Ley Numero 878 Del Equilibrio Ecológico Y La Protección Al Ambiente Del .

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jeria juridica@guerrero.gob.mxLEY NUMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICOY LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADODE GUERREROTÍTULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES .48CAPÍTULO IDE LOS OBJETIVOS Y DE LAS DEFINICIONES .48CAPÍTULO IIDE LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS Y COORDINACIÓN.60SECCIÓN PRIMERADE LAS ATRIBUCIONES DE LAS AUTORIDADES .60SECCIÓN SEGUNDADE LA COORDINACIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE EL ESTADO Y SUSMUNICIPIOS CON LA FEDERACIÓN .72CAPÍTULO IIIDE LA POLÍTICA AMBIENTAL ESTATAL .75CAPÍTULO IVDE LOS INSTRUMENTOS DE LA POLÍTICA AMBIENTAL ESTATAL .77SECCIÓN PRIMERADE LA PLANEACIÓN AMBIENTAL.77SECCIÓN SEGUNDADEL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL TERRITORIO DEL ESTADO .78SECCIÓN TERCERADE LOS CRITERIOS ECOLÓGICOS EN LA PROMOCIÓN DELDESARROLLO ESTATAL .84SECCIÓN CUARTADE LA REGULACIÓN AMBIENTAL DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOSEN EL ESTADO.851

jeria juridica@guerrero.gob.mxLEY NUMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICOY LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADODE GUERREROSECCIÓN QUINTADE LOS INSTRUMENTOS ECONÓMICOS.87SECCIÓN SEXTADE LA EVALUACIÓN DEL IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL.90SECCIÓN SÉPTIMADE LAS NORMAS TÉCNICAS AMBIENTALES ESTATALES.100SECCIÓN OCTAVADE LA AUTORREGULACIÓN Y DE LAS AUDITORÍAS AMBIENTALES .101SECCIÓN NOVENADE LA EDUCACIÓN AMBIENTAL E INVESTIGACIÓN.104TÍTULO SEGUNDODE LA BIODIVERSIDAD .106CAPÍTULO IDE LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS .106SECCIÓN PRIMERADISPOSICIONES GENERALES .106SECCIÓN SEGUNDADE LOS TIPOS Y CARACTERÍSTICAS DE LAS ÁREAS NATURALESPROTEGIDAS ESTATALES Y MUNICIPALES .108SECCIÓN TERCERADE LOS DECRETOS Y CERTIFICACIONES PARA EL ESTABLECIMIENTO,ADMINISTRACIÓN Y VIGILANCIA DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS .114SECCIÓN CUARTAESTABLECIMIENTO, ADMINISTRACIÓN Y MANEJO DE ÁREASDESTINADAS VOLUNTARIAMENTE A LA CONSERVACIÓN .1222

jeria juridica@guerrero.gob.mxLEY NUMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICOY LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADODE GUERREROSECCIÓN QUINTADEL SISTEMA ESTATAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS .124CAPÍTULO IIÁREAS DESTINADAS VOLUNTARIAMENTE A LA CONSERVACIÓN.124CAPÍTULO IIIDE LAS ZONAS DE RESTAURACIÓN .127CAPÍTULO IVVIDA SILVESTRE Y RECURSOS FORESTALES.128TÍTULO TERCERODEL APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LOS ELEMENTOSNATURALES .132CAPÍTULO IAPROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DEL AGUA Y LOS ECOSISTEMASACUÁTICOS.132CAPÍTULO IIAPROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DEL SUELO Y SUS RECURSOS .134CAPÍTULO IIIDEL APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LOS MINERALES NORESERVADOS A LA FEDERACIÓN .136CAPÍTULO IVDE LA PROTECCIÓN DEL PAISAJE RURAL Y URBANO .137TÍTULO CUARTODE LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE .137CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES .1373

jeria juridica@guerrero.gob.mxLEY NUMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICOY LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADODE GUERREROCAPÍTULO IIDE LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE LAATMÓSFERA .138SECCIÓN PRIMERADISPOSICIONES GENERALES .138SECCIÓN SEGUNDADEL CONTROL DE EMISIONES PROVENIENTES DE FUENTES FIJAS .141SECCIÓN TERCERADEL CONTROL DE EMISIONES PROVENIENTES DE FUENTES MÓVILES .145CAPÍTULO IIIDEL RUIDO, DE LAS VIBRACIONES, DE LAS ENERGÍAS TÉRMICA YLUMÍNICA, DE LOS OLORES Y DE LA CONTAMINACIÓN VISUAL .146CAPÍTULO IVDE LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DEL AGUA .148CAPÍTULO VDE LA PREVENCIÓN Y DEL CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DELSUELO Y DEL DETERIORO ECOLÓGICO.155SECCIÓN IDEL MANEJO Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS .155SECCIÓN SEGUNDADE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES .161CAPÍTULO VICONTINGENCIAS AMBIENTALES .161CAPÍTULO VIIDE LAS ACTIVIDADES CONSIDERADAS COMO RIESGOS .1624

jeria juridica@guerrero.gob.mxLEY NUMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICOY LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADODE GUERREROTÍTULO QUINTODE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL Y DE LA INFORMACIÓN AMBIENTAL .163CAPÍTULO IDE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL .163CAPÍTULO IIDEL DERECHO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL.166TÍTULO SEXTODE LA PROCURADURÍA DE PROTECCIÓN ECOLÓGICA DEL ESTADODE GUERRERO Y LA APLICACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LA LEYAMBIENTAL .168CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES .168CAPÍTULO IIDE LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA .169CAPÍTULO IIIDE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD .174CAPÍTULO IVDE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS .175CAPÍTULO VDEL RECURSO DE REVISIÓN .179CAPÍTULO VIDE LA DENUNCIA POPULAR .183T R A N S I T O R I O S.1875

jeria juridica@guerrero.gob.mxLEY NUMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICOY LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADODE GUERREROTEXTO ORIGINALLey publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado No. 18, el Martes 03de Marzo de 2009.LEY NÚMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN ALAMBIENTE DEL ESTADO DE GUERRERO.CARLOS ZEFERINO TORREBLANCA GALINDO, Gobernador Constitucional delestado Libre y Soberano de Guerrero, a sus habitantes, sabedQue el H. Congreso Local, se ha servido comunicarme que,LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESODEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN NOMBRE DEL PUEBLO QUEREPRESENTA, Y:CONSIDERANDOQue en sesión de fecha 07 de octubre del 2008, la Comisión de RecursosNaturales y Desarrollo Sustentable, presentó a la Plenaria el Dictamen con proyecto deLey del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Guerrero, bajo lasiguiente:EXPOSICIÓN DE MOTIVOS“Que el Diputado Alejandro Carabias Icaza, integrante de la Representación delPartido Verde Ecologista de México de la Quincuagésima Octava Legislatura alHonorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en uso de las facultadesque le confieren los artículos 50 fracción II de la Constitución Política Local y 126 fracciónII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo en vigor, presentó a esta Soberanía Popular,la Propuesta de Iniciativa de Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente delEstado de Guerrero.Que en sesión de fecha veintidós de abril de dos mil ocho, el Pleno de esteHonorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, tomó conocimiento de eoficionúmeroLVIII/3RO/OM/DPL/0698/2008, signado por el Lic. José Luis Barroso Merlín, Oficial6

jeria juridica@guerrero.gob.mxLEY NUMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICOY LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADODE GUERREROMayor del Honorable Congreso del Estado, a la Comisión Ordinaria de RecursosNaturales y Desarrollo Sustentable, para el análisis y emisión del dictamen y proyecto deLey respectivo.Que en términos de lo dispuesto por los artículos 46, 49 fracción XXIV, 74fracción I, 86, 87, 132, 133 y demás relativos aplicables de la Ley Orgánica del PoderLegislativo del Estado número 286, esta Comisión de Recursos Naturales y DesarrolloSustentable, tiene plenas facultades para analizar la Iniciativa de referencia y emitir elDictamen y Proyecto de Ley, que recaerá a la misma, lo que procedemos a realizar enlos siguientes términos:Que el Diputado Alejandro Carabias Icaza, en la exposición de motivos de suIniciativa señala:“La Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado deGuerrero, fue aprobada por el H. Congreso del Estado el día 14 de marzo de 1991 ypublicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado número 24-A de fecha 19 demarzo de 1991, con el objeto de de fijar la bases legales que deberían de regir en lamateria en nuestra entidad federativa.Considerando que es imperativa la modernización del marco jurídico de laAdministración Pública del Estado, como una constante en el ejercicio de la función deGobierno, priorizando la revisión, racionalización y funcionalidad de la estructuraorgánica y administrativa, así como de las funciones y atribuciones de las mismas bajolos principios de racionalidad y austeridad del gasto público, resulta necesario laabrogación de la actual Ley del Equilibrio Ecológico, procurando que el Estado deGuerrero, cuente con una ley ambiental adaptada a los tiempos actuales que coadyuve ala defensa y protección del medio ambiente, que responda a las expectativas de lasociedad actual, en cuanto al entorno ambiental en el cual nos desarrollamos.En este sentido, esta iniciativa de Ley tiene por objeto establecer las basesjurídicas para coadyuvar en el ámbito de su competencia, la satisfacción del derechoconstitucional de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para sudesarrollo, salud y bienestar, así como asegurar la preservación, restauración y elmejoramiento del medio ambiente y los recursos naturales.7

jeria juridica@guerrero.gob.mxLEY NUMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICOY LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADODE GUERREROAsimismo, y contando actualmente con la Secretaría de Medio Ambiente yRecursos Naturales, como el órgano encargado de regular, fomentar, conducir y evaluarla política estatal en materia de manejo y aprovechamiento sustentable de los recursosnaturales y protección al ambiente, así como llevar a cabo las acciones necesarias parauna gestión o administración ambiental en el Estado, es primordial estipular susatribuciones, de conformidad con la distribución de competencias, dentro de losordenamientos legales que incidan en la materia”.Que por parte de la Comisión Dictaminadora, se consideró de gran trascendenciapromover la participación de la ciudadanía guerrerense a razón de que enriquecieran consus comentarios y experiencias esta iniciativa de Ley y se acordó presentarles dichodocumento, para tal objetivo en coordinación con la Secretaria de Medio Ambiente yRecursos Naturales del Gobierno del Estado, se realizaron cuatro foros de consulta enlas regiones de Acapulco, Costa Chica, Costa Grande y Tierra Caliente.Que en ese mismo contexto, se hizo participe del proyecto a los Ayuntamientos, ala Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado, así como diversos especialistas enmateria ambiental, consultores, a la Procuraduría de Protección Ecológica del Estado deGuerrero, a la Unidad Académica de Ciencias Químico Biológicas de la UniversidadAutónoma de Guerrero, al Instituto de Investigación Científica Área de Ciencias Naturalesde la Universidad Autónoma de Guerrero, a la Coordinación de Educación Ambiental dela Secretaría de Educación Guerrero, a la Dirección General de Asuntos Agrarios en elEstado, al Proyecto Manejo Integrado de Ecosistemas del Programa de las NacionesUnidas para el Desarrollo (MIE-PNUD), a la Secretaría de Medio Ambiente y RecursosNaturales del Estado de Guerrero (SEMAREN), a la Procuraduría Federal de Protecciónal Ambiente (PROFEPA), a la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR), a la ComisiónNacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), al Proyecto de Conservación de laBiodiversidad por Comunidades e Indígenas de los Estados de Oaxaca, Michoacán yGuerrero, México (COINBIO), habiéndose obtenido sus aportaciones invaluables.Que con la finalidad de realizar las adecuaciones a la Iniciativa en base a losforos de consulta y las observaciones de los especialistas en la materia, se realizarondiversas reuniones con el área jurídica y técnica de la Secretaría de Medio Ambiente yRecursos Naturales (SEMAREN) y de la Comisión Legislativa de Recursos Naturales yDesarrollo Sustentable.8

jeria juridica@guerrero.gob.mxLEY NUMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICOY LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADODE GUERREROQue los Diputados integrantes de la Comisión dictaminadora coincidieron con elDiputado Alejandro Carabias en que es esencial que la Ley Ambiental actual que rige alEstado, sea abrogada y se constituya una nueva Ley, que sea adaptada a los tiemposactuales que coadyuve a la defensa y protección del medio ambiente, que responda a lasexpectativas de la sociedad actual y a la urgente necesidad de conservar y aprovecharde manera sustentable los recursos naturales.Que en el análisis de la Iniciativa por la Comisión Dictaminadora, se pudoobservar que en la misma se encuentran errores de forma consistentes en faltasgramaticales, duplicación de fracciones que por tanto se adecuaron a la secuencia ynumeración de la ley, se suprimieron otras por considerarse fuera de contexto, sehicieron modificaciones en cuanto a estilo de escritura, así como en la redacción dediversos preceptos para dar mayor claridad y precisión a su contenido, con el objeto degarantizar su aplicación, y estar acorde a las reglas establecidas en la técnica ambientaly legislativa.Que por cuanto hace a las modificaciones de fondo, ésta Comisión Legislativa,realizó de conformidad a los Foros de Consulta y las opiniones de los expertos en lamateria, las adecuaciones trascendentales inmersas de manera integral al articulado dela iniciativa, el cual presenta innovaciones en su contenido, logrando con ello un mejorentendimiento y aplicación de la materia.Que dentro de estas importantes adecuaciones, se realizaron las siguientes:Que ante el creciente y preocupante deterioro ambiental, cada vez es mayor elinterés por encontrar mejores esquemas de conservación y restauración de la naturaleza,considerando como opción viable la valoración de los servicios ambientales que losecosistemas nos proporcionan, a razón de lo anterior, en el Artículo 2 donde seestablecen las políticas ambientales, se adicionó una nueva política que será relevanteen la calidad de vida de la población guerrerense, quedando de la siguiente manera:ARTICULO 2.- Para los efectos de la presente Ley, se considerarán de interéspúblico, las políticas ambientales siguientes:De la I a la VII.- .9

jeria juridica@guerrero.gob.mxLEY NUMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICOY LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADODE GUERREROVIII.- La generación de los servicios ambientales es imprescindible parapreservar la calidad de vida que requieren las actuales generaciones guerrerensesy que necesitarán las futuras;Que en cuanto al Artículo 3º, a fin de contribuir a un entendimiento común de lostérminos empleados por los diversos actores en materia ambiental, se agregaron nuevasterminologías, se redefinieron algunos conceptos y se suprimieron algunas fraccionesreordenándose y moviéndose la numeración de manera subsecuente, quedando de lasiguiente manera:ARTÍCULO 3.- Para los efectos de esta Ley se tomarán en cuenta lasterminologías siguientes:De la I a la X.- .XI.- Bienes Ambientales: Son los beneficios tangibles que obtenemos de losecosistemas;XII.- .XIII.- Calidad de Vida: Nivel de bienestar que se alcanza en un ambienteecológicamente proporcional a la diversidad y abundancia de los seres vivos queproducen una salud integral y armónica con la naturaleza;XIV.- Conservación: El conjunto de políticas y medidas orientadas a mantener ladiversidad genética y la calidad de vida, incluido el uso sustentable de los ecosistemasexistentes, con el propósito de permitir la continuidad de los procesos evolutivos que lesdieron origen;XV.- Contaminación: La presencia en el ambiente de uno o más contaminanteso de cualquier combinación de ellos que cause desequilibrio o daño ecológico;XVI.- Contaminante: Toda materia o energía en cualesquiera de sus estadosfísicos y formas que, al incorporarse o actuar en la atmósfera, agua, suelo, flora, fauna ocualquier elemento natural o artificial, altere, modifique o dañe su composición ycondición natural;10

jeria juridica@guerrero.gob.mxLEY NUMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICOY LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADODE GUERREROXVII.- Contingencia Ambiental: La situación de riesgo derivada de actividadeshumanas o fenómenos naturales, que pueden poner en peligro la integridad de uno ovarios ecosistemas;XVIII.- Control: La inspección, vigilancia y aplicación de las medidas necesariaspara el cumplimiento de las disposiciones establecidas en este ordenamiento;XIX.- Criterios Ecológicos: Los lineamientos obligatorios contenidos en lapresente Ley, para orientar las acciones de preservación y restauración del equilibrioecológico, el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y la protección alambiente, que tendrán el carácter de instrumentos de la política ambiental;XX.- Decreto de Área Natural Protegida: Es el acto jurídico emitido por elEjecutivo estatal para establecer un área natural protegida, que puede consistir enuna mera declaratoria; o bien, en caso de existir o de configurarse una causa deutilidad pública, este puede ser de naturaleza expropiatoria en términos de estaLey;XXI.- Certificación de Área Natural Protegida: Es el reconocimiento querealiza la SEMAREN, para el establecimiento de un área natural protegida deaquellos terrenos destinados voluntariamente por sus propietarios o poseedorespara la preservación, conservación, y protección de la Biodiversidad;XXII.- Desarrollo Sustentable: El proceso evaluable mediante criterios eindicadores del carácter ambiental, económico y social que tiende a mejorar la calidad devida y la productividad de las personas, que se funda en medidas apropiadas depreservación del equilibrio ecológico, protección del ambiente y aprovechamiento derecursos naturales, de manera que no se comprometa la satisfacción de las necesidadesde las generaciones futuras y tienda a ser equitativo con las actuales generaciones;XXIII.- Desequilibrio Ecológico: La alteración de las relaciones deinterdependencia entre los elementos naturales que conforman el ambiente entre sí ocon los elementos artificiales introducidos a consecuencia de las actividades humanas,que afecta negativamente la existencia, transformación y desarrollo del hombre y demásseres vivos;11

jeria juridica@guerrero.gob.mxLEY NUMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICOY LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADODE GUERREROXXIV.- Ecología: El estudio de la estructura y funcionamiento de los ecosistemasy de la interrelación de los seres vivos entre sí y con su medio ambiente;XXV.- Ecosistema: La unidad funcional básica de interacción de los organismosvivos entre sí y de estos con el ambiente, en un espacio y tiempo determinados;XXVI.- Educación Ambiental: El proceso de formación continua dirigido a todala sociedad, tanto en el ámbito escolar como en el ámbito extraescolar, para facilitar lapercepción integrada del ambiente a fin de lograr conductas de participación activa afavor del desarrollo sustentable. La educación ambiental comprende la asimilación deconocimientos, la formación de valores, el desarrollo de competencias y conductas y laparticipación conciente de la sociedad en la solución de la problemática ambiental,con el propósito de garantizar la preservación de la vida;XXVII.- Elemento Natural: Los elementos físicos, químicos y biológicos quese presentan en un tiempo y espacio determinado sin la inducción del hombre;XXVIII.- Emergencia Ecológica: La situación derivada de actividadeshumanas o fenómenos naturales que al afectar severamente a los ecosistemas,ponen en situación de peligro de extinción a una o varias especies;XXIX.- Emisión: Sustancia en cualquier estado físico liberada de formadirecta o indirecta al aire, agua, suelo y subsuelo;XXX.- Equilibrio Ecológico: La relación de interdependencia entre los elementosque conforman el ambiente que hace posible la existencia, transformación y desarrollodel hombre y demás seres vivos;XXXI.- Equipo de Control: El aditamento o dispositivo que elimine o reduzcaemisiones contaminantes consideradas en la normatividad aplicable en la materia;XXXII.- Fauna Silvestre: Las especies animales que subsisten sujetas a losprocesos de selección natural y que se desarrollan libremente, incluyendo suspoblaciones menores que se encuentran bajo control del hombre, así como los animalesdomésticos que por abandono se tornen salvajes y por ello sean susceptibles de capturay apropiación;12

jeria juridica@guerrero.gob.mxLEY NUMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICOY LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADODE GUERREROXXXIII.- Flora Silvestre: Las especies vegetales así como los hongos, quesubsisten sujetas a los procesos de selección natural y que se desarrollan libremente,incluyendo las que se encuentran bajo control del hombre;XXXIV.- Flora y Fauna Acuática: Las especies biológicas y elementosbiogenéticos que tienen como ciclo de vida temporal, parcial o permanente en las aguasinteriores del territorio del Estado;XXXV.- Fuente Fija: Toda instalación establecida en un solo lugar, que tengacomo finalidad desarrollar operaciones o procesos industriales, comerciales, de servicioso actividades que generen o puedan generar emisiones contaminantes a la atmósfera;XXXVI.- Fuente Móvil: Los equipos y maquinaria no fijos, con motor decombustión interna o similar que con motivo de su operación generen o puedan generaremisiones contaminantes a la atmósfera;XXXVII.- Fuente Natural: Generación de emisiones de contaminantesderivados de fenómenos naturales tales como erosión, tolvaneras, rayos y la vidatanto animal como vegetal;XXXVIII.- Impacto Ambiental: La modificación del ambiente ocasionada por laacción del hombre o de la naturaleza;XXXIX.- Inventario de Emisiones: Conjunto de datos que caracterizan a lasfuentes emisoras y sus contaminantes así como a su cantidad y tipo;XL.- LGEEPA: La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección alAmbiente;XLI.- Manifestación de Impacto Ambiental: El documento mediante el cual seda a conocer, con base en Estudios, el impacto ambiental, significativo y potencial quegeneraría una obra o actividad, así como la forma de prevenirlo o mitigarlo en caso deque sea negativo;XLII.- Material Genético: Todo material de origen vegetal, animal, microbiano ode otro tipo, que contenga unidades funcionales de herencia;13

jeria juridica@guerrero.gob.mxLEY NUMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICOY LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADODE GUERREROXLIII.- Material Peligroso: Los elementos, substancias, compuestos, residuos omezclas de ellos que, independientemente de su estado físico, representen un riesgopara el ambiente, la salud o los recursos naturales, por sus características corrosivas,reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico-infecciosas;XLIV.- Mitigación: Acción o acciones tomadas para atenuar, eliminar ocompensar el efecto de impactos ambientales negativos;XLV.- Medidas Correctivas: Son aquellas acciones impuestas al infractor, yasean de acción u omisión, que tiene como objeto la corrección de la irregularidadobservada dentro de los aspectos de medio ambiente y del equilibrio ecológico alemitirse la resolución correspondiente;XLVI.- Medidas de Seguridad: Son aquellas acciones ejercidas por laautoridad ambiental competente, cuando con la actividad que se realiza existariesgo inminente de desequilibrio ecológico o contaminación en el territorio de laentidad o Municipio correspondiente, con repercusiones peligrosas para losecosistemas, sus componentes o la salud pública, y que consistirán en eldecomiso de materiales o sustancias contaminantes, clausura temporal, parcial ototal de las fuentes contaminantes;XLVII.- Medidas de Urgente Aplicación: Son acciones de ejecucióninmediata impuestas al presunto infractor, en cualquier parte del procedimientohasta antes de que se emita resolución de fondo, para efecto de que con suactividad deje de ocasionar riesgos en el equilibrio ecológico o en la salud de laspersonas, sin que esto implique la interrupción de sus actividades;XLVIII.- Normas Técnicas Ambientales Estatales: Conjunto de reglascientíficas o tecnológicas, emitidas por el Gobierno del Estado, a través del Titulardel Ejecutivo, que establecen los requisitos, especificaciones, condiciones,procedimientos, parámetros y límites permisibles que deberán observarse en eldesarrollo de actividades o uso y destino de bienes;XLIX.- Ordenamiento Ecológico: El instrumento de política ambiental que tienepor objeto regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin delograr la protección del medio ambiente, la preservación y el aprovechamiento14

jeria juridica@guerrero.gob.mxLEY NUMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICOY LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADODE GUERREROsustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de deterioroy las potencialidades de aprovechamiento de los mismos;L.- Pago de Servicios Ambientales: La compensación económica de unusuario al poseedor del ecosistema que le provee los bienes y serviciosambientales para garantizar la conservación y el mejoramiento de los mismos;LI.- Preservación: El conjunto de políticas y medidas para mantener lascondiciones que propicien la evolución y continuidad de los ecosistemas y hábitatnaturales, así como conservar las poblaciones viables de especies en sus entornosnaturales y los componentes de la biodiversidad fuera de sus hábitats naturales;LII.- Prevención: El conjunto de disposiciones y medidas anticipadas para evitarel deterioro del ambiente;LIII.- Procuraduría: La Procuraduría de Protección Ecológica, como órganodesconcentrado con autonomía administrativa adscrito a la SEMAREN;LIV.- Protección: El conjunto de políticas y medidas para mejorar el ambiente ycontrolar su deterioro;LV.- Reciclaje: El proceso por el cual algunos materiales de desecho sontransformados en productos nuevos, de tal manera que los desechos originales pierdensu identidad y se convierten en materia prima para nuevos productos;LVI.- Recursos Biológicos: Los recursos genéticos, los organismos o partes deellos, las poblaciones, o cualquier otro componente biótico de los ecosistemas con valoro utilidad real o potencial para el ser humano;LVII.- Recursos Genéticos: El material genético de valor real o potencial;LVIII.- Recurso Natural: El elemento natural susceptible o no de seraprovechado, en beneficio del hombre;LIX.- Región Ecológica: La unidad del territorio estatal que compartecaracterísticas ecológicas comunes;15

jeria juridica@guerrero.gob.mxLEY NUMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICOY LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADODE GUERREROLX.- RETC: El Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes quese integra con la información de los establecimientos sujetos a reporte sobre susemisiones y transferencia de contaminantes al aire, agua suelo y subsuelo,materiales y residuos, así como de aquellas sustancias que determinen lasautoridades competentes, el cual será operado y administrado por la SEMAREN, através de la Unidad Administrativa correspondiente;LXI.- Residuo: Cualquier material generado en los procesos de extracción,beneficio, transformación, producción, consumo, utilización, control o tratamiento cuyacalidad no permita usarlo nuevamente en el proceso que lo generó y que se encuentraen estado sólido o semisólido, o es un líquido o gaseoso contenido en recipientes odepósitos, y que puede ser susceptible de ser valor

LEY NUMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADO DE GUERRERO 6 TEXTO ORIGINAL Ley publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado No. 18, el Martes 03 de Marzo de 2009. LEY NÚMERO 878 DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADO DE GUERRERO.