv arlo para proteg er el am bientey alcanz ar el desarrollo sustentable.3. L a electricidad y el medio ambienteE stá claro que el serv icio de energ ía eléctrica está estrecham enterelacionado con la calidad de v ida. L a energ ía eléctrica es esencial para:– S atisf acer las necesidades hum anas básicas de alim entación, ag ua,salud y habitación.O f recer niv eles m ás altos de prosperidad a trav és de la com odidad,m ov ilidad y prov isión de bienes y serv icios.– A seg urar estabilidad social y económ ica m ediante com unicaciones y–otros serv icios.A trav és de la historia, se ha v isto que el aum ento del consum o deenerg ía eléctrica ha sido un requisito para el desarrollo económ ico yuna consecuencia del m ism o. L a electricidad ha crecido en im portanciaa lo larg o de este sig lo no sólo en los países industrializ ados, sinotam bién en los países en desarrollo, porque es f ácil de usar y sirv ecom o f uerz a m otriz para m uchos de los serv icios que contribuy en anuestro desarrollo económ ico y social. L a electricidad se considera ahora com o un elem ento esencial en el proceso de desarrollo económ icoy social.L a g eneración y distribución de electricidad en g ran escala requierede una inf raestructura com pleja, que ex iste en g ran parte de los paísesindustrializ ados, m ientras que, en otros en desarrollo, se encuentra enetapa de ex pansión.E l proceso de producción de electricidad ha sido bien entendido durante décadas, y ex isten num erosas tecnolog ías desarrolladas que lascom pañías eléctricas pueden escog er. T radicionalm ente, se ha dadoDR 1997. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la unam.mx/bjvLibro completo en: https://goo.gl/K9PWsi146DERECHO AMBIENTAL DE AMÉRICA DEL NORTEprioridad a la energ ía barata, f iable y abundante sin m ostrar preocupación por el m edio am biente y otras cuestiones.E sta v isión ha cam biado en v arios países y , g radualm ente, ha idoobteniendo m ay or aceptación m undial; ahora ex iste una m ay or preocupación por prom ov er serv icios eléctricos que, adem ás, aseg uren que elim pacto am biental sea m ínim o.E x iste tam bién una actitud creciente para que este desarrollo ocurraal m enor costo m ediante la optim iz ación total del sistem a de sum inistroy dem anda de electricidad. S in em barg o, el debate continúa en m uchospaíses sobre cóm o prov eer m ejor estos serv icios eléctricos de una m anera am bientalm ente apropiada, sin poner trabas al proceso de desarrollo. T odas estas tendencias e inquietudes conducen al desarrollo yaplicación de una nuev a g eneración de técnicas y tecnolog ías, alg unasde las cuales son nuev as, m ientras otras son adaptaciones de sistem asanteriores.¿ A qué retos nos enf rentam os en el sector eléctrico? E l debate actualse enf oca al m edio am biente. L a preocupación por la contam inacióndel m edio am biente, la acidif icación de bosques y lag os, el cam bioclim ático m undial, el riesg o de accidentes g rav es apoy an la necesidadde realiz ar inv estig aciones m uy cuidadosas para considerar los ef ectos dela producción de electricidad sobre el m edio am biente.L a ev aluación com parativ a de riesg os desem peñará un papel cadav ez m ás im portante en la planif icación del desarrollo de los sistem asenerg éticos, al proporcionar a quienes tom an las decisiones la inf orm ación clav e para lleg ar a los m odos y com binaciones adecuados de sistem as de g eneración de electricidad. E l objetiv o principal es optim iz arlos m étodos y la ef iciencia, incluido el ahorro de energ ía, con el f inde reducir sus ef ectos nociv os sobre el m edio am biente.E s f undam ental que los m étodos y los resultados de la ev aluacióncom parativ a de riesg os sean claros y conf iables para que ef ectiv am entesirv an de apoy o en la tom a de decisiones. L os ef ectos sobre el am biente incluy en div ersas consideraciones, entre ellas las sociales, laseconóm icas y la disponibilidad de recursos.4. L os impactos ambientales de las instalaciones eléctricasL as instalaciones eléctricas pueden prov ocar ef ectos activ os en el am biente. L os ef ectos activ os se ref ieren al deterioro que una obra prov ocaDR 1997. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la unam.mx/bjvLibro completo en: https://goo.gl/K9PWsiDERECHO AMBIENTAL MEXICANO147en el m edio; sin em barg o, dentro de estos tam bién se pueden m encionarlas obras que tienen por objeto prev enir, m itig ar o restaurar daños queocasione. C om o contraparte, hay ef ectos pasiv os, que son aquellos que elam biente prov oca en las obras, com o su deterioro, g eneralm ente, durante su v ida útil. A lg unos ef ectos pasiv os pueden ser consecuencia deotras activ idades hum anas.L os ef ectos activ os prov ocados por las obras que deterioran el am biente son el ruido, hum os, polv os, destrucción f ísica de f lora y f auna,niv elaciones, desechos, pérdida de niv el f reático, dism inución o pérdidade la recarg a de acuíf eros, su sobreex plotación, etcétera.L os div ersos ef ectos que una obra civ il puede prov ocar en el m ediodeben ser identif icados y ev aluados desde la etapa de planeación. E stotiene por objeto cuantif icar los costos ex ternos de una obra. D ichoscostos o ex ternalidades son aquellos que tarde o tem prano tendrá quepag ar la sociedad, en su conjunto, com o consecuencia de los ef ectosadv ersos que prov oca la obra en el m edio.L as ex ternalidades pueden ser la af ectación del paisaje, dism inuiro cancelar su atractiv o turístico; los ef ectos en la producción ag rícola oen los acuíf eros y cuerpos de ag ua superf iciales; pérdida de tierras cultiv ables o bosques. A lg unos de ellos pueden estim arse en térm inos m onetarios (pérdidas de cosechas o tierras cultiv ables).D urante la planeación, y en la etapa de selección del sitio o tray ectoria de la obra, cada alternativ a debe estim ar los costos directos queocasione m ás los de las ex ternalidades para escog er aquella opción cuy arelación benef icio/costo sea óptim a. S uele ocurrir que en un sitio (ouna tray ectoria) los costos directos sean m enores que para otros, y , sinem barg o, las ex ternalidades sean m ás elev adas que en estos últim os.A l sum ar los costos directos m ás las ex ternalidades se tiene la v isióncom pleta del problem a y se puede eleg ir el sitio (o tray ectoria) m ásapropiado en térm inos am bientales, sociales y económ icos a m edianoy larg o plaz o.U na v ez eleg ido el sitio o tray ectoria de la obra, en su etapa dediseño, deben incorporarse al proy ecto las m edidas de prev ención, m itig ación y restauración de los im pactos am bientales identif icados y ev aluados durante la planeación. E sta incorporación debe hacerse enplanos, especif icaciones y térm inos de ref erencia para contratar o subcontratar. P or ejem plo, si la obra interrum pe el escurrim iento de ag uaDR 1997. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la unam.mx/bjvLibro completo en: https://goo.gl/K9PWsi148DERECHO AMBIENTAL DE AMÉRICA DEL NORTEnatural a un estero o lag una, se pueden tom ar en cuenta sif ones o alcantarillas en el proy ecto para que ello no ocurra.E n obras de carreteras, hay ocasiones en que com unidades de anim ales quedan aisladas de los lug ares donde se alim entan, caz an o abrev an. P ara éstas, se pueden hacer obras que les perm itan pasar de unlado a otro de la carretera; una alcantarilla sería suf iciente. S i se tratade anim ales m ay ores, se podrían relocaliz ar o considerar la señaliz aciónadecuada en alg unos tram os de la carretera, junto con otras m edidas,para que crucen los cam inos sin poner en pelig ro a los usuarios y aellos m ism os.L os ef ectos adv ersos al am biente pueden ocurrir durante v arias etapas: a) ejecución de estudios prev ios; b) construcción, y c) operación(o v ida útil de la obra).E n la ejecución de los estudios prev ios se producen alteraciones enel am biente por apertura de brechas, ejecución de sondeos y ex cav aciónde socav ones, desechos del personal y de los equipos, interacción conla com unidad, acciones de caz a y pesca del personal, etcétera. L a m ay oría de los im pactos producidos en esta etapa se pueden prev enir ym itig ar. P or ejem plo, para abrir brechas es posible aprov echar los senderos ex istentes, hacerlas del m ínim o ancho posible, y ev itar la tala sinsentido de v eg etación nativ a y de especies de árboles, en especial, aquellos cuy os indiv iduos sean de lento crecim iento o que teng an m uchosaños de ex istencia.L a ex plotación de bancos de m aterial en tajos a cielo abierto debediseñarse de tal f orm a que la restauración de estos sitios sea económ ica.P or ejem plo, se hace necesario, antes de iniciar la ex plotación, recog erla cubierta de suelo v eg etal y am ontonarla en los lím ites del área, proceder a la ex plotación y ev itar, en lo posible, taludes v erticales, quedejan berm as.S i en alg una parte de la obra hay ex cav ación, el m aterial de desechopuede colocarse en los bancos de préstam o y a ex plotados, y , f inalm ente, cubrir con el suelo v eg etal que se recog ió al inicio de los trabajos,y rev eg etar o f orestar la z ona con especies de la reg ión y v ig ilar sucrecim iento, m ediante rieg o o sustitución de los indiv iduos que m ueran.L a restauración de los bancos de m aterial debe planearse junto con lasactiv idades de construcción. L as posibilidades de solución son m uchasy dependen de cada obra en particular.DR 1997. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la unam.mx/bjvLibro completo en: https://goo.gl/K9PWsiDERECHO AMBIENTAL MEXICANO149F inalm ente, durante la operación de la obra y en f unción del tipode instalación, se prov ocarán ef ectos div ersos en el am biente. G eneralm ente, en esta etapa ocurren los m ay ores ef ectos, porque suceden enlapsos de v arios decenios. E stos pueden ser em isiones de todo tipo a laatm ósf era, al ag ua, al suelo, interrupción de drenajes naturales, ex plotación de ag uas superf iciales o subterráneas, etcétera. E s posible que ocurran ef ectos no identif icados en la etapa de planeación y diseño, por loque es necesario el m onitoreo am biental de las obras durante la v ida útil.E s im portante recalcar que alg unas obras de ing eniería pueden dirig irse ex clusiv am ente a prev enir, m itig ar o reparar los daños al am biente, com o los rellenos sanitarios, tratam iento de ag uas, estabiliz ación deladeras naturales, estanques naturales de contención de desechos tóx icosy obras hidráulicas de protección, entre otros. E n g eneral, todas lasobras civ iles pueden ocasionar ef ectos adv ersos y benéf icos al m edioam biente, sim ultáneam ente.C om o todos los m étodos de la producción de energ ía im plican im pactos am bientales, es f undam ental, desde el punto de v ista am biental,que, antes de construir una planta, se determ ine si se requiere m ay orcapacidad de g eneración; ig ualm ente, las m edidas para la conserv aciónde la energ ía que ev iten la necesidad de producir electricidad, tam biénev itan los im pactos am bientales asociados, entre otras:a) L as tarif as por el consum o de energ ía eléctrica deben ref lejar losv erdaderos costos de producción, incluy endo los costos am bientales(costos m arg inales, tarif as diarias y tem porales, etcétera).b) D ebe utiliz arse tecnolog ía sustituta si los costos totales son m enores que los costos de g eneración de energ ía eléctrica (por ejem plo,sustituir aires acondicionados inef icientes, aislantes a las casas que utilicen la electricidad com o calef acción).c) L a electricidad debe ser com prada a aquellas instalaciones públicaso productores independientes que teng an ex ceso de energ ía, si esto ev itala construcción de plantas nuev as.d) D eben ser utiliz adas técnicas de cog eneración de energ ía cuandosea posible.II. L E G IS L A C IÓ N A M B IE N T A L M E X IC A N AA f in de of recer un panoram a g eneral de la estructura del ordenjurídico en el derecho m ex icano, en las tablas 1 y 2 contenidas al f inalDR 1997. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la unam.mx/bjvLibro completo en: https://goo.gl/K9PWsi150DERECHO AMBIENTAL DE AMÉRICA DEL NORTEdel trabajo se presentan esquem áticam ente la jerarquiz ación del ordenjurídico en los ám bitos f ederal y estatal (S oto, 1993). E n la tabla 1 seaprecia que la C onstitución P olítica es la base de las ley es de carácterf ederal o g eneral. É stas, a su v ez , se reg ulan a trav és de uno o m ásreg lam entos para su aplicación en la práctica.F inalm ente, los reg lam entos pueden o no requerir norm as que sonespecíf icas para un g rupo lim itado de personas con el m ism o interés,por ejem plo, la norm a que f ija los lím ites m áx im os de em isiones a laatm ósf era de f uentes f ijas que em plean com bustibles f ósiles. A sí, lasley es y reg lam entos son de aplicación g eneral, m ientras que las norm asson de aplicación específ ica. A continuación, se hará una presentaciónen orden jerárquico de la leg islación am biental m ex icana.1. B ases constitucionalesL as bases constitucionales de la leg islación am biental m ex icana sontres. É stas se encuentran (en orden de im portancia) en los artículos 4,27, 73, 25 y 115 de la C onstitución P olítica de los E stados U nidosM ex icanos.L a prim era base se ref iere a la idea de la proteción de la salud que secom plem enta con la de conserv ación de los recursos naturales, que estáplasm ada en el párraf o tercero del artículo 27 constitucional. E sta ideaf orm a parte del tex to orig inal y ha perm anecido intacta, a pesar de loscam bios que ha reg istrado la C onstitución desde su prom ulg ación en1917.E l seg undo f undam ento constitucional se ref iere a la prev ención ycontrol de la contam inación am biental. E sta disposición se encuentraen la f racción X V I del artículo 73 constitucional, y f ue incorporadaex plícitam ente en 1971 a su v ersión orig inal.L a disposición contenida en el párraf o sex to del artículo 25 constitucional, ref erente al cuidado del m edio am biente por parte del sectorsocial y productiv o, f ue incorporada en el año de 1983.E stas disposiciones f undam entales f ueron am pliadas m ediante ref orm as a los artículos 25, 27 y 73 constitucionales; en ellas, se establecióel deber del E stado de preserv ar y restaurar el equilibrio ecológ ico.A dem ás, se f aculta al C ong reso de la U nión para establecer un sistem ade concurrencia entre la F ederación, los estados y los m unicipios enDR 1997. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la unam.mx/bjvLibro completo en: https://goo.gl/K9PWsiDERECHO AMBIENTAL MEXICANO151m ateria de preserv ación y restauración del equilibrio ecológ ico y protección al am biente.P or su im portancia para este estudio, se transcribe a continuación elpárraf o tercero del artículo 27 constitucional, cuy a ref orm a f ue publicada el 28 de enero de 1992 en el D iario O ficial de la F ederación:L anaciónp ri v a d ag u l a r,t e n d rálasentodom odalidadestiem poqueen benef icio social,delari q u e z ae q u i l i b ra d odelp o b l a c i ó n ru ra l ys a ri a sp a rapública,paísyelsudeim ponerpúblico,c o n s e rv a c i ó n ,m e j o ra m i e n t oo rd e n a rlosm e j o ra m i e n t odelasasent am ient osyre s t a u ra r e lhum anosyde planear yc re c i m i e n t oe q u i l i b ri odeecológ ico;p a rala pequeñaelym ediolosp ro p i e d a dru ra l ,dañosqueyp a ralaelp ro p i e d a deldere -d e s a rro l l ov idadelaru ra l ;ev itarp ro p i e d a dadecuadasbosques, a ef ec-depoblaciónp a raf ra c c i o n a m i e n t o d ee n l o s t é rm i n o s d e l a l e yt u ra , d e l a g a n a d e rí a , d e l a s i l v i c u l t u ra yeneldeestablecerc e n t ro sp a ra d i s p o n e r,n a t u ra l e slare g u l a r l a f u n d a c i ó n , c o n s e r-losex plotación colectiv a de los ejidos ym icasl o g ra rd e st i n o s d e t i e rra s , a g u a s yo rg a n i z a c i ó n ydeacom ocondicioneslos latif undios;d e s a rro l l oasíu rb a n a . E n c o n s e c u e n c i a , s e d i c t a rá n l a s m e d i d a s n e c e -t o d e e j e c u t a r o b ra s p ú b l i c a s yp re s e rv a r yi n t e ré sc o n o b j e t o d e h a c e r u n a d i s t ri b u c i ó n e q u i t a cuidarp ro v i s i o n e s , u s o s , re s e rv a s yv ación,d e re c h oele l a p ro v e c h a m i e n t o d e l o s e l e m e n t o s n a t u ra l e ss u s c e p t i b l e s d e a p ro p i a c i ó n ,tiv aeldictere g l a m e n t a ri a ,lac o m u n i d a d e s ; p a ra e lp a ra e l f o m e n t o d e l a a g ri c u l -de las dem ás activ idades econólad e s t ru c c i ó npuedas u f ri rdeenloselem entosp e rj u i c i odelasociedad.D e este párraf o se desprende que la C onstitución considera el aprov echam iento racional de los recursos naturales, e im pone al E stado eldeber de adoptar las m edidas necesarias para ev itar la destrucción delos m ism os.L a prev ención y control de la contam inación am biental se incorporóex plícitam ente en las ref orm as a la C onstitución en julio de 1971. A sí,la últim a parte de la f racción X V I del artículo 73 quedó com o sig ue:L a s m e d i d a s q u e e l c o n s e j o [d e S a l u b ri d a d G e n e ra l ] h a y a p u e s t o e n v i g o re n l a c a m p a ñ a c o n t ra e l a l c o h o l i s m o yla v enta de sustancias que env ene-n a n a l i n d i v i d u o o d e g e n e ra n l a e s p e c i e h u m a n a ,p a ra p re v e n i r yasí com o las adoptadasc o m b a t i r l a c o n t a m i n a c i ó n a m b i e n t a l , s e rá n d e s p u é s re v i -s a d a s p o r e l C o n g re s o d e l a U n i ó n e n l o s c a s o s q u e l e c o m p e t a n .A lg unos juristas (B rañes, 1994) señalan que es discutible la m aneraen que quedó plasm ada en la C onstitución la prev ención y com bate ala contam inación am biental, y a que se le equipara a un problem a deDR 1997. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la unam.mx/bjvLibro completo en: https://goo.gl/K9PWsi152DERECHO AMBIENTAL DE AMÉRICA DEL NORTEsalud pública y se hace de com petencia del C onsejo de S alubridad G eneral, aunque tam bién del C ong reso de la U nión.P or lo tanto, se desprende que en la C onstitución P olítica la protección am biental, en su conjunto, se contem pla desde los tres enf oquessig uientes: a) conserv ación de los recursos naturales susceptibles deapropiación; b) prev ención y control de la contam inación que af ecta lasalud hum ana, y c) el cuidado del m edio am biente f rente al uso de losrecursos productiv os que hacen los sectores social y priv ado.D e estos enf oques, el m ás im portante ha sido el de la conserv aciónde los recursos naturales susceptibles de apropiación, y a que a partir deél se han estructurado los principales ordenam ientos jurídicos en la m ateria, entre ellos la L ey G eneral del E quilibrio E cológ ico y P rotecciónal A m biente (L G E E P A ), con ref orm as im portantes en 1996.2. L ey G eneral del E quilibrio E cológ ico y P rotección al A mbienteE sta ley es el principal instrum ento jurídico v ig ente en m ateria deprotección am biental en su conjunto. S us antecedentes son: la L ey F ederal para P rev enir y C ontrolar la C ontam inación A m biental (1971), lacual f ue abrog ada por la L ey F ederal de P rotección al A m biente (1982),que a su v ez f ue sustituida por la L G E E P A en 1988 y ref orm ada en1996.D e acuerdo con el artículo 1 , la L G E E P A es[.] reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política que serefieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así comoa la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre lasque la nación ejerce su soberanía y jurisdicción [.].L a propia ley def ine el equilibrio ecológ ico com o la relación deinterdependencia entre los elem entos que conf orm an el am biente quehace posible la ex istencia, transf orm ación y desarrollo del hom bre ydem ás seres v iv os . T am bién def ine el térm ino preserv ación com o elconjunto de políticas y m edidas para m antener las condiciones que propician la ev olución y continuidad de los procesos naturales . D e aquíse desprende que, desde el punto de v ista jurídico, la preserv ación yrestauración del equilibrio ecológ ico es m antener y , en su caso, recuperar la relación de interdependencia de los elem entos de la biosf era.DR 1997. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la unam.mx/bjvLibro completo en: https://goo.gl/K9PWsiDERECHO AMBIENTAL MEXICANO153D icha ley señala que la protección al am biente es el conjunto depolíticas y m edidas para m ejorar el am biente y prev enir y controlar sudeterioro. D ef ine el am biente com o I. A m biente: E l conjunto de elem entos naturales y artif iciales o inducidos por el hom bre que hacenposible la ex istencia y desarrollo de los seres hum anos y dem ás org anism os v iv os que in

Bases constitucionales Las bases constitucionales de la legislación ambiental mexicana son tres. Éstas se encuentran (en orden de importancia) en los artículos 4, 27, 73, 25 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.