Jornadas Técnicas Agentes De Seguros

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JORNADAS TÉCNICAS AGENTES DE SEGUROSNormativa de distribución de seguros

Distribuidores de seguros y reaseguros(Normativa-Cronología legislativa)Cronología LegislativaSe transpone alordenamiento iva (UE) 2018/411modifica fecha de aplicaciónla directiva (UE) 2016/97Directiva (UE) 2016/97 sobrela distribución de segurosDirectiva 2002/92/CEMediación de SegurosSe transpone alordenamiento jurídicoespañolModificadaLeyReal Decreto-Ley 3/2020 de4 de febrero (libro segundo)Convalidado por el Congreso20/02/202026/2006 de Mediación deSeguros y Reaseguros200220062016En vigor desde06/02/20202020201801/07/201801/10/2018Adoptar y publicar lasdisposiciones legales,reglamentarias y administrativasnecesarias para dar cumplimientoa la normativa (UE) 2016/97Aplicación de la (UE) 2016/07Se deroga Directiva2002/92/CECongreso de los DiputadosSe está tramitando como Proyectode Ley por procedimiento deurgencia (Comisión de Hacienda)Informe de ponencia 30/04/2020

MODIFICACIÓN881213228778SUPRESIÓN--3-51-9

El 1 de octubre de 2018, en la UE se sustituyó la actividad de mediaciónde seguros por la de distribución de seguros. En españa el 6 de febrerode 2020.Y esto �n del contratorecomendación personalizadahecha a un cliente, a petición deeste o a iniciativa del distribuidorPropuestaRealización de trabajos0:00/2:56GESTIÓN Y EJECUCIÓNAsistencia en la gestióny ejecución del contratoInformación de contratos de seguro, deacuerdo con criterios elegidos por el cliente.Clasificación, precios, comparaciones ydescuentos, cuando el cliente puedacelebrar el contrato de seguro directa oindirectamenteAsistencia en caso desiniestroSITIO WEB Y OTROS MEDIOSActividad de información accesoria sinninguna acción adicional para ayudar acelebrar o ejecutar un contrato deseguro.Gestión de siniestros a títuloprofesional, y el peritaje yliquidación de siniestros.Mero suministro sobre tomadorespotencialesamediadoresoentidades aseguradoras sin acciónadicional para celebrar un contratode seguros.Mero suministro sobre productos,mediadores oentidades atomadores potenciales, sin acciónadicional para celebrar un contratode seguros.Abridoras en operaciones decoaseguro.

DISTRIBUIDOR DE SEGUROSLos nuevos“distribuidores de seguros”

CLASES DE DISTRIBUIDORES DE SEGUROSAgentes de segurosEs obligatorio inscribirse en el registro administrativo de distribuidores de seguros yreaseguros antes de iniciar y desarrollar su actividad(Los mediadores de seguros que el 06/02/2020 figuren inscritos en el “Registro administrativo especial demediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos” no tienen que volver a inscribirseen el nuevo “Registro administrativo de seguros y reaseguros”)oevNuMediadores de segurosMediadores de segurosComplementariosAgentes de segurosEntidadesCorredores de segurosExclusivosVinculadosOperador de banca-segurosCorredores de seguros“Agente de seguros exclusivo”“Agente de seguros vinculado”“Corredor de seguros”“Agencia de seguros exclusiva”“Agencia de seguros vinculada”- Entidades de crédito- Establecimientos financieros- Sociedades mercantiles controladaso particidapas por las anteriores(Persona física)(Persona jurídica)(Persona física)(Persona jurídica)“Operador de banca-segurosexclusivo”“Operador de banca-segurosvinculado”La inscripción será:a través de entidad aseguradoraAseguradoras(Persona física)“Correduría de seguros”(Persona jurídica)directa en función del tipo demediación que desee realizarLa entidad NO se inscribeInscripción a través de entidadaseguradoraInscripción directaInscripción directaInscripción directaRegistro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros(Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones u órgano competente de la Comunidad Autónoma)SÍ es obligatorio inscribir a laspersonas responsables de ladistribución de seguros

Toda persona física o jurídica (distinta deuna entidad de crédito o de una empresade inversión) cuya actividad principal nosea la distribución de seguros yemprenda o realice esta actividad concarácter complementario.REQUISITOSPrevio al inicio de la actividad debeelegir que tipo de mediador de segurosquiere ser:agente de seguros exclusivo, agente deseguros vinculado, o corredor de seguros.InscribirseenelRegistroAdministrativo de Distribuidores deSeguros y Reaseguros.Se le aplicará el régimen jurídico delmediador de seguros que hayaelegido.¿QUÉ SEGUROSPUEDE DISTRIBUIR?Solosegurosqueseancomplementarios de un bien oservicio.Vida o RC: cuando la cobertura seacomplementaria del bien o serviciosuministrado en su actividadprofesional principal.Todos los Mediadores deSegurosComplementariosque distribuyan únicamentelos siguientes seguros:Que el seguro sea complementario del bien o serviciosuministrado por algún proveedor, cuando dicho seguro cubra:El riesgo de avería, pérdida o daño del bien o la noutilización del servicio suministrado por dichoproveedor, o:Los daños al equipaje o la pérdida de éste y demásriesgos relacionados con el viaje contratado por dichoproveedor.y que, el importe de la prima de seguros sea:· 600 : prima anual.· 200 : prima abonada por persona cuando la duracióndel servicio suministrado sea inferior o igual atres meses.

LOREM IPSUM1008010%90706020%5040%DESIGNDepende directa o indirectamente de:Órgano de administraciónComisiones ejecutivasActividad de distribución de segurosConsejeros delegadosAPROBARAPLICARREVISARYOUR leCorrecta ejecuciónNombre a disposición de tro internoactualizadoEmpleados que participendirectamente en ladistribuciónTodosTodosTodosResponsable de la actividadPersonaRegistro administrativoDGSFPObligatorioÓrganoTodos(1) Superar cursos de formaciónC/La Paz 2 - Bajo 36202 - VIGO (Pontevedra)986 485 228inade@inade.orgLos nuevos“distribuidores de seguros”

Los nuevos“distribuidores de seguros”MEDIADORES DE SEGUROSDependientes de entidades aseguradorasIndependientesAGENTES DE SEGUROSPersonas físicas/jurídicasactividad incompatible entre síEntidades de Crédito - (EF)Establecimientos Financieros de Crédito - (EFC)CORREDORES DE SEGUROSPersonas físicas/jurídicasSociedad Mercantil(Controlada o participada)Actividad a través de las redesde distribución de EC-EFCAgente de SegurosExclusivoInscripción a través deentidad aseguradoraAgente de SegurosVinculadoOperador de Banca- SegurosExclusivoOperador de Banca- 6Deben inscribirse en el registro administrativo que lleva la DGSFP o CCAA con carácter previo al inicio de sus actividades.

Registro AdministrativoEl distribuidor que no figure en el Registro no puede operarRESIDENTES O DOMICILIADOS EN ESPAÑADOMICILIADOS EN OTROS ESTADOS MIEMBROSIncripción previa al inicio de la actividad(Mantener actualizado)Solo a efectos informativosMEDIADOR DE SEGUROS Y REASEGUROSMEDIADOR DE SEGUROSASEASVOBS-VCSCREAREGISTRO ADMINISTRATIVOEntidadaseguradoraPúblicoAcceso gratuito medios ICA- TitularPERSONAJURÍDICADELPSLPS: Libre Prestación de ServiciosDE: Régimen de Derecho de EstablecimientoComunidad AutónomaSOLOAutoridad competente delEstado Miembro de origen- Identidad- Administradores- Responsable deDistribución- Titular- ÓrganoMSC:InscripciónP.U.I.Inscripción según actividad arealizar (ASE, ASV, CS)ASE: Agente de seguros exclusivo ASV: Agente de seguros vinculadoDirección General de Seguros yFondos de PensionesTodas las comunicaciones seremitirán a través de medioselectrónicosPunto Único de InformaciónOBS-V: Operador Banca-Seguro VinculadoCS: Corredor de SegurosCR: Corredor de ReasegurosEA: Entidad AseguradoraMSC: Mediador de Seguros Complementarios

PERSONA FÍSICADATOS INSCRIBIBLESPERSONA JURÍDICATITULARDatos inscribibles en el registro administrativo de:Mediadores de seguros (Agente de segurosexclusivo, Agente de seguros vinculado, Operadorde Banca Seguros y Corredor de Seguros)Mediadores de Seguros ComplementariosCorredores de ReasegurosNombre y apellidosDenominación orte (Extranjeros: Documento equivalente)CIFDomicilioProfesionalSocialÁmbito de actuaciónSíSíNº inscripciónSíSíEstatutos--Modificaciones dicar tipoIndicar tipo--SíAIE Agrupación Interés EconómicoSí - perteneceSí - perteneceUTE Unión Temporal EmpresasSí - perteneceSí - perteneceCancelación registroSíSíInhabilitaciónSíSíSanciones (No amonestación n de distribuidorParticipaciones significativasEspacio Económico EuropeoADMINISTRADORES, RESPONSABLE ACTIVIDAD DE DISTRIBUCIÓN (Titular/miembros órgano)C/La Paz 2 - Bajo 36202 VIGO (Pontevedra)986 485 228inade@inade.orgTitularNombre y apellidos -- Denominación social (Persona física dadDNI-Pasaporte (Extranjeros: documento equivalente) - CIFFecha de nombramientoSíFecha de suspensiónSíFecha de revocación o ceseSíInhabilitaciónSíSanciones (No amonestación privada)Sí

Registro AdministrativoEl distribuidor que no figure en el Registro no puede operarAdemás, en función del tipo de distribuidor se inscribirá la siguiente FENSOR DEL CLIENTE (Si ENTIDAD ASEGURADORASÍSÍSÍ----RED DE DISTRIBUCIÓN----SÍ----ACTUALIZACIÓN DEL REGISTROLos distribuidores de seguros y reaseguros deberán facilitar la información y documentación necesaria para que el Registro esté debidamente actualizado.Anotaciones en el Registro:- Administración Pública: la Administración Pública de forma directa puede realizar un asiento de oficio con fundamento en un acto administrativo.- El titular puede solicitarla por escrito en los siguientes plazos:- Los 15 días siguientes de haber adoptado un acuerdo que deba inscribirse en el Registro, presentando la documentación acreditativa corresponiente.- Un mes después de realizar una inscripción en el Registro Mercantil, si el acuerdo adoptado ha sido elevado a escritura pública inscribible en dicho RM.(En el caso de los Agentes de Seguros Exclusivos esta información deberá ser notificadas a las Entidades Aseguradoras para que éstas comuniquen la modificacón al Órgano de Supervisión y Control)ASE: Agente de seguros exclusivo ASV: Agente de seguros vinculadoOBS-V: Operador Banca-Seguro VinculadoCS: Corredor de SegurosCR: Corredor de ReasegurosEA: Entidad AseguradoraMSC: Mediador de Seguros Complementarios

AGENTE DE SEGUROSLOREM IPSUM100809010%706050DESIGN20%NO - Entidad Aseguradora40%NO - Empleado Entidad AseguradoraCONTRATO DE AGENCIAPactos libres (supletoriamente leysobre contrato de agencia)NO - Corredor de Seguros / Ni Colaborador externo de ésteRemuneración (vigencia/extinción)NO - Tercer peritoNO - Perito / Comisario de averías a designar portomadores,aseguradosybeneficiariosdecontratos intervenidos por elAutorización para colaboradoresexternosExtinción:- Entidad aseguradora:- Informar a los tomadores de seguros- Si procede comunicar nuevo agente- Agente cesante: puede comunicar el cese a lostomadores de segurosContrato Mercantil formalizado por escritoC/La Paz 2 - Bajo 36202 - VIGO (Pontevedra)986 485 228inade@inade.org

MEDIADOR DE SEGUROSActividades prohibidasImponer directa o indirectamentela celebración de un contrato deseguro.Celebrar o modificar ennombre de su cliente uncontrato de seguro sin elconsentimiento de éste.Añadir recargos a los recibos deprima emitidos por las entidadesaseguradoras.Asumir directa o indirectamente la cobertura deninguna clase de riesgos ni tomar a su cargo entoda o parte de la siniestralidad objeto delseguro.Realizar la actividad en favor de entidadesaseguradoras que no cumplan losrequisitos legalmente exigidos para operaren España, o que actúe trasgrediendo loslímites de la autorización concebida.Utilizar en la denominación social y enpublicidad expresiones reservadas alas entidades aseguradoras.

DISTRIBUIDOR DE SEGUROSRequisitos profesionales

DISTRIBUIDOR DE SEGUROSFormaciónDGSFPLíneas generalesPrincipios básicosFormación previaCONOCIMIENTOSMaterias financierasSeguros privadosCENTROS DE FORMACIÓNautorizados por:DGSFP / CCAAFormación continua

DISTRIBUIDOR DE SEGUROScuaHonorabilidad comercial y profesionaldesalidTrayectoria personal con respecto a las leyesmercantiles u otras que regulan la actividadeconómica y la vida de los negociosBuenas prácticas comerciales,financieras y de seguros¿Cómo se demuestra?No tener antecedentes penales(Infracciones penales relativas al ejercicio de actividades financieras)No haber sido sancionado (infracciones graves omuy graves) en el ámbito administrativo en:Materia aseguradoraDefensa de la competenciaBancariaMovimiento de capitalesMercado de valoresTransacciones económicas con el exteriorHacienda públicaBlanqueo de capitales y financiación del terrorismoSeguridad SocialProtección de consumidores y usuariosTitular (persona física)Administradores (excepto entidades aseguradoras)Responsable de la actividadEmpleados (que participen en la actividad)PERSONAS EXCLUÍDAS:Inhabilitado para el ejercicio de:· Cargo público· Administración y dirección de entidades financierasAGENTES DE SEGUROSCORREDORES DE SEGUROSOPERADOR DE BANCA SEGUROSMEDIADORES DE SEGUROS COMPLEMENTARIOSENTIDADES ASEGURADORASCOLABORADORES EXTERNOSInhabilitado por Ley Concursal

AGENTE DE SEGUROSLa responsabilidad civil áimputada a la entidad aseguradora,todo ello de conformidad con lodispuesto en los contratos deagencia.Los importes abonados por el cliente,se consideran abonados a la entidadaseguradoraLos importes abonados por lasentidades aseguradoras, no seconsideran abonados al cliente hastaque los perciban¡OJO! REVISARAGENCIALas comunicaciones del tomador alagente surten los mismos efectos quesi se hubiesen realizado directamentea la entidad aseguradoraCONTRATODEAgente de seguros exclusivoAgente de seguros vinculadoAgencia de seguros exclusivaAgencia de seguros vinculadaEntidad o entidades aseguradorasNúmero de registro administrativoSeguro de RC u otra garantía financieraC/La Paz 2 - Bajo 36202 - VIGO (Pontevedra)986 485 228inade@inade.org

MEDIADOR DE SEGUROSDepositario de cantidadesLas cantidades recibidas de losclientes en conceptos de pago derecibos de seguro, así como lascantidades entregadas por elasegurador en concepto deindemnizaciones o reembolso de lasprimas destinadas a clientes,están en depósito del mediador.

MEDIADOR DE SEGUROSCuentas separadas - liquidación de recibosEl mediador tiene que acreditar que los fondos pertenecientes alos clientes son transferidos a las entidades aseguradoras através de cuentas totalmente separadas de aquellas en las quegestiona sus recursos económicos.El plazo de adaptación finalizael seis de mayo de 2020CLIENTESRECIBOSDPAGO DIRECTO A CÍASEOSURGSE

AGENTE DE SEGUROSResponsabidad Civil ProfesionalResponsabilidad Civil ProfesionalCoberturaLas responsabilidades que pudieran surgir por negligencia profesional.Ámbito territorialTodo el ámbito del territorio de la Unión Europea.Importes económicos mínimos1.300.380 por siniestro1.924.560 para todos los siniestros de un determinado año.Estos importes se actualizarán por la AESPJ (Autoridad Europea de Segurosy Planes de Jubilación)Condición de terceroSerán considerados terceros todas las personas menos el tomador/aseguradoFranquiciaLa franquicia no será esgrimible frente a un terceroFórmula para acreditarla- Seguro de Responsabilidad Civil Profesional- Cualquier otra garantía financiera

AGENTES DE SEGUROS EXCLUSIVOSObligaciones entidades aseguradorasLOREM ISARComprobar antes de celebrar el contratoPOLÍTICASYOUR BANK0123/45601/56PROCEDIMIENTOSGarantizarCER TIF IC ATEO F APRECIATIO NThi s ce r t ificate is proudly pre se nte d toN a m e S u r na m elore m i psum dolo r sit ame t, co n se c te tur adi pisci n g e l it. pe lle nte s qu e s e d n i slor n are, tin c idunt n e q ue a c, sce le r isque e li t. cras n e que ve lit, co n gue e ge t n ull aauc tor, fin ib us gravida e rat.DATESIG N ATU REAgente de segurosexclusivoResponsableCorrecta ejecuciónPersona física: titularNombre a disposición de DGSFPPersona able de la actividadPersonaÓrganoTodosEmpleados que participendirectamente en la distribuciónTodos(1) Cursos de formaciónC/La Paz 2 - Bajo 36202 - VIGO (Pontevedra)986 485 228inade@inade.orgTodosTodos

AGENTES DE SEGUROS EXCLUSIVOSObligaciones entidades aseguradorasLOREM trointerno(Actualizado)Persona física:REGISTRO ADMINISTRATIVO(DGSFP o CCAA)Persona física:IdentificaciónIdentificaciónPersona jurídica:Persona ital social: titulares (directo o indirecto 10% o más / vínculos estrechos)AdministradoresÓrganoResponsable de la actividadResponsable de la actividadPersonaNúmero de registro internoFecha de altaActualizado(15 días hábiles desde elacuerdo de modificación)Fecha de bajaCarácter exclusivoC/La Paz 2 - Bajo 36202 - VIGO (Pontevedra)986 485 228inade@inade.orgÓrganoAcuerdo con otra entidad:- La nueva entidad tiene que comunicar el contrato al Órgano de Supervisión

AGENTES DE SEGUROS EXCLUSIVOS¿Con qué compañías pueden trabajar?Con la compañía que secelebra el contrato deagencia de segurosPrevia autorización de laentidad principal con unasegunda para operar enramos, riesgos y contratos enlos que no opere la principalC/La Paz 2 - Bajo 36202 - VIGO (Pontevedra)Con las entidades con lasque la entidad principaltenga acuerdos de cesiónde redes986 485 228inade@inade.orgCon las entidades queformen un grupo si así lohan acordado

AGENTE DE SEGUROSEstructura de la organización,honorabilidad comercial y profesional.Incompatibilidad - No se podrá realizar de manera simultánea la actividad de:Tener capacidad legal para ejercer el comercioCorredor de segurosColaborador externo de agente de segurosTercer perito“AGENTE DESEGUROS”HCPPerito de seguros o comisario de averías designado por tomadores de seguros,asegurados y beneficiarios de los contratos del seguro en los que hubieseintervenido como agente de oraInformaHCP FPr-N2HCP FPr-N3HCP FPr-N2HCP FPr-N3FCHCPCOLABORADOR EXTERNOHonorabilidad comercial y profesionalFCFPr-xFCMediador de SegurosComplementariosexento de la leyFCFormación previa - Nivel 1, 2 ó 3 (Actualmente grupos A, B o C)C/La Paz 2 - Bajo 36202 - VIGO (Pontevedra)986 485 228FCFormación continuainade@inade.org

AGENCIA DE SEGUROSEstructura de la organización,honorabilidad comercial y profesional.Capital SocialA/S- Socios- AccionistasA/SA/SA/SIncompatibilidad - No se podrá realizar de manera simultánea la actividad de:Corredor de segurosColaborador externo de agente de segurosObjeto SocialTercer perito“AGENCIA DESEGUROS”La realización de actividades de distribución de seguros como agencia desegurosPerito de seguros o comisario de averías designado por tomadores deseguros, asegurados y beneficiarios de los contratos del seguro en los quehubiese intervenido como agente de segurosTipo de administración- Administrador: único / mancomunados / solidarios- Consejo de administraciónRESPONSABLE ilidad comercial y profesionalAsesoranFPr-N1 HCPFCFPr-N2InformaHCPFPr-N3FCFCFormación previa - Nivel 1, 2 ó 3 (Actualmente grupos A, B o C)C/La Paz 2 - Bajo 36202 - VIGO (Pontevedra)Mediador de Seguros Complementariosexento de la ley986 485 228FCFormación continuainade@inade.org(*) Al menos el 50% de los miembros

AGENTE DE SEGUROSPublicidad y documentación mercantilCIAAGENIndicación de la condición de “agente” o “agencia”Clave de autorización en el Registro AdministrativoTener suscrito Seguro de Responsabilidad Civil ProfesionalDisponer de Capacidad FinancieraSi posee una participación directa o indirecta del 10% o más de los derechos devoto o del capital en una entidad aseguradora determinada o agencia desegurosSi una entidad aseguradora, reaseguradora o agente de seguros posee unaparticipación directa o indirecta del 10% o más de los derechos de voto o delcapital del corredor

AGENTE DE SEGUROSControl de productos y requisitos en materia de gobernanzaMantener, gestionar y revisarAGENTE DE SEGUROS quediseña productos deseguros para su ventaRealizar este proceso antesde su comercialización odistribución a los clientes, porcada producto de segurosaprobaciónadaptación significativaNo aplicar a seguros de grandes riesgosAGENTE DE SEGUROSque NO diseñaproductos de segurosContar con mecanismosadecuados para obtener elproceso de aprobación porparte del que ha diseñado elproducto,(compañiaocorredor)

MEDIADOR DE SEGUROSObligaciones de informaciónENTREGAR EN FASE PREVIA Y OTROS.Informacióngeneral01NO FACILITAR EN CASO DE SEGUROS DEGRANDES RIESGOSLos de vehículos ferroviarios, vehículos aéreos, vehículos marítimos, lacustres y fluviales.Mercancías transportadas (comprendidos los equipajes y demás bienes transportados).Y además:En la renovación del contrato (prórroga): entregar de nuevola información solo si hay modificación respecto a la inicialModificación (suplemento sin recibo): entregar de nuevo lainformación solo si hay modificación respecto a la inicialModificación (suplemento con recibo): entregar siempre lainformaciónLa responsabilidad civil en vehículos aéreos (comprendida la responsabilidad deltransportista)La responsabilidad civil de vehículos marítimos, lacustres y fluviales (comprendida laresponsabilidad civil del transportista)Los de crédito cuando el tomador y el asegurado ejerzan a título profesional una actividadindustrial, comercial o liberal y el riesgo se refiera a dicha actividad.Los de caución cuando el tomador y el asegurado ejerzan a título profesional una actividadindustrial, comercial o liberal y el riesgo se refiera a dicha actividad.Información delproducto (No vida)02Documento facilitado por la entidad aseguradora.El corredor solo deberá hacerlo en caso de quediseñe el producto.Los de vehículos terrestres (no ferroviarios), incendio y elementos naturales, otros daños alos bienes, responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles (comprendida laresponsabilidad del transportista), responsabilidad civil en general y pérdidas pecuniariasdiversas, siempre que el tomador supere los límites de, al menos, dos de los tres criteriossiguientes:Activo total del balance: 6.200.000 euros.Importe neto del volumen de negocios: 12.800.000 euros.Número medio de empleados durante el ejercicio: 250 empleados.Si el tomador del seguro formara parte de un grupo de sociedades cuyas cuentasconsolidadas se establezcan con arreglo a lo dispuesto en los artículos 42 a 49 del Código deComercio, los criterios mencionados anteriormente se aplicarán sobre la base de las cuentasconsolidadas.

MEDIADOR DE SEGUROSObligaciones de informaciónINFORMACIÓN GENERAL PREVIA (IGP)Identificación (Identidad, dirección y su condición de “agente” o “agencia”)Clave de autorización en el Registro Administrativo y medio de comprobaciónTener suscrito Seguro de Responsabilidad Civil Profesional y disponer deCapacidad FinancieraTratamiento de datos de carácter personalProcedimiento de resolución de quejas y reclamacionesSi posee una participación directa o indirecta del 10% o más de los derechos devoto o del capital en una entidad aseguradora determinada o agencia desegurosSi una entidad aseguradora, empresa matriz de dicha entidad o agente deseguros posee una participación directa o indirecta del 10% o más de losderechos de voto o del capital del corredorNaturaleza de su remuneraciónTipo de remuneración y métodos de cálculo o importe de los honorariosEntregarla previo a la celebración delcontrato (si el cliente ya lo tiene, noes necesario repetirla en cadacontrato)Entregarla nuevamente cada vezque haya un suplemento con pagode prima (salvo regularizaciones)Entregarla nuevamente en lasrenovaciones si existe algún cambioen la información

MEDIADOR DE SEGUROSObligaciones de informaciónINFORMACIÓN DEL PRODUCTO (IP - NO VIDA)agente

MEDIADOR DE SEGUROSCÓMO SE TRANSMITEN LAS OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN AL CLIENTEExcepción: A través de un sitio web, cuandoconcurran las siguientes circunstanciasInformacióngeneral0204Que resulte adecuado en el contexto de lasoperaciones que tengan lugar entre el corredor deseguros y el cliente.01RecomendaciónpersonalizadaInformación del corredorque lleva la direcciónSoporte duraderoQue resulte adecuado en el contexto de lasoperaciones que tengan lugar entre el corredor deseguros y el cliente.Que el cliente haya aceptado el sitio web comomedio de información.Sitio web?!Que el cliente haya podido optar entre recibirinformación en papel u en otro soporte duradero yhaya elegido este último.EXCEPCIONESInformación gratuita, clara y precisa, quese entrega al cliente antes de celebrar uncontrato de seguros en la lenguaacordada por las partes.@Que se haya notificado al cliente electrónicamentela dirección del sitio web y el lugar en el que puedeconsultarse la información.Que se garantice que esa infomación seguiráfigurando en el sitio web durante el tiempo quenecesite el cliente para consultarla.En caso de venta por teléfono,antes de celebrar el contrato,comunicar al cliente toda lainformación conforme a lasnormas aplicables en lacomercialización a distancia deservicios financieros a losusuarios de seguros.Además, hay que volver afacilitarlainformacióninmediatamente después decelebrarse el contrato deseguros.

AGENTE DE SEGUROSConservación de documentación precontractual¡OJO!Subrogación o cesión de la titularidad de la cartera.Agente cedente:Conservar la documentación durante un mínimo de seisaños desde la fecha de subrogación o cesión.DocumentaciónprecontractualTrasladar al nuevo corredor copia de la misma, siempreque se la requiera y a costa de éste.Agente adquiriente:Conservar durante un plazo mínimo deSEIS AÑOS desde el momento de lafinalización de los efectos del contrato.Conservar la documentación precontractual durante unmínimo de seis años desde el momento de la finalizaciónde los efectos del contrato.Facilitar al cliente dicha información si lareclama en el periodo fijado.

AGENTE DE SEGUROSVenta vinculada, combinada y separadaEl distribuidor debe informar al cliente de:El distribuidor debe informar al cliente de:Si los distintos componentes pueden adquirirse separadamente(en caso afirmativo, descripción adecuada de los diferentescomponentes y justificantes de los costes y gastos de formaseparada)Si el riesgo o la cobertura del seguro son diferentes si van juntoso separadosFacilitar una descripción de los diferentes componentes y delmodo en el que se interelacionan entre ellosPosibilidad de adquirir el bien o servicio por separadoExclusiones: Cuando el seguro sea complementario deun servicio o actividad de inversiónun contrato de préstamouna cuenta de pagoEn todos los casos el distribuidor debe informar al cliente de:Que se está realizando una venta vinculada o combinada¿Qué parte del coste total se correspone al seguro y al servicio?Efectos de la contratación individualEfectos de la cancelación anticipadaDiferencias entra oferta conjunta y oferta separada

MEDIADORES DE SEGUROSuross de seguctorodpendcióarpaOfertaocomAgentes de seguros exclusivos y vinculadosOperadores de banca seguros exclusivos y vinculadosCorredores de seguroswwwWeb:Indicar titularidad y condiciones de uso, a fin de que el usuario pueda ejercer susderechos de asistencia y defensa de sus intereses.Obligación para todos losmediadores que se sirvande sitios web u otrastécnicas de comunicación adistancia para ofertar ocomparar productos deseguroMediadores de seguros

Un colaborador externo de un mediador deseguros (agente o corredor) no podrá colaborarcon otros mediadores de distinta clase.Responsable actividad:IndividualÓrganoPersonal con participacióndirecta en la actividadPERSONAL RELEVANTEEl medidador de seguros asume:Registro Interno deColaboradores Externos- La direcciónAnotaciones:- Identificación- Fecha de alta- Fecha de baja- Responsabilidad administrativaCORREDOR DE SEGUROSProporcionar:- Información general previa- Información del producto- Información productos inversión basados en seguro- Recomendación personalizada- Responsabilidad civil profesional- Capacidad finacieraCOLABORADORES EXTERNOSNO TIENE LA CONDICIÓN DE MEDIADORRealizan actividades de distribución por cuenta delmediadorIdentificarse como colaboradorexternoIndicar también identidad y datosregistrales del mediador porcuenta del que actúa

Qué deben hacer los mediadores de seguros con sus colaboradores externos- Verifica que se identifica correctamente ante terceros.- Verifica que te identifique a ti ante terceros- Verifica que entrega la información al clienteColaborador externoVerifica los justificantes de formación previa, así como loscursos de formación continua (titular, dirección yempleados).Revisa el contrato mercantil celebrado con el colaboradorexterno.COLABORADORESEXTERNOSComprueba que tienes las declaraciones de honorabilidadcomercial y profesional de tus colaboradores externos(titular, administradores, dirección y empleados).Comprueba que en tu póliza de RC profesional figuran comoasegurados tus colaboradores externos (excepto para losagentes exclusivos).Protección de datos: revisa que se ha formalizado elcontrato entre el responsable del tratamiento de datos(correduría) y el encargado del tratamiento de datos(colaborador externo).Verifica que en tu registro interno de colaboradores externostienes registrados sus datos personales identificativos, l

Mediación de Seguros Directiva Directiva (UE) 2016/97 sobre la distribución de seguros Directiva Directiva (UE) 2018/411 modifica fecha de aplicación la directiva (UE) 2016/97 Ley 26/2006 de Mediación de Seguros y Reaseguros 2002 2006 2016 2018 . "Agente de seguros exclusivo" .