X. CONTRATO DE ADHESIÓN - Interlink

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UNIDAD DE CONCESIONES Y SERVICIOSift RPDIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DELREGISTRO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES[ FOLIO ELECTRÓNICO:lNSTITUTO FEDEk-\L DElH.ECOMUNlCAClONf.SReglstro Pübt!code ConcesionesFE T l 0 007 7 CO-519447 :: )[ NÚMERO DE INSCRIPCIÓN:05 l 96 7]FECHA DE INSCRIPCIÓN: 08 DE JULIO DE 2021CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE CONCESIONESCON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 15 FRACCIÓN XLII, 176, 177 FRACCIÓN X DE LA LEY FEDERAL DETELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN; 23 DE LOS LINEAMIENTOS DEL REGISTRO PÚBLICO DE CONCESIONES; 4FRACCIONES V, INCISO iii) Y X. INCISO i), 36 FRACCIÓN I DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO FEDERAL DETELECOMUN ACIONES, HA QUEDADO INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE CONCESIONES EL SIGUIENTE DOCUMENTO:CONTRATO DE ADHESIÓNCONTRATO DE;PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONESCONCESIONARIO;INTERLINK SOLUCIONES INALÁMBRICAS, S.A. DE C.V.SERVICIO OBJETO DELCONTRATO:INTERNETREGISTRO ANTE LAPROCURADURfA FEDERALDEL CONSUMIDOR:OFICIO PFC/SPT/DGDCCAT-RCAT/278/2021 EMITIDO POR LA DIRECCIÓNGENERAL DE DEFENSA COLECTIVA Y CONTRATOS DE ADHESIÓN DETELECOMUNICACIONES, QUEDANDO INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO DECONTRATOS DE ADHESIÓN DE TELECOMUNICACIONES BAJO EL NÚMERO 1752021FECHA DE REGISTROPROFECO:31 DE MAYO DE 2021ATENTAMENTE

PROFECOSECRETARÍA DE ECONOMÍAPROCURADURÍA FEDERALDEL CONSUMIDORProcuraduría Federal del ConsumidorSubprocuraduría de TelecomunicacionesDirección General de Defensa Colectiva y Contratosde Adhesión de Telecomun icacionesOficio Nº: PFC/SPT/DGDCCAT-RCAT-278/2027Expediente: P FC. H.C.7/l 62/2027.REGISTRO DE CONTRATO DE ADHESIÓN DE TELECOMUNICACIONESPROVEEDOR:INT ERLIN K SO LUC IONES INALÁMBRICAS, S.A. DE C .V.NOMBRE COM ERCIAL DELPROVEEDOR:INTERLINK SO LUCIONES INALÁMBRICASOBJETO DEL CONTRATO:INTERNETNÚMERO DE REGISTRO:175-2021FECHA DE REG ISTRO:31/05/202 1CON CESIÓN ÚNICAAUTORIDAD QUE OTORGÓ:INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNI CAC IONESFOLIO:FET1 000?CO-5 19447VIGENCIA:19/03/2051NATURALEZA:TÍTULO DE CONCESIÓN ÚNI CA PARA USO COM ERC IALINTERLINK SOLUCIONES INALÁMBRICAS, SA DE C.V.PRE S ENTECiudad de México, a los 37 días del mes de mayo de l año 2027.· VISTAS las constancias que integra n el exped iente citado al rubro, aperturado co n motivode la solicitud de trámite de modelo de cont rato de ad hesión, y con f un damento en losart ículos 7, 6 párrafo tercero y 28 párrafo tercero de la Constitución Poi ítica de los EstadosUnidos Mexicanos; 7, 20, 22, 24 fracciones 1, 11, XV y XXVI I, 85, 86, 86 QUATER, 87, 90 y 90 BISd e la Ley Federal de Protección al Consumido r; 793 de la Ley Federal deTelecomunicaciones y Radiodifusión; 7 primer y segundo párrafos, 2 y 3 de la Ley Federal deProcedimiento Administrativo; 7 y 47, 49, 57 del Reglamento de la Ley Federal de Protecciónal Consumidor; l, 4 fracciones V y XX I, 78 fracciones XI, XV II y XXV II y 33 fracción 1, 11 , V, VI yXXVI del Reglamento de la Procurad u ría Federa l del Cons u m idor; 7, 4, 9 fracció n 111 inc iso C),67 fracción 111, IV, V y IX del Estatuto Orgánico de la Procu raduría Federal de Consumidor, laDirección General de Defensa Colectiva y Contratos de Adhesión de Telecomunicacionescuenta con las atribuciones, para DETERMINAR lo sig u iente:Un a vez realizado el análisis al contenido de l mode lo de contrato de adhesión que nosocupa y de conformidad con lo dispuesto en las disposiciones ap licables, en correlación conel numeral 5 de la Norma Oficial Mexicana NOM-784-SCFl-2078, esta Dirección Gen José Vasconce los 208, Col. Condesa, C.P. 06140, Cuauhtémoc, CDMXTel:(55) 5625 6700www.gob.mx/profeco

·1te .f!,,,.ECONOMIASECRETARÍA DE ECONOMIAPROFECOPllOCURADUJ?fA FEDERAi.DEL CONSUMIDORdetermina APROBAR y as ign ar le el núme ro de registro l.75-2021 de fec ha 31 de mayo 2021, elcual deberá utilizarse para comercial izar en materia de telecomunicaciones a partir de lafecha del presente registro, de ac uerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM -784-SCF l-2078.En atención a lo anterior, se le exhorta a cumplir con los términos y condicionesestablecidos en el contrato de adhesión ap roba90 por esta autoridad, así como suj etarse alo dispuesto en del artícu lo 87 TER de la Ley Federa l de Protección al Consumidor,reiterándole que el incumplimiento a la normatividad ap li cable vigente podría dar lugar apenas o sanciones previstas e n la referida Ley Federal, adjuntando al presente, el contratode adhesión aprobado por esta autoridad y q ue conforme al numeral 5.7.l de la NormaOficial Mexican a NOM -784-SCF l-2078 debe contener caracteres legibles a simpl e vista, entamaño y tipo de letra uniforme, por lo que se deberá respetar el formato y conten ido quese anexa al presente.NOTIFÍQUESE al proveedor.Así lo proveyó y firma el Ledo. Car l s Alber oColectiva y Contratos de Adhesió n e TelecoDirector General de Def*José Vasconcelos 208, Col. Condesa, C.P. 06140, Cuauhtémoc, CDMXT el:(55) 5625 6700www.gob.mx/profeco

INTERLINK SOLUCIONES INALAMBRICASINTERLINK SOLUCIONES INALAMBRICAS S.A. DE C.V.RFC: ISl190910N11CALLE MIGUEL HIDALGO SIN NÚMERO SAN PEDROMIAHUAPAN, TIHUATLÁN, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVEC.P.92913EMILIANO ZAPATA, HIDALGO C.P.43960CAT: (782)-169-7256 I (746) -897-5 165- E-MAIL: informacion.interlink@gmail.comPAGINA WEB: Nombre(s)Apellido PaternoApellido MaternoDOMIClliOj'i!#Ext.CalleTELEFÓNO FijoDMóvil11¡j#lnt.ColoniaiD!1INE io!i¡SERVICIO DE INTERNET FIJODESCRIPCIÓNPAQUETE/OFERTAFECHA DE PAGOmensualidades fijasPOR ADELANTADOTARIFAFOLIO IFT:Total Mensualidad D IndefinidoSin PenalidadM.NVIGENCIAporTarifaDEL CONTRATOAplicaD Plazo forzoso de Reconexión:M.N Sin penalidadSI NO En el Estado de cuenta y/o factura se podrá visualizar la fecha de corte del servicio y fecha de pago.1DATOS DEL EQUIPO Y ACCESORIOSCOMODATOINSTALACION DEL EQUIPO1Forma de entregaDomiciliodeInstalaciónEquipo y AccesoriosMarcaFechaModeloCostoNúmero de SerieDHora ¡ MÉTODO DE PAGODatos para el método de pago elegido1DD¡¡EL PROVEEDOR" deberá efectuar las instalaciones yempezar a prestar el servicio en un plazo que no exceda de03 días naturales posteriores a la firma del contrato.Número de EquiposDmesesEfectivoDomiciliado con TarjetaTransferencia BancariaDepósito a cuenta Bancaria1Los datos para el pago por medio de depósito o transferencia bancaria se encuentran dentro de nuestra página webwww. interlinksoluciones.com o puede solicitarlos por medios electrónicos a los números de nuestro Centro de Atención a Clientes (CAT)AUTORIZACIÓN PARA CARGO DE TARJETA DE CREDITO O DÉBITO11Por medio de la presente SÍ D NO D autorizo a "EL PROVEEDOR", para que cargue a mi tarjeta de crédito o débito, la cantidad porconcepto de servicios que mensualmente me presta. La vigencia de los cargos será pormeses.Banco:-·- - -----PINOMBRE Y FIRMA DEL SUSCRIPTOR! Número de Tarjeta:/A]/1

INTERLINK SOLUCIONES INALAMBRICASINTERLINK SOLUCIONES INAL:L\MBRICAS S.A. DE C.V.RFC: ISl190910N11CALLE MIGUEL HIDALGO SIN NÚMERO SAN PEDROMIAHUAPAN, TIHUATLÁN, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVEC.P.92913EMILIANO ZAPATA, HIDALGO C.P.43960CAT: (782)-169-7256 1 (746)-897-5165- E-MAIL: informacion .interlink@qmail.comPAGINA WEB: www.interlinksoluciones.comSERVICIOS ADICIONALES1.-!2.-DESCRIPCION1i COSTO: IDESCRIPCIONCOSTO:1i/ COSTO:1CONCEPTOSFACTURABLES(Ejemplo: Costo por cambio de domicilio, costos administrativos adicionales)2.- !1.DESCRIPCIONDESCRIPCION/ COSTO:EL SUSCRIPTOR AUTORIZA SE LE ENVIE POR CORREO ELECTRONICO:Factura / SI LJ NO LJI Carta de Derechos Mínimos CORREO ELECTRONICOAUTORIZADO:11.2.NOL.JI Contrato de Adhesión I SI DNOL.JFIRMA!SUSCRIPTOR:1AUTORIZACION PARA USO DE INFORMACION DEL SUSCRIPTOR[111El Suscriptor SI LJ NO LJ autoriza que su información sea cedida o transmitida por el proveedor a terceros con finesmercadotécnicos o publicitarios. FIRMAEl suscriptor acepta SINO-,.LJ-.-----r-ec-i-bi r lla-m-ad a s d e l p roveedor de promociones de servicios o paquetes.FIRMAMEDIOS DE CONTACTO DEL PROVEEDOR PARA QUEJAS, ACLARACIONES, CONSULTAS Y CANCELACIONESDTELEFONO: 1 (782)-169-7256 I (746)-897-5165¡ Disponible las 24 horas del día los 7 días de la semanaCORREO ELECTRONICO: 1 informacion.interlink@gmail.com! Disponible las 24 horas del día los 7 días de la semanaCENTROS DE ATENCION AI Consultar horarios disponibles, días disponibles y centros de atención a clientes disponibles enCLIENTES:1la página de internet www.interlinksoluciones.comLA PRESENTE CARATULA Y EL CONTRATO DE ADHESION SE ENCUENTRAN DISPONIBLES EN:1.2.3.iwww.interlinksoluciones.comLa página del proveedor1 https://burocomercial.profeco.gob.mx/Buró comercial de PROFECOFísicamente en los centros de atención del proveedor I Consultar centros de atención a clientes en www.interlinksoluciones.comLA PRESENTE CARATULA SE RIGE CONFORME A LAS CLAUSULAS DEL CONTRATO DE ADHESION REGISTRADO EN PROFECO EL31/05/2021, CON NÚMERO: 175-2021 DISPONIBLE EN EL SIGUIENTE CÓDIGO:l!];f,.l!l.,. . ir" . : :·'!tLAS FIRMAS INSERTADAS ABAJO SON LA ACEPTACIÓN DE LA PRESENTE CARÁTULA Y CLAUSULADO DEL CONTRATO CONNÚMEROEste contrato se firmó por duplicado en la , a de deNOMBRE Y FIRMA DEL SUSCRIPTOR2

INTERLINK SOLUCIONES INALAMBRICASINTERLINK SOLUCIONES li JALAMBRICAS S.A. DE C.V.RFC: ISl19091 0N11CALLE MIGUEL HIDALGO SIN NÚMERO SAN PEDRO MIAHUAPAN ,TIHUATLÁN, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE C.P. 92913EMILIANO ZAPATA, HIDALGO C.P.43960CAT: (782) -169-7256 1 (746)-897-5165- E-MAIL: informacion.interlink@gmail.comPAGINA WEB: www.interlinksoluciones.comCONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE INTERNET FIJO QUE CELEBRA POR UNA PARTE INTERLINK SOLUCIONESINALAMBRICAS S.A. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PROVEEDOR" Y POR OTRA PARTE LAPERSONA CUYO NOMBRE Y DIRECCIÓN QUEDAN ASENTADOS EN LA CARÁTULA DEL PRESENTE DOCUMENTO, A QUIEN EN LOSUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL SUSCRIPTOR", Y A QUIENES EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", SESOMETEN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:DECLARACIONES1. "LAS PARTES" declaran:a) Que los datos consistentes en el domicilio, RFC y datos de localización del domicilio son ciertos y se encuentran establecidos en lacarátula del presente contrato.b) Que tienen pleno goce de sus derechos y capacidad legal para contratar y obligarse en términos del presente contrato.c) Que aceptan que el presente contrato se regirá por la Ley Federal de Protección al Consumidor, Ley Federal de Telecomunicaciones yRadiodifusión, la Norma Oficial Mexicana NOM-184-SCFl-2018, Elementos Normativos y Obligaciones Específicas que deben Observarlos Proveedores para la Comercialización y/o Prestación de los Servicios de Telecomunicaciones cuando Utilicen una Red Pública deTelecomunicaciones, y demás normatividad aplicable, por lo que los derechos y obligaciones establecidas en dicho marco normativo setendrán por aquí reproducidas como si a la letra se insertase.d) Que la manifestación de la voluntad para adherirse al presente contrato de adhesión y su carátula (la cual forma parte integrante delreferido contrato) son las firmas que plasmen las partes en la carátula.e) Que es su voluntad celebrar el presente contrato sujetándose a las siguientes:CLAÚSULASPRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO. El PROVEEDOR seobliga a prestar el servicio de Internet fijo, (en adelante elServicio), de manera continua, uniforme, regular y eficiente, acambio del pago de la tarifa, plan o paquete que el SUSCRIPTORhaya seleccionado en la carátula del presente contrato, los cualesno podrán ser menores a los parámetros de calidad . queestablezca el Instituto Federal de Telecomunicaciones (enadelante IFT), ni menores a los ofrecidos implícitamente ocontratados en el presente instrumento.El PROVEEDR debe comunicar de manera fehaciente alSUSCRIPTOR que el plazo forzoso está por concluir con almenos 30 (treinta) días de anticipación a que termine dicho plazo,a través de la factura correspondiente, vía mensaje de texto, através de medios físicos, electrónicos, digitales o de cualquier otranueva tecnología que lo permita. Una vez cumplido el plazoforzoso, el presente contrato tendrá una vigencia indeterminada:por lo que el SUSCRIPTOR podrá dar por terminado el contratoen cualquier momento, sin penalización alguna, y sin necesidadde recabar autorización del proveedor, únicamente dando el avisocorrespondiente .El presente se regirá bajo el esquema de mensualidades fijasPOR ADELANTADO, es decir se va a pagar el servicio demanera previa a utilizarlo, dicho esquema va a operar bajo lostérminos y condiciones del pos-pago exceptuando elmomento de pago del servicio. Cualquier cargo por elSERVICIO comienza a partir de la fecha en la que efectivamenteel PROVEEDOR inicie la prestación del SERVICIO.TERCERA. EQUIPO TERMINAL. Los equipos y accesorios queson necesarios para recibir el SERVICIO son propiedad delPROVEEDOR mismos que se entregan al SUSCRIPTOR enCOMODATO (en préstamo). El SUSCRIPTOR se compromete ala guarda, custodia y conservación del (los) equipo(s), durantetodo el tiempo que se encuentre en su poder, hasta la terminacióndel presente contrato y deberán ser devueltos al PROVEEDOR,presentando únicamente el desgaste natural por el paso deltiempo, y por su parte el PROVEEDOR se obliga a darmantenimiento a los equipos y accesorios para la adecuadaprestación del SERVICIO.El PROVEEDOR es el único responsable frente al SUSCRIPTORpor la prestación del SERVICIO, así como, de los bienes oservicios adicionales contratados.Todo lo pactado o contratado entre el SUSCRIPTOR y elPROVEEDOR de manera verbal o electrónica se le debeconfirmar por escrito al SUSCRIPTOR a través del medio que élelija, en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partirdel momento en que se realice el pacto o contratación.Cuando las fallas que se presenten en el equipo y accesorios nosean atribuibles al SUSCRIPTOR, el PROVEEDOR se obliga arealizar de manera gratuita las reparaciones necesarias, en tantoeste contrato permanezca vigente . La reparación es inmediatauna vez detectada la falla, sustituyendo el equ ipo y accesorios elmismo día que se acude, previo diagnóstico del mismo. Ambaspartes deberán coordinarse para establecer la fecha y hora enque se llevarán a cabo dichas actividades. El personal designadopor el PROVEEDOR se debe de identificar y mostrar alSUSCRIPTOR la orden de trabajo expedida por el PROVEEDOR.SEGUNDA. VIGENCIA. Este contrato NO obliga a un plazoforzoso , por lo que al tener una vigencia indeterminada elSUSCRIPTOR puede darlo por terminado en cualquier momento,SIN penalidad alguna y sin necesidad de recabar autorizacióndel PROVEEDOR, únicamente se tendrá que avisar a este últimoa través del mismo medio en el cual contrató el servicio o por losmedios de contacto señalados en la carátula.Sin perjuicio de lo anterior, las partes pueden pactar en elpresente contrato que se establezca un plazo forzoso que noexcederá de 18 meses sin que exista penalidad en el caso determinación anticipada.No procederá la sustitución del equipo y accesorios cuando lascausas del fallo sean atribuibles al SUSCRIPTOR, ya sea pornegligencia, descuido o uso inadecuado de los mismos. Encaso, será necesario que el SUSCRIPTOR efectué el pagocorrespondiente por concepto de reposición de equipo.est1/1

INTERLINK SOLUCIONES INALAMBRICASINTERLINK SOLUCIONES INALAMBRICAS S.A. DE C.V.RFC: ISl19091 0N11CALLE MIGUEL HIDALGO SIN NÚMERO SAN PEDRO MIAHUAPAN,TIHUATLÁN, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE C.P. 92913EMILIANO ZAPATA, HIDALGO C.P.43960CAT: (782)-169-7256 1 (746)-897-5165- E-MAIL: informacion.interlink@gmail.comPAGINA WEB : www.interlinksoluciones.comEn caso de que el equipo terminal se encuentre en reparación omantenimiento, el PROVEEDOR debe suspender el cobro delSERVICIO por el periodo que dure la revisión, reparación y/omantenimiento de dicho equipo terminal, excepto cuando elPROVEEDOR acredite que el SUSCRIPTOR está haciendo usodel servicio o le haya proporcionado un equipo sustituto.QUINTA. TARIFAS . Las tarifas del servicio se encuentraninscritas en el Registro Público de Concesiones del IFT y puedenser consultadas en la página del IFT www.ift.org.mx.Cuando el Equipo provisto en comodato, sea robado o sea objetode algún siniestro, el SUSCRIPTOR deberá dar aviso inmediato alPROVEEDOR en un plazo que no excederá de veinticuatro horasposteriores al evento para la reposición del Equipo y, en su caso,para suspender el cobro del SERVICIO hasta que elSUSCRIPTOR tenga otro equipo para poder recibir el SERVICIO .-1.a tarifas no podrán establecer condiciones contractuales talescomo causas de terminación anticipada o cualquier otra condiciónque deba ser pactada dentro de los contratos de adhesión. Deigual manera, no se podrán establecer términos y/o condicionesde aplicación de las tarifas que contravengan a lo establecido enel presente contrato de adhesión.El SUSCRIPTOR tendrá un plazo de 30 días hábiles posterioresal robo o siniestro para presentar copia certificada de laconstancia correspondiente levantada ante una AutoridadCompetente, que acredite el objeto de robo o siniestro para queno tenga costo la reposición del equ ipo, caso contrario seránecesario que pague EL SUSCRIPTOR el costo total del equipocorrespondiente para el otorgamiento de otro equ ipo similar.Los planes, paquetes, cobertura donde el PROVEEDOR puedeprestar el servicio y tarifas se pueden consultar por los mediosestablecidos en la carátula del presente contrato.cancelar el cargo y abstenerse de realizar acciones de cobro delmismo.En caso de que ambas partes se sujeten a un plazo forzoso , elPROVEEDOR no puede modificar dentro de dicho plazo el precioo tarifa contratados, bajo ningún supuesto, salvo que se trate deuna disminución del precio o el incremento del paquete deservicios sin variación del precio del mismo.En caso de terminación, rescisión o cancelación del presenteContrato, EL SUSCRIPTOR se obliga a devolver o entregar elEquipo a EL PROVEEDOR a más tardar dentro del plazo de 5(cinco) días naturales contados a partir de la fecha en quenotifique la terminación del Contrato.SEXTA. SERVICIOS ADICIONALES. El PROVEEDOR puedeofrecer serv1c1os adicionales al SERVICIO originalmentecontratado siempre y cuando sea acordado entre las partes y elSUSCRIPTOR lo solicite y autorice a través de medios físicos oelectrónicos o digitales o de cua lquier otra nueva tecnología quelo permita. El PROVEEDOR deberá contar con la opción deofrecer al SUSCRIPTOR cada servicio adicional o producto porseparado, debiendo dar a conocer el precio previamente a sucontrata ción.En el momento en que el SUSCRIPTOR realice la devolución delEquipo, el PROVEEDOR le debe proporcionar una nota derecepción, la cual deberá contener el número de teléfono, nombrede EL SUSCRIPTOR y nombre de la persona que lo entrega y lorecibe. En el supuesto que EL SUSCRIPTOR no devuelva elequipo a la terminación del contrato, EL PROVEEDOR podráejercer acciones legales para la restitución del equipo o, en sucaso, pago de daños y perjuicios.El PROVEEDOR puede ofrecer planes o paquetes que incluyanlos servicios y/o productos que considere convenientes, siempre ycuando tenga el consentimiento expreso del SUSCRIPTOR paratal efecto. Sin embargo, no puede obligar al SUSCRIPTOR acontratar servicios adicionales como requisito para la contratacióno continuación de la prestación del SERVICIO.El PROVEEDOR no aceptará equipos y accesorios ajenos paraproveer el servicio objeto del presente contrato.CUARTA. ENTREGA E INSTALACIÓN. La entrega e instalacióndel equipo terminal no podrá ser mayor a 03 días naturales apartir de la firma del presente contrato.El SUSCRIPTOR puede cancelar los servicios adicionales alSERVICIO originalmente contratado en cualquier momento, porlos medios señalados en la carátula para tales efectos, para loque el PROVEEDOR tiene un plazo máximo de 5 días naturales apartir de dicha manifestación para cancelarlo, sin que ello impliquela suspensión o ca ncelación de la prestación del SERVICIOoriginalmente contratado. La cancelación de los Serviciosadicionales al SERVICIO originalmente contratado no exime alSUSCRIPTOR del pago de las cantidades adeudadas por losservicios ad icionales utilizados.En caso de que el PROVEEDOR no pueda iniciar la prestacióndel servicio por causas atribuibles a él por imposibilidad física otécnica para la instalación del equipo, debe devolver alSUSCRIPTOR las cantidades que haya pagado por concepto deanticipo, en un plazo no mayor de 30 días hábiles siguientes a lafecha límite establecida para la instalación, y se tendrá porterminado el contrato de adhesión sin responsabilidad para elSUSCRIPTOR debiendo pagar el PROVEEDOR, una penalidadequivalente al 20% de las cantidades que haya recibido porconcepto de anticipo, por su incumplimiento en los casosatribuibles a él.SÉPTIMA. ESTADO DE CUENTA, RECIBO Y/O FACTURA. ElPROVEEDOR debe entregar gratuitamente en el domicilio delSUSCRIPTOR, con al menos 10 días naturales antes de la fechade vencimiento del plazo para el pago del SERVICIO contratado,un estado de cuenta, recibo y/o factura el cual deberá de contenerde manera desglosada la descripción de los cargos, costos,conceptos y naturaleza del SERVICIO y de los serviciosadicionales contratados.En caso de que el PROVEEDOR no haya requerido un anticipo,sino envió la factura , recibo o comprobante al domicil ioSUSCRIPTOR con el cargo por concepto de instalación, y no sehaya iniciado la prestación del servicio, el PROVEEDOR debe2

,·INTERLINK SOLUCIONES INALAMBRICASINTERLINK SOLUCIONES INALAMBRICAS S.A. DE C.V.RFC: ISl190910N11CALLE MIGUEL HIDALGO SIN NÚMERO SAN PEDRO MIAHUAPAN,TIHUATLÁN, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE C.P. 92913EMILIANO ZAPATA, HIDALGO C.P.43960CAT: (782)-169-7256 1 (746)-897-5165- E-MAIL: informacion.interlink@qmail.comPAGINA WEB: www.interlinksoluciones.comEl SUSCRIPTOR puede pactar con el PROVEEDOR para que, ensustitución de la obligación referida , pueda consultarse el citadoestado de cuenta y/o factura , a través de cualquier medio físico oelectrónico, digital o de cualquier otra nueva tecnología que lopermita y que al efeéto se acuerde entre ambas partes.Una vez solucionada la causa que originó la suspensión delservicio, el PROVEEDOR reanudará el servicio en un periodomáximo de 24 horas, debiendo pagar EL SUSCRIPTOR los pagosde reconexión , el cual no podrá ser superior al 20% del pago deuna mensualidad. En el caso de falta de pago será necesario,además del pago de reactivación, que haya efectuado el pago de.)i JS mensualidades adeudadas.La fecha , forma y lugares de pago se pueden consultar por losmedios señalados en la carátula del presente contrato.DÉCIMA. CONTINUIDAD DEL SERVICIO Y BONIFICACIONESPOR INTERRUPCIÓN. El proveedor deberá bonificar ycompensar al suscriptor en los sigu ientes casos:Tratándose de cargos indebidos, el PROVEEDOR deberáefectuar la devolución correspondiente dentro de un plazo nomayor a los 5 días hábiles posteriores a la reclamación . Dichadevolución se efectuará por el mismo medio en el que se realizóel cargo indebido correspondiente y se deberá bonificar el 20%sobre el monto del cargo realizado indebidamente.1. Cuando por causas atribuibles a el PROVEEDOR no sepreste el servicio de telecomunicaciones en la forma y términosconvenidos, contratados, ofrecidos o implícitos o informacióndesplegada en la publicidad del proveedor, así como con losíndices y parámetros de calidad contratados o establecidos porel IFT, éste debe de compensar al consumidor la parteproporcional del precio del servicio, plan o paquete que se dejóde prestar y como bonificación al menos el 20% del monto delperiodo de afectación de la prestación del servicio.2. Cuando la interrupción del servicio sea por casos fortuitos ode fuerza mayor, si la misma dura más de 72 horasconsecutivas siguientes al reporte que realice el SUSCRIPTOR,el PROVEEDOR hará la compensación por la parte proporcionaldel periodo en que se dejó de prestar el servicio contratado, lacual se verá reflejada en el siguiente recibo y/o factura. Además,el PROVEEDOR deberá bon ificar por lo menos el 20% delmonto del periodo de afectación .3. Cuando se interrumpa el servicio por alguna causa previsibleque repercuta de manera generalizada o significativa en laprestación del servicio, la misma no podrá afectar el servicio pormás de 24 horas consecutivas; el PROVEEDOR dejará decobrar al SUSCRIPTOR la parte proporcional del precio delservicio que se dejó de prestar, y deberá bonificar por lo menosel 20% del monto del periodo que se afectó.4. Cuando el PROVEEDOR realice cargos indebidos, deberábonificar el 20% sobre el monto del cargo realizadoindebidamente.OCTAVA. MODIFICACIONES. El PROVEEDOR dará aviso alSUSCRIPTOR, cuando menos con 15 días naturales deanticipación , de cualquier cambio en los términos y condicionesoriginalmente contratados. Dicho aviso deberá ser notificado, através de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquierotra nueva tecnología que lo permita .En caso de que el SUSCRIPTOR no esté de acuerdo con elcambio de los términos y condiciones originalmente contratados,podrá optar por exigir el cumplimiento forzoso del contrato bajo lascondiciones en que se firmó el mismo, o a solicitar la terminacióndel presente contrato sin penalidad alguna para el SUSCRIPTOR.El PROVEEDOR deberá obtener el consentimiento · delSUSCRIPTOR a través de medios físicos o electrónicos odigitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita, parapoder dar por terminado el presente contrato con la finalidad desustituirlo por otro, o bien para la modificación de sus términos ycondiciones. No se requerirá dicho consentimiento cuando lamodificación genere un beneficio en favor del SUSCRIPTOR.En caso de que el contrato sea celebrado a un plazo forzoso, elPROVEEDOR no puede modificar las condiciones ofrecidas ypactadas , salvo que medie autorización del SUSCRIPTOR, porcualquier medio establecido en la Ley.El SUSCRIPTOR puede cambiar de tarifa, paquete o plan ,aunque sea de menor monto con el que se contrató, en cualquiermomento, pagando en su caso los cargos adicionales que segeneren asociados a este cambio y notificando con previo anticipoal "PROVEEDOR" por cualquier medio físico o electrónico sobresu interés de cambio para que "EL PROVEEDOR" efectué loscambios que considere necesarios para la efectividad ycontinuidad del servicio.A partir de que el PROVEEDOR reciba la llamada por parte delSUSCRIPTOR para reportar las fallas y/o interrupciones en elSERVICIO, el PROVEEDOR procederá a verificar el tipo de falla ycon base en ello, se determinará el tiempo necesario para lareparación, el cual no puede exceder las 72 horas siguientes a larecepción del reporte.NOVENA. SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. El PROVEEDORpodrá suspender el Servicio, previa notificación por escrito alSUSCRIPTOR , si este último incurre en cualquiera de lossiguientes supuestos:1. Por pagos parciales de la tarifa aplicable al SERVICIO.2. Por falta de pago del SERVICIO después de 1O díasnaturales contados a partir de la fecha de pago señalada enla carátula del p·resente contrato .3. Por utilizar el servicio de manera contraria a lo previsto en elcontrato y/o a las disposiciones aplicables en materia detelecomunicaciones .4. Por alterar, modificar o mover el equipo terminal.5. Por declaración judicial o administrativa.DÉCIMA PRIMERA. MECANISMOS DE BONIFICACIÓN YCOMPENSACIÓN. En caso de que proceda la bonificación y/ocompensación, el PROVEEDOR se obliga a:1. Realizarlas a más tardar en la siguiente fecha de corte a partirde que se actualice algunos de los supuestos descritos en lacláusula anterior.2. Reflejar en el siguiente estado de cuenta o factura , labonificación y/o compensación realizada, y3. Dicha bonificación y/o compensación se efectuará por losmedios que pacten las partes.DÉCIMA SEGUNDA. TERMINACIÓN Y CANCELACIÓN DELCONTRATO. El Presente contrato se podrá cancelar o termina/3.

- -.INTERLINK SOLUCIONES INALAMBRICASINTERLINK SOLUCIONES INALAMBRICAS S.A. DE C.V.RFC: ISl 190910N11CALLE MIGUEL HIDALGO SIN NÚMERO SAN PEDRO MIAHUAPAN,TIHUATLÁN, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE C.P. 92913EMILIANO ZAPATA, HIDALGO C.P.43960CAT: (782)-169-7256 I (746)-897-5165- E-MAIL: informacion .interlink@gmail.comPAGINA WEB : www.interlinksoluciones.compor cualqu iera de las partes sin responsabili dad para ellas en lossiguientes casos:EL PROVEEDOR no es responsable de la configuración dedispositivos que resulten necesarios para el uso concurrente del ode los Equipos Personales.a) Por la imposibilidad permanente del PROVEEDOR paracontinuar con la prestación del SERVICIO, ya sea por casofortuito o fuerza mayor.b) Si el SUSCRIPTOR no subsana en un término de 60 díasnaturales cualquiera de las causas que dieron origen a lasuspensión del SERVICIO.e) En caso de plazo forzoso, al día siguiente del términ o delperiodo de vigencia, siempre y cuando haya mediado lanotificación al SUSCRIPTOR de la terminación del contrato.d) Si el SUSCRIPTOR conecta aparatos adicionales por supropia cuenta, subarrienda, revende, cede o en cualquier formatraspasa los derechos establecidos en el contrato, sin laautorización previa y por escrito del PROVEEDOR.e) Si el PROVEEDOR no presta el SERVICIO en la forma ytérminos conven idos, contratados, ofrecidos o implícitos enla información desplegada en la publ icidad del proveedor, asícomo con los índices y parámetros de cal idad contratados oestablecidos por el IFT.f) Si el SUSCRIPTOR proporciona información fa lsa alPROVEEDOR para la contratación del Servicio.g) En caso de modificación unilateral de los términos,condiciones y tarifas establecidas en el presente contrato porparte del PROVEEDOR.h) Por cualquier otra causa prevista en el contrato o E¡n lalegislación aplicable vigente .El PROVEEDOR proporcionará la información del consumo totalde datos en el periodo de facturación correspond iente cuando elpaquete contratado contenga un límite de transferencia de datos.El PROVEEDOR cumpl irá con la neutralidad de las redes que seencuentra establecida en Ley Federal de Teleco

interlink soluciones inalambricas interlink soluciones li jalambricas s.a. de c.v. rfc: isl19091 0n11 calle miguel hidalgo sin nÚmero san pedro miahuapan, tihuatlÁn, veracruz de ignacio de la llave c.p. 92913 emiliano zapata, hidalgo c.p.43960 cat: (782)-169-7256 1 (746)-897-5165-e-mail: informacion.interlink@gmail.com