Manual Del Socio - Bienvenidos: Auxilio Plan De Socios

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BENEFICIOS APLICABLES A LA CUBIERTA DE GASTOS MÉDICOS MAYORESEfectivo el 1 de enero de 2022La atención médica de emergencia fuera de Puerto Rico activa la cubierta de gastos médicos mayores(Major Medical). De necesitar hacer uso de dicha cubierta, debe tener en cuenta los siguientesaspectos: El Socio(a) deberá tener su membresía vigenteLos gastos serán cubiertos cuando el Socio se encuentre de viaje por otro propósito que no seael recibir servicios médicos electivos no autorizados y requiera atención médica urgente. Laausencia de Puerto Rico no debe exceder de 60 días, desde su salida de Puerto Rico hasta lafecha de requerir los servicios médicos.Para reclamar el beneficio debe presentar, entre otros documentos, el boleto de salida y regresoa Puerto Rico.En Estados Unidos, debe comunicarse con SUNMED al teléfono (786) 888-6792 ó al correoelectrónico: ops@sunmedint.net para coordinar los servicios al surgir la emergencia médica.Servicios dirigidos por SunMed a:Sala de UrgenciasSala de EmergenciasCopagos aplicables 225.00 1,000.00Servicios directos en:Sala de UrgenciasSala de EmergenciasCopagos aplicables 400.00 2,000.00Otros servicios cubiertos bajo el Major Medical, debidamente autorizados, tendrán copagos odeducibles, según la cubierta y se especificarán en la preautorización para el pago de dichos servicios.Para servicios cubiertos y no disponibles en Puerto Rico, que hayan sido preautorizados y coordinadoscon Plan de Socios, el (la) Socio(a) deberá cubrir 250.00 de deducible, más el 20% de los primeros 20,000.00, para un total de 4,250.00.El límite de servicios de Major Medical seguirá como de costumbre con un máximo vitalicio de 250,000.00.Sociedad Española de Auxilio Mutuo y Beneficencia de Puerto RicoApartado 1911959 · San Juan, Puerto Rico 00919-11959 · Tel. 787-773-1222

MANUAL DEL SOCIOSOCIEDAD ESPAÑOLA DE AUXILIO MUTUOY BENEFICENCIA DE PUERTO RICO

TABLA DE CONTENIDO MANUAL DEL SOCIOCAPÍTULO I. INFORMACIÓN ORGANIZACIONAL AUXILIO PLAN DE SOCIOSSección 1.1 Carta de Bienvenida . 1Sección 1.2 Características del Plan . 2Sección 1.3 Datos Históricos . 2CAPÍTULO II. REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD Y ADMISIÓN AL PLANSección 2.1 Requisitos de Elegibilidad . 3Sección 2.2 Pago de Cuota . 3-4CAPÍTULO III. SERVICIOS DEL PLAN DE SOCIOSSección 3.1 Tarjeta de Identificación . 4Sección 3.2 Beneficios Cubiertos por el Plan . 4Sección 3.3 Proveedores Participantes . 4Sección 3.4 Instalaciones de Salud Participantes . 4Sección 3.5 Proceso para Recibir Servicios . 5Sección 3.6 Proceso de Pre-autorización . 5Sección 3.7 Política de Reembolso . 5CAPÍTULO IV. ACCESO A SERVICIOS DE SALUDSección 4.1 Cuidado Primario . 5Sección 4.2 Cuidado Especializado . 5Sección 4.3 Cuidado Hospitalario . 6CAPÍTULO V. SERVICIOS EN CIRCUNSTANCIAS EXTRAORDINARIASSección 5.1 Coordinación de Beneficios . 6Sección 5.2 Servicios en Situaciones Extraordinarias . 6CAPÍTULO VI. DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DEL SOCIOSección 6.1 Derechos del Socio . 6-7Sección 6.2 Obligaciones del Socio . 7-8Sección 6.3 Procedimiento de Quejas y Agravios . 8-11CAPÍTULO VII. BENEFICIOS DEL PLAN DE SOCIOS . 11-12CAPÍTULO VIII. CUMPLIMIENTO LEGAL . 12CAPÍTULO IX. OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD . 12CAPÍTULO X. PERIODOS DE ESPERA. 13CAPÍTULO XI. CONDICIONES PREEXISTENTES . 13CAPÍTULO XII. CUBIERTA DE TRASPLANTE. 13

CAPÍTULO XIII. CUBIERTA DE BENEFICIOS MÉDICOS HOSPITALARIOSServicios Diagnósticos y Terapéuticos . 14-15Servicios de Laboratorio, Rayos X y otras Pruebas Diagnósticas . 16Servicios de Cuidado Preventivo, Adultos . 17Servicios de Cuidado Preventivo, Niños . 17Cubierta de Maternidad . 18-19Tratamiento Terapéutico. 20Terapia Física . 20Terapia del Habla . 21Procedimientos Quirúrgicos. 22Servicios de Anestesia. 22Pacientes Hospitalizados . 22-23Centro de Cirugía Ambulatoria o Pacientes Ambulatorios. 23Servicios de Emergencias . 24CAPÍTULO XIV. CUBIERTA DENTAL . 25-26CAPÍTULO XV. SERVICIOS QUE REQUIEREN PRE-AUTORIZACIÓN . 27CAPÍTULO XVI. EXCLUSIONES GENERALES . 28-33CAPÍTULO XVII. CUBIERTA DE GASTOS MÉDICOS MAYORES O "MAJOR MEDICAL" . 34Sección 17.1 Beneficios Aplicables a cada Socio . 34-35Sección 17.2 Máximo de Beneficios . 35Sección 17.3 Cubierta Médico Hospitalaria . 35-36Sección 17.4 Servicios Cubiertos. 36-37Sección 17.5 Emergencias Médicas en Puerto Rico . 37-38Sección 17.6 Exclusiones Generales del “Major Medical” . 39-42Sección 17.7 Definiciones bajo Cubierta “Major Medical’’ . 42-44Sección 17.8 Disponibilidad . 44CAPÍTULO XVIII. TRASPLANTE DE ÓRGANOS HUMANOS Y TEJIDOS . 44-51CAPÍTULO XIX. INFORMACIÓN IMPORTANTE AUXILIO PLAN DE SOCIOS. 52-53CAPÍTULO XX. GLOSARIO DE TÉRMINOS GENERALES . 53-56CAPÍTULO XXI. DIRECCIONES Y NÚMEROS IMPORTANTES AUXILIO PLAN DE SOCIOS . 57Revisado 8/2015

CAPÍTULO I. INFORMACIÓN ORGANIZACIONAL AUXILIO PLAN DE SOCIOSSECCIÓN 1.1 CARTA DE BIENVENIDASaludos a nombre de la Sociedad Española de Auxilio Mutuo y Beneficencia de Puerto Rico.El Plan de Socios de la Sociedad Española de Auxilio Mutuo y Beneficencia de Puerto Rico (El Plan deSocios) agradece su confianza al seleccionarnos para ofrecerle una cubierta de servicios de salud deexcelencia.La creación del Plan de Socios se llevó a cabo durante la última década del siglo XIX y desde entonces hamantenido su misión de garantizar que todos sus socios tengan acceso a la más completa gama deservicios médico-hospitalarios. Nos ocupamos de que los servicios sean prestados con los más rigurososestándares de excelencia de acuerdo con principios de apoyo mutuo, beneficencia, caridad y cristiandad.Nuestro principal proveedor, Hospital Español Auxilio Mutuo de Puerto Rico, Inc. (Hospital AuxilioMutuo) integrante del grupo corporativo de la Sociedad Española tiene una experiencia centenaria en laindustria de la salud del País, destacándose por su vanguardismo en la ciencia y la tecnología.Actualmente, el Auxilio Mutuo es el hospital privado más grande de Puerto Rico que provee la máscompleta gama de servicios terciarios y supra terciarios. Los médicos contratados para prestar servicios alos Socios del Plan son profesionales destacados en sus respectivas especialidades y comprometidos connuestra misión de una oferta de servicios de calidad insuperable. Nos sentimos orgullosos del respaldodel Hospital Auxilio Mutuo, el gran Hospital de Puerto Rico.Este manual está diseñado para ofrecer orientación a los Socios del Plan de Socios y a toda personainteresada en formar parte del mismo. En él se establecen los derechos y las obligaciones del Socio. Porfavor, lea cuidadosamente este documento y consérvelo en un lugar accesible para que pueda consultarlocuando tenga dudas. El personal designado de la Oficina del Plan de Socios estará disponible paraproveerle cualquier otra información que necesite.Este plan está disponible para residentes bonafide de Puerto Rico y cubre emergencias alrededor delmundo mientras se encuentre viajando, sujeto a los términos y condiciones de su cubierta.Nos es grato servirleCordialmente,Enrique Fierres GonzálezPresidente de la Junta de Síndicos1

SECCIÓN 1.2 CARACTERÍSTICAS DEL PLANEl Plan de Socios es un programa de salud sin fines de lucro. Está financiado con fondos que se disponende la cuota que pagan sus Socios. Actualmente brinda sus servicios bajo el modelo que se conoce como unplan de cuidado dirigido, donde su proveedor primario es el Hospital Auxilio Mutuo. Por disposición deley, el mismo no está regido por el Código de Seguros de Puerto Rico.SECCIÓN 1.3 DATOS HISTÓRICOS DEL PLAN DE SOCIOSLa idea fundacional del Auxilio Mutuo nació en el año 1882, siendo Puerto Rico una Provincia deUltramar que atravesaba una difícil situación económica. Eran tiempos de mucha necesidad querepercutían muy especialmente en aquellos ciudadanos inmigrantes procedentes de la península Ibéricaque, carentes de recursos y en muchísimos casos de ayuda familiar, necesitaban sobre todo de protecciónmédica. La escasez de instalaciones y atenciones sanitarias acentuaba esta necesidad; y fue en ese mismoaño de 1882 cuando un pequeño grupo de beneméritos caballeros españoles, inspirados en los más noblessentimientos de caridad y cristiana filantropía, y comprendiendo la imperiosa necesidad de ayudar atantos compatriotas necesitados de protección dieron cuerpo la idea de fundar un Sanatorio donde poderremediar estas atenciones médicas.Y fue precisamente en la histórica fecha del 19 de noviembre de 1882, (fecha aniversariodeldescubrimiento de Puerto Rico) cuando se celebró la primer reunión de la comisión organizadora,donde se acordó crear la Sociedad de Auxilio Mutuo y una Casa de Salud, o Sanatorio, para los futurosasociados.Diez meses después de esta histórica reunión, exactamente el día 23 de septiembre del año 1883, seinauguraba en el número 82 de la calle Fortaleza en el Viejo San Juan un modesto establecimientosanitario, con el nombre de Sanatorio del Auxilio Mutuo, habiéndose acordado por la primera Junta"que al bendecir el Establecimiento Sanitario se ponga bajo la protección del Niño Jesús".Había nacido oficialmente lo que con el paso del tiempo sería una referencia de garantía para elcuidado de la salud: el HOSPITAL AUXILIO MUTUO de la Sociedad Española de Auxilio Mutuo yBeneficencia de Puerto Rico.Justamente, fue esa noble iniciativa de aunar esfuerzos para proveer servicios de salud de calidad, ayudasocial y espiritual a la comunidad española establecida en Puerto Rico, la que motivó la creación del "Plande Socios".2

CAPÍTULO II. REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD Y ADMISIÓN AL PLANSECCIÓN 2.1 REQUISITOS DE ELEGIBILIDADTodo aspirante a formar parte del Plan de Socios deberá cumplir con los siguientes requisitos establecidospor el Plan de Socios: Tener 55 años de edad o menos. Completar la Solicitud de Admisión al Plan de Socios. Proveer toda la información que se le solicite. Auxilio Plan de Socios se reserva el derecho de admisión.SECCIÓN 2.2PAGO DE CUOTAS Las cuotas del Plan de Socios se pagan mensualmente, por adelantado, y deben ser recibidas en oantes del día quince (15) de cada mes. Para información sobre las diferentes formas de pagodisponibles, puede comunicarse con el Plan de Socios. Las cuotas del Plan de Socios serán establecidas y podrán ser revisadas por la Sociedad Españolaen cualquier momento, según lo requieran las circunstancias. Los pagos de cuota que se reciban luego del día quince (15) de mes conllevarán un recargo, por lacantidad que se establezca de tiempo en tiempo. La obligación de pagar a tiempo es del Socio,independientemente de la forma de pago. Los hijos de Socios activos en el Plan, cuyas edades fluctúen entre cinco (5) y diecisiete (17) añosde edad, tendrán un descuento en la cuota establecida para un adulto. Es requisito que dichomenor conviva con el progenitor que es, a su vez, un Socio activo. Dicho beneficio de descuentocesará tan pronto el menor cumpla los dieciocho (18) años de edad. El descuento aplicable podráser modificado o eliminado por el Plan de Socios de año en año, a discreción del Plan. Menores de cuatro (4) años pagarán la cuota regular a no ser que el Plan de Socios determine otracosa. Todo Socio que incurra en un atraso en el pago de sus cuotas por el término de dos (2) mesesconsecutivos, será dado de baja de la membresía automáticamente, sin necesidad de aviso onotificación previa. La fecha de baja será efectiva desde el momento en que se incurrió en taldemora o falta de pago. El Socio que no esté al día en sus cuotas no tendrá derecho a obtener los beneficios que ofrece elPlan de Socios hasta tanto no actualice el pago de las mismas. Servicios provistos durante elperíodo al descubierto de primas, serán facturados directamente al Socio. Toda persona que haya sido separada o dada de baja por falta del pago de dos (2) cuotasconsecutivas y que desee volver a formar parte del Plan, deberá actualizar el pago de sus cuotashasta el momento del reingreso y pagará un cargo por reinstalación de cincuenta dólares ( 50.00).El Plan de Socios se reserva el derecho de readmisión. Toda activación de membresía cancelada será efectiva al primer día del mes siguiente. NingúnSocio tendrá cubierta para servicios antes de la fecha de efectividad de su activación. El Socio seráresponsable de pagar por todos los servicios que haya recibido mientras está cancelado, con cuotasal descubierto o en proceso de activación. No obstante, si ya han pasado treinta (30) días desde la fecha de efectividad de la baja y la personadesea reingresar, se considerará como un nuevo aspirante y deberá cumplir con los requisitoscorrespondientes. El Plan de Socios se reserva el derecho de readmisión. La edad máxima de elegibilidad la establecerá el Plan de Socios.3

Todo Socio que desee darse de baja del Plan deberá notificarlo por escrito a la Oficina de Socioscon treinta (30) días de anticipación. Es responsabilidad del Socio cubrir cualquier deuda quetenga pendiente al momento de producirse su baja, sea ésta por solicitud propia o por falta depago. Las bajas serán efectivas al día primero del mes siguiente.CAPÍTULO III. SERVICIOS DEL PLAN DE SOCIOSSECCIÓN 3.1 TARJETA DE IDENTIFICACIÓN El Plan de Socios le proveerá una tarjeta de identificación cuando se complete el proceso deadmisión al Plan. Cada vez que usted solicite servicios de un proveedor deberá presentar su tarjetade identificación. Su tarjeta no tiene fecha de expiración para garantizar la continuidad de losservicios y evitar que tenga que esperar por una nueva. No obstante, si no está al día en los pagosde la cuota, no tendrá derecho a recibir servicios y si éstos se le proveyeran, usted será responsablede pagar por los mismos. Si su tarjeta se le pierde, se destruye o le es robada, debe notificarlo inmediatamente al Plan deSocios para tramitar la obtención de una nueva. Puede llamar al (787) 773-1222, o puede escribir ala dirección postal: Plan de Socios, P.O. Box 191959, San Juan, P.R. 00919-1959. También, puedesolicitar el reemplazo a través de la página de Internet: www.auxilioplandesocios.com La tramitación de una tarjeta de reemplazo conlleva un cargo. En ese momento, el Plan de Socios lenotificará la cantidad estipulada para dicho reemplazo.SECCIÓN 3.2 BENEFICIOS CUBIERTOS POR EL PLANEl término “Beneficios Cubiertos” se utiliza para identificar los servicios de salud y suministros que cubreel Plan de Socios. Por favor, refiérase a la cubierta de Beneficios del Plan de Socios, en el Capítulo IX, paralos detalles de los servicios cubiertos. Usted recibirá servicios de los “Proveedores del Plan” y en las“Instalaciones de los Proveedores de salud del Plan de Socios”. Cuando usted solicite un beneficiocubierto, usted pagará solamente los co-pagos y deducibles que correspondan al servicio, según sedesglosan en el manual.SECCIÓN 3.3 PROVEEDORES PARTICIPANTESLos proveedores del Plan de Socios son médicos, otros profesionales de la salud e instalaciones de saludcontratados para brindar servicios a nuestros Socios. Éstos pasan por un proceso, en el que obtienen suscredenciales bajo los estándares estatales y federales requeridos. Además, aparecen en nuestro directorio,el cual es actualizado periódicamente y está en nuestra página de Internet:www.auxilioplandesocios.com.El Socio que interese obtener información adicional de los proveedores del Plan, puede solicitarlallamando a la oficina del proveedor directamente.SECCIÓN 3.4 INSTALACIONES DE PROVEEDORES DE SERVICIOS DE SALUDPARTICIPANTESLas instalaciones de los proveedores del Plan de Socios son las contratadas, donde los proveedoresofrecen los servicios hospitalarios y ambulatorios a los socios. Estos proveedores aparecen en nuestrodirectorio, el cual es actualizado periódicamente. La lista de instalaciones y proveedores contratadostambién aparece en nuestra página de Internet: www.auxilioplandesocios.com4

SECCIÓN 3.5. PROCESO PARA RECIBIR SERVICIOSTodo Socio tiene derecho a recibir los servicios cubiertos. Cada Socio deberá seleccionar un médicoprimario. Si no selecciona un médico primario, el Plan podrá asignarle uno. Como Socio, usted deberávisitar a su médico primario siempre que necesite servicios de salud; excepto cuando se trate de unservicio de emergencia y en algunos casos cuando se trate de urgencias.SECCIÓN 3.6 PROCESO DE PRE-AUTORIZACIÓN Los servicios de emergencia no requieren pre-autorización, siempre y cuando la necesidad quejustifique recibirlos, realmente sea causada por una verdadera emergencia. Los servicios cubiertos que requieren pre-autorización están descritos en la Sección de Cubierta deBeneficios contenidos en este Manual, de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidas porel Plan. Usted o su representante, que puede ser su médico, deben comunicarse con el Plan deSocios para solicitar la pre-autorización. Las pre-autorizaciones se manejarán de acuerdo a las políticas y procedimientos de autorizaciónde servicios cubiertos al momento de solicitarse. Servicios que requieren pre-autorización y nosean aprobados por el Plan de Socios, no cualificarán para pago ni para reembolso al Socio.SECCIÓN 3.7 POLÍTICA DE REEMBOLSOEs política del Plan, tramitar el reembolso del costo de aquellos servicios que se han autorizadopreviamente. Para este proceso se solicitará el recibo original del servicio junto con copia de la carta deautorización. Se reembolsarán, hasta los límites aquí establecidos, los gastos incurridos por aquellosservicios que estén en la cubierta del Plan y que no hayan estado disponibles en las facilidades delHospital Auxilio Mutuo, al momento en que surgió la necesidad. En la eventualidad de una emergenciaatendida fuera de las facilidades del Hospital Auxilio Mutuo si dicha facilidad opta por facturarledirectamente a usted, el reembolso se efectuará de acuerdo a la tarifa del Plan de Socios, cuando procedatal reembolso. Reembolsos por servicios de emergencia fuera de Puerto Rico se procesarán de acuerdo ala tarifa del Plan de Socios.CAPÍTULO IV. ACCESO A SERVICIOS DE SALUDSECCIÓN 4.1 CUIDADO PRIMARIOUsted deberá seleccionar su médico primario en su primera visita a las Clínicas Externas, del Directorio deMédicos Primarios del Plan. Para efectos del Plan de Socios, se consideran las siguientes especialidadescomo médicos primarios: Internistas, Pediatras, Médicos de Familia Generalistas y Ginecólogo Obstetra.El médico primario coordinará el resto de los servicios cubiertos por el Plan de Socios. Por ejemplo, paraver un especialista, usted debe obtener el referido de su médico primario.El médico primario también coordinará otros servicios diagnósticos y terapéuticos cubiertos por el Plan deSocios tales como estudios de radiología, terapias físicas, hospitalizaciones, etc. El costo de los servicios nocubiertos por el Plan de Socios será responsabilidad del Socio.SECCIÓN 4.2 CUIDADO ESPECIALIZADOEl Socio que necesite tratamiento de un Especialista, deberá obtener el referido de su médico primariopara que los servicios sean cubiertos por el Plan.5

SECCIÓN 4.3CUIDADO HOSPITALARIOSu médico de cabecera o primario realizará las gestionas necesarias para su hospitalización cuando ellosea necesario y coordinara su cuidado, cuando fuera necesario.CAPÍTULO V. COORDINACIÓN DE BENEFICIOS Y SERVICIOS EN SITUACIONESEXTRAORDINARIASSECCIÓN 5.1 COORDINACIÓN DE BENEFICIOSPara otros beneficios en coordinación con otros planes médicos o de salud, favor de hacer referencia a loscapítulos de cubiertas y exclusiones generales de este manual.SECCIÓN 5.2 SERVICIOS EN SITUACIONES EXTRAORDINARIASEn algunas situaciones extraordinarias, como lo puede ser la ocurrencia de un desastre natural, es posibleque el Plan de Socios se demore en coordinar sus servicios a tenor con las circunstancias En tal caso,realizaremos todos los esfuerzos razonables posibles para que usted reciba el cuidado que necesita. Desufrir una emergencia siga las instrucciones de las agencias pertinentes.CAPÍTULO VI. DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DEL SOCIOSECCIÓN 6.1 DERECHOS DEL SOCIOLa prioridad de la Sociedad Española de Auxilio Mutuo y Beneficencia de Puerto Rico es brindar a losSocios del Plan la mejor alternativa para el cuidado de su salud.El Plan promueve y respeta los siguientes derechos para sus Socios: Todo Socio tiene derecho a ser tratado con dignidad, respeto y trato igual. Todo Socio tiene derecho a no ser discriminado por razón de color, género, edad, religión, origennacional o por cualquier causa prohibida por la Constitución de los Estados Unidos de América ypor la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. La Sociedad Española de AuxilioMutuo y Beneficencia de Puerto Rico es de orientación católica, pero no discrimina por ninguna delas razones antes mencionadas. Todo Socio tiene derecho a la privacidad de su expediente médico y a la información personalsobre su salud. La información que se provee en la solicitud de membresía también está protegida.Requeriremos autorización escrita del socio (o de su tutor o de la persona en quien el socio hayadelegado) antes de proveer información a cualquier persona que esté ajena a la prestación de losservicios de salud del socio o que pague por los mismos. Existe legislación federal y local queprotege la confidencialidad de su cuidado médico y el Plan de Socios cumple los términosestablecidos en las referidas leyes. Ante circunstancias excepcionales, se permite divulgarinformación de salud a agencias gubernamentales que estén verificando la calidad de su cuidadode su salud o en casos de emergencia. Todo Socio tiene derecho a seleccionar su médico primario, sujeto a que dicho médico tenga lacapacidad de aceptar nuevos pacientes, a base de los parámetros establecidos en la contratacióncon el Plan. De este modo, se garantiza que el socio reciba servicios de calidad y de formaoportuna.6

Todo Socio tiene derecho a tener un acceso oportuno a los proveedores y de ver a los especialistascuando sea médicamente necesario. “Acceso oportuno” significa que usted pueda lograr sus citasy servicios dentro de un “término razonable de tiempo”, según las capacidades del Plan de Sociosy de los proveedores contratados. Todo Socio tiene derecho al acceso a una segunda opinión médica de un profesional cualificado.El Socio podrá seleccionar el médico de su preferencia del Directorio de Proveedores del Plan deSocios del Auxilio Mutuo. Si el Socio seleccionase un proveedor fuera del Directorio deProveedores del Plan, tendrá que asumir el costo de dichos servicios. Todo Socio tiene derecho a obtener información completa de sus proveedores cuando solicitacuidado médico. Tiene, además, el derecho de participar plenamente en las decisiones sobre elcuidado de su salud. Los proveedores deben proporcionar explicaciones en un lenguaje que elSocio pueda entender. El acceso a la información sobre el cuidado médico del Socio incluyeconocer las diversas alternativas de tratamiento que son recomendadas para su condición,aunque alguna o varias de ellas no estén cubiertas por el Plan. Además, el Socio tiene derecho aconocer los riesgos inherentes a las opciones de tratamiento. Todo Socio tiene derecho a ser notificado por adelantado, si su cuidado o tratamiento médico esparte de un estudio experimental. También, tiene el derecho de negarse en este caso. Lostratamientos experimentales no están cubiertos bajo Auxilio Plan de Socios. Todo Socio tiene derecho a hospitalizarse en habitación privada, siempre y cuando hayadisponibilidad al momento de la hospitalización y pague el copago aplicable. Todo Socio tiene derecho a rehusar el tratamiento que se le recomienda. Ello incluye el derecho deabandonar el hospital u otra facilidad de salud, aun cuando el médico le recomiende no hacerlo. Siel Socio rehúsa algún tratamiento o abandona el lugar donde está, en contra de la recomendaciónmédica, éste asumirá la responsabilidad por lo que le ocurra como resultado su acción. Todo Socio tiene derecho a solicitar que algún familiar o amigo le ayude en las decisiones sobre sucuidado de salud, de acuerdo a las leyes vigentes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Todo Socio tiene derecho de querellarse si tiene preocupaciones o problemas relacionados con laprestación de sus servicios de salud. Favor hacer referencia al proceso de quejas y agravios.SECCIÓN 6.2 OBLIGACIONES DEL SOCIOAl igual que todo Socio tiene derechos, también tiene obligaciones. Las obligaciones del Socio son lassigu

Sociedad Española de Auxilio Mutuo y Beneficencia de Puerto Rico Apartado 1911959 · San Juan, Puerto Rico 00919-11959 · Tel. 787-773-1222 BENEFICIOS APLICABLES A LA CUBIERTA DE GASTOS MÉDICOS MAYORES Efectivo el 1 de enero de 2022 La atención médica de emergencia fuera de Puerto Rico activa la cubierta de gastos médicos mayores