MANUAL ADMINISTRATIVO - Metro CDMX

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MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTECOLECTIVOFecha de registro: 19/10/2018Registro: MA 16/191018-E-SEMOVI-STC-36/011217

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOCONTENIDOI. MARCO JURÍDICO DE ACTUACIÓNII. ATRIBUCIONESIII. MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS INSTITUCIONALESIV. ESTRUCTURA BÁSICAV. ORGANIZACIÓN, PROCESOS Y PROCEDIMIENTOSProcesos InstitucionalesOficina de la Dirección General del Sistema de Transporte ColectivoSubdirección General de OperaciónSubdirección General de MantenimientoSubdirección General de Administración y FinanzasContraloría InternaVI. GLOSARIOVII. APROBACIÓN DEL MANUAL ADMINISTRATIVO

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOI.MARCO JURÍDICO DE ACTUACIÓNEstatutos1- Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo y su última reforma el 27 deFebrero de 2015Lineamientos2- Lineamientos para la implementación de Unidades de Igualdad Sustantiva y su vigilanciaen la Administración Pública de la Ciudad de México y su última reforma el 9 de Noviembrede 2016Criterios3- Criterios para la evaluación de las competencias profesionales y ocupación de lospuestos que integran las Unidades de Igualdad Sustantiva en los Órganos de laAdministración Pública de la Ciudad de México y su última reforma el 29 de Agosto de2017Decretos4- Decreto por el que se crea el organismo público descentralizado “Sistema de TransporteColectivo”, para construir, operar y explotar un tren rápido con recorrido subterráneo ysuperficial, para el transporte colectivo en el Distrito Federal y su última reforma el 13 deJulio de 19923 de 2389

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOII. ATRIBUCIONESESTATUTO ORGÁNICO DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOArtículo 2El Sistema de Transporte Colectivo es un Organismo Público Descentralizado de laAdministración Pública Paraestatal de la Ciudad de México, con personalidad jurídica ypatrimonio propios, de conformidad con la Ley, que tiene por objeto la realización de lasactividades que expresamente le confiere su Decreto de Creación.Artículo 3Para el cumplimiento de su objeto, el Sistema de Transporte Colectivo conducirá susactividades en forma programada, con base en las políticas que establezca el Consejo deAdministración para el logro de los objetivos y prioridades del Programa General deDesarrollo y de los Programas Sectoriales e Institucionales que se deriven del mismo y alas asignaciones de gasto y financiamiento autorizados, en los términos del artículo 67 dela Ley.Artículo 4Por su naturaleza jurídica y en los términos del artículo 47 de la Ley, la Entidad goza deautonomía de gestión para el cabal cumplimiento de su objetivo, y de los objetivos y metasseñalados en sus programas; en tal virtud, para el estudio, planeación y despacho de losasuntos y actos administrativos que le competen conforme a las leyes aplicables en lamateria.DECRETO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO“SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO”, PARA CONSTRUIR, OPERAR YEXPLOTAR UN TREN RÁPIDO CON RECORRIDO SUBTERRÁNEO Y SUPERFICIAL,PARA EL TRANSPORTE COLECTIVO EN EL DISTRITO FEDERALArtículo 1Se instituye un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimoniopropios, que se denominará "Sistema de Transporte Colectivo", con domicilio en el DistritoFederal y cuyo objeto será la construcción, mantenimiento, operación y explotación de untren con recorrido subterráneo, superficial y elevado, para el transporte colectivo depasajeros en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, áreas conurbadas de ésta ydel Estado de México, así mismo, dicho Organismo tiene por objeto la adecuadaexplotación del servicio público de transporte colectivo de personas mediante vehículosque circulen en la superficie y cuyo recorrido complemente el del tren subterráneo.De igual manera, el referido Organismo tendrá la atribución de prestar servicios deasesoría técnica a Organismos Nacionales e Internacionales en el ámbito de sucompetencia.Artículo 2El patrimonio del "Sistema de Transporte Colectivo" se constituirá con los inmuebles,numerario, muebles y demás bienes que le destine y entregue el Departamento del DistritoFederal, así como los que el propio Organismo adquiera en el futuro.4 de 2389

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOArtículo 3El "Sistema de Transporte Colectivo" podrá utilizar las vías públicas y otros inmuebles cuyouso le conceda el Departamento del Distrito Federal, ya sea en la superficie o en elsubsuelo, para sus instalaciones, servicios y actividades, acatando las disposicioneslegales y reglamentarias a que está sujeto el régimen de dichos bienes.5 de 2389

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOIII. MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS INSTITUCIONALESMisión: Proveer un servicio de transporte público masivo, seguro, confiable ytecnológicamente limpio, con una tarifa accesible, que satisfaga la expectativa decalidad, accesibilidad, frecuencia y cobertura de los usuarios y se desempeñe contransparencia, equidad y eficiencia logrando niveles competitivos mundialmenteVisión: Lograr un servicio de transporte de excelencia, que coadyuve al logro de losobjetivos de transporte sustentable en la Zona Metropolitana del Valle de México,con un alto grado de avance tecnológico nacional, con cultura, vocación industrial yde servicios a favor del interés general y el mejoramiento de la calidad de vida delos ciudadanosObjetivos:1- Proporcionar durante los 365 días del año un servicio publico de transporte colectivo depasajeros, seguro y eficiente, mediante la construcción, mantenimiento, operación yexplotación de un tren con recorrido subterráneo, superficial y elevado, a fin de contribuir asatisfacer las necesidades que en materia de transporte tienen los habitantes de la Ciudadde México y de sus zonas conurbadas.6 de 2389

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOIV. ESTRUCTURA BÁSICADirección General del Sistema de Transporte ColectivoContraloría InternaSubdirección General de OperaciónSubdirección General de Administración y FinanzasSubdirección General de Mantenimiento7 de 2389

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOV. ORGANIZACIÓN, PROCESOS Y PROCEDIMIENTOSPROCESOS INSTITUCIONALESSustantivos1- Mantenimiento a la Infraestructura2- Operación de la Red de ServicioDe apoyo3- Administración de Recursos4- Fortalecimiento de la Igualdad de Género5- Transparencia y Acceso a la Información Pública6- Seguridad Integral7- Gestión Jurídica8- Comunicación Social9- Atención Ciudadana10- Desarrollo OrganizacionalEstratégicos11- Estrategias de Transporte Público Masivo de Pasajeros8 de 2389

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOOficina de la Dirección General del Sistema de TransporteColectivoDescripción de puestosPuesto:Dirección General del Sistema de Transporte ColectivoAtribuciones específicas:Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte ColectivoArtículo 21La Dirección General tendrá a su cargo la conducción, organización, control y evaluacióndel Organismo, conforme al presente Estatuto y a las demás disposiciones aplicables, afin de que todas las actividades se realicen con eficiencia, eficacia y productividad,contando para ello con las siguientes facultades y obligaciones:I. Ejecutar los acuerdos y resoluciones del Consejo de Administración, así comoadministrar y representar legalmente al Organismo en todos los actos que requieran suintervención;II. Formular los programas institucionales, el Programa Operativo Anual y losPresupuestos de Ingresos y Egresos del Organismo y las modificaciones que se hagan alos mismos y presentarlos ante el Consejo de Administración dentro de los plazoscorrespondientes, así como todos aquellos asuntos que sean de la competencia delmismo;III. Formular los programas de organización, reorganización y/o modernización de laEntidad;IV. Establecer los procedimientos y métodos de trabajo para que las funciones se realicende manera articulada, congruente y eficaz;V. Establecer los sistemas de control necesarios para alcanzar las metas y objetivospropuestos;VI. Establecer sistemas eficientes para la administración del personal, de los recursosfinancieros y de los bienes y servicios que aseguren la prestación de los servicios de laEntidad;9 de 2389

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOVII. Establecer y mantener un sistema de estadísticas que permita determinar losindicadores de gestión de la Entidad;VIII. Presentar periódicamente al Consejo de Administración el informe del desempeño delas actividades de la Entidad;IX. Suscribir, en su caso, las Condiciones Generales de Trabajo del Sistema deTransporte Colectivo y los nombramientos de las personas servidoras públicassubalternas;X. Asistir a las sesiones del Consejo con voz informativa y deberá ser citado para ellas;XI. Proponer al Consejo de Administración las políticas y estrategias para la operación ydesarrollo del Organismo;XII. Someter a la consideración del Consejo de Administración los proyectos de reformasal Estatuto Orgánico y a los reglamentos inherentes a la administración y operación delOrganismo, así como los relativos a la elaboración o actualización de su ManualAdministrativo;XIII. Expedir los manuales administrativo y de servicios al público, a efecto de que lasfunciones asignadas a las distintas áreas del Organismo, se realicen de maneracongruente y eficaz;XIV. Proponer al Consejo de Administración el nombramiento o remoción de las y lostitulares de las Subdirecciones Generales y Direcciones de Área del Organismo;XV. Definir e implantar las medidas necesarias para el mejoramiento técnicoadministrativo y del servicio del Sistema;XVI. Ejercer las facultades que mediante acuerdos y disposiciones generales le delegueel Consejo de Administración, para la mejor conducción del Organismo;XVII. Establecer las directrices para la integración y funcionamiento de los órganoscolegiados legalmente constituidos en el Organismo, presidir aquellos que le señale lanormatividad vigente, o bien designar expresamente a una persona representante, asícomo dictar las medidas tendientes a su óptima operación; yXVIII. Las que se señalen en otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demásdisposiciones administrativas aplicables.Artículo 20La representación legal de la Entidad estará depositada en la o el titular de la DirecciónGeneral, quien sin perjuicio de las facultades que le otorguen otras leyes, ordenamientoso estatutos, en los términos del artículo 54 de la Ley, estará facultado expresamente10 de 2389

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOpara:I. Celebrar y otorgar toda clase de actos y documentos inherentes a su objeto;II. Ejercer las más amplias facultades de dominio, administración, pleitos y cobranzas,aún de aquellas que requieran de autorización especial, según otras disposicioneslegales o reglamentarias con apego a la Ley y al presente Estatuto Orgánico;III. Emitir, avalar y negociar títulos de crédito;IV. Formular querellas y otorgar perdón;V. Ejercitar y desistirse de acciones judiciales inclusive del juicio de amparo;VI. Comprometer asuntos en arbitraje y celebrar transacciones;VII. Otorgar poderes generales y especiales con las facultades que le competan, entreellas las que requieran autorización o cláusula especial. Para el otorgamiento y validez deestos poderes, bastará la comunicación oficial que la o el titular de la Dirección Generalexpida al mandatario;VIII. Sustituir y revocar poderes generales o especiales; yIX. Colaborar y proporcionar toda la información que se requiera en términos de lalegislación aplicable para la debida integración, operación y seguimiento del SistemaAnticorrupción de la Ciudad de México, y las demás que se requieran en términos de lalegislación de la materia para el combate a la corrupción.La o el titular de la Dirección General ejercerá las facultades a que se refieren lasfracciones II, III, VI, y VII, bajo su responsabilidad y dentro de las limitaciones que señaleeste Estatuto Orgánico.Funciones:Función principal 1:No AplicaPuesto:Líder Coordinador de Proyectos de Informes EjecutivosFunciones:Función principal 1:11 de 2389

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOElaborar informes para la toma de decisiones con base en la documentación recopilada,que permita conocer el avance de los asuntos encomendadosFunción básica 1.1:Elaborar tarjetas informativas sobre asuntos que se le asignenFunción básica 1.2:Informar periódicamente sobre los proyectos que le sean encomendadosFunción básica 1.3:Recopilar la documentación para la elaboración de los informes presentados al H. Consejode AdministraciónFunción básica 1.4:Difundir al interior del Organismo los documentos e información autorizada por la DirecciónGeneralPuesto:Líder Coordinador de Proyectos de Seguimiento InstitucionalFunciones:Función principal 1:Diseñar e implementar herramientas de gestión que permitan llevar a cabo la medición,seguimiento y monitoreo de la gestión institucionalFunción básica 1.1:Revisar y dar seguimiento a los acuerdos emitidos por el H. Consejo de Administraciónpara su debido cumplimientoFunción básica 1.2:Informar sobre los resultados de las evaluaciones y seguimiento a los acuerdos emitidospor el H. Consejo de Administración y demás asuntos que le sean encomendadosPuesto:Coordinación de la Unidad de Igualdad SustantivaAtribuciones específicas:Lineamientos para la implementación de Unidades de Igualdad Sustantiva y suvigilancia en la Administración Pública de la Ciudad de MéxicoLineamiento TerceroLas Unidades de Igualdad Sustantiva tendrán entre otras, las siguientes atribuciones:12 de 2389

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO1. Cumplir y dar seguimiento al Programa Especial de Igualdad de Oportunidades y NoDiscriminación hacia Mujeres de la Ciudad de México;2. Orientar y asesorar en el proceso de incorporación transversal de la perspectiva degénero en los entes públicos de la Ciudad de México;3. Elaborar e Implementar la estrategia con perspectiva de género para la mejora delclima y cultura organizacional en pro de la igualdad y la no violencia al interior de losentes públicos de la Cuidad de México; y4. Participar de la evaluación y presentar informes en materia de igualdad de género y nodiscriminación que solicite el Instituto de las Mujeres del Distrito Federal.Criterios para la evaluación de las competencias profesionales y ocupación de lospuestos que integran las Unidades de Igualdad Sustantiva en los Órganos de laAdministración Pública de la Ciudad de MéxicoCriterio SextoLas Unidades tendrán las siguientes atribuciones:I. Dirigir, dar seguimiento y establecer acciones intra e interinstitucionales encaminadas alcumplimiento de las obligaciones jurídicas, las políticas y los programas aplicables alÓrgano de la Administración Pública y su sector en materia de igualdad sustantiva entremujeres y hombres.II. Elaborar e implementar las estrategias y acciones para la institucionalización demanera transversal de la perspectiva de igualdad de género, en la organización yfuncionamiento de cada Órgano de la Administración Pública y su sector, así como entodo el ciclo y las fases de la gestión pública (planeación, programación,presupuestación, implementación, seguimiento, evaluación y rendición de cuentas).III. Asesorar, dirigir y coordinar el proceso de transversalidad de la perspectiva deigualdad de género en el sistema de gestión pública del Órgano de la AdministraciónPública y sector que le corresponda.IV. Diseñar, implementar y, en su caso, coordinar las estrategias y acciones necesariaspara el diagnóstico, capacitación y fortalecimiento institucional en materia de derechoshumanos, no discriminación, igualdad sustantiva y cultura organizacional, apegándose,en su caso, a los programas existentes en las materias y en coordinación con losÓrganos de la Administración Pública y demás unidades administrativas competentes.V. Coordinarse con el Instituto de la Mujeres del Distrito Federal para el diseño yseguimiento de las políticas y acciones para la igualdad sustantiva correspondientes a lasfunciones y competencias del Órgano de la Administración Pública correspondiente parael cumplimiento del Programa Especial de Igualdad de Oportunidades y noDiscriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de México.VI. Proveer al Instituto de las Mujeres del Distrito Federal de la información necesariapara el seguimiento de la política de igualdad.VII. Participar con otras unidades y con la unidades administrativas competentes paradiseñar y ejecutar las acciones conjuntas que se requieran en el ejercicio de susfunciones.VIII. Colaborar y promover los procesos de armonización normativa y administrativa;proponer la celebración de convenios de colaboración y otros instrumentos jurídicos con13 de 2389

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOlos sectores público, social y privado; y, opinar sobre modificaciones normativas,administrativas, así como sobre la celebración de convenios de colaboración y otrosinstrumentos jurídicos que impacten o involucren la materia de su competencia.IX. Participar en la elaboración y definición del Programa Operativo Anual y delAnteproyecto de Presupuesto de Egresos de los Órganos de la Administración Pública, afin de incorporar la perspectiva de igualdad de género.X. Elaborar y aplicar herramientas metodológicas y procedimientos para el seguimiento yevaluación de las acciones institucionales realizadas en la materia de su competencia ,con la participación de las unidades administrativas del Órgano de la AdministraciónPública y, en su caso, del sector al que pertenezcan.XI. Las demás que en el ámbito de su competencia le confieren otras disposicionesaplicables.Funciones:Función principal 1:Transversalizar la igualdad sustantiva en el Órgano de la Administración Pública o cabezade sector correspondienteFunción básica 1.1:Realizar y validar los análisis estratégicos, de política pública, organizacional y de génerocorrespondientes a la normatividad aplicable, obligaciones, responsabilidades, avance ycumplimiento de la política de igualdad sustantiva en el sistema de gestión pública delórgano de la administración públicaFunción básica 1.2:Realizar diagnósticos de la situación que guarda el órgano de la administración pública enmateria de igualdad sustantiva entre mujeres y hombresFunción básica 1.3:Realizar el mapeo actores y roles y diseñar estrategias de vinculación en materia deigualdad sustantivaFunción básica 1.4:Elaborar un plan de trabajo o instrumentos de planeación que permitan dirigir y coordinarlas estrategias y acciones de la UnidadFunción básica 1.5:Definir y dirigir las estrategias para la implementación e institucionalización de maneratransversal de la política de igualdad, en función de las fortalezas y áreas de oportunidaddel órgano de la administración públicaFunción básica 1.6:Requerir información de las unidades administrativas que integran el órgano de laadministración públicaFunción básica 1.7:14 de 2389

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOAplicar y dirigir las estrategias de implementación de los criterios de transversalidad de laigualdad sustantiva en el órgano de la administración públicaFunción básica 1.8:Integrar y validar la información recabada del marco programático-financiero del órganode la administración pública para su alineación a la política de igualdad sustantiva entremujeres y hombresFunción básica 1.9:En el caso de las dependencias, incorporar en el desarrollo de sus funciones, estrategias,planeación de actividades, procesos y documentos, la información y análisiscorrespondientes a los órganos adscritos o sectorizados del sector que encabezaFunción principal 2:Coordinar el proceso de transversalidad de la igualdad sustantiva en el sistema de gestiónpública del órgano de la administración pública o cabeza de sector correspondienteFunción básica 2.1:Comunicar las obligaciones, responsabilidades y necesidades del órgano de laadministración pública en materia de igualdad sustantiva y coordinar las acciones para sucumplimientoFunción básica 2.2:Diseñar e implementar acciones específicas enmarcadas en un plan de trabajocorrespondiente para el cumplimiento de la política de igualdad sustantivaFunción básica 2.3:Participar en los procesos y procedimientos internos estratégicos, sustantivos y de apoyopara institucionalizar transversalmente la perspectiva de géneroFunción básica 2.4:Dirigir las acciones de vinculación intra e interinstitucional en materia de igualdadsustantivaFunción básica 2.5:Asesorar a las áreas involucradas en el proceso de implementación de la política deigualdad sustantiva de manera transversalFunción básica 2.6:Informar y asesorar a las áreas involucradas sobre las recomendaciones emitidas al órganode la administración pública por otras instancias competentes en materia de igualdadsustantiva, derechos humanos y no discriminaciónFunción básica 2.7:Dar seguimiento y requerir información sobre la implementación, avance y cumplimiento dela política de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres del órgano de la administraciónpública15 de 2389

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOFunción básica 2.8:Rendir cuentas y emitir los documentos e informes correspondientes al grado de avance ycumplimiento de la política de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el órgano dela administraciónFunción básica 2.9:Coordinarse con el Instituto de las Mujeres del Distrito Federal y con las otras Unidades deIgualdad Sustantiva del sector para el diseño, implementación, seguimiento y evaluación delas acciones y funciones que realicen en el ámbito de sus competenciasFunción básica 2.10:Canalizar a las unidades administrativas internas o externas que sean competentes, lassolicitudes de atención directa a la población que en su caso llegue a recibir, en función delos criterios que apliquen a cada caso, y contribuir en el ámbito de su competencia en elseguimiento de los mismosPuesto:Líder Coordinador de Proyectos de Cultura Institucional y OrganizacionalFunciones:Función principal 1:Dirigir los análisis y proyectos en materia de cultura institucional y organizacional en elÓrgano de la Administración Pública o cabeza de sector correspondienteFunción básica 1.1:Realizar y proponer análisis estratégicos, de política pública, organizacional y de génerocorrespondientes a la normatividad aplicable, obligaciones, responsabilidades, avance ycumplimiento en materia de cultura institucional y organizacional con perspectiva de géneroen el sistema de gestión pública del órgano de la administración públicaFunción básica 1.2:Recabar información y aportar elementos para el mapeo de actores involucrados y roles ypara la elaboración de diagnósticos de la situación que guarda el órgano de laadministración pública en materia de cultura institucional y organizacional con perspectivade géneroFunción básica 1.3:Identificar las fortalezas y áreas de oportunidad en materia de cultura institucional yorganizacional con perspectiva de género en el órgano de la administración pública, ydiseñar y proponer estrategias para su institucionalizaciónFunción básica 1.4:Participar en la elaboración de un plan de trabajo o instrumentos de planeación quepermitan dirigir y coordinar las estrategias y acciones de la Unidad16 de 2389

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOFunción básica 1.5:Participar en la revisión del marco programático y financiero del órgano de laadministración pública y proponer estrategias de alineación a la política de igualdadsustantiva entre mujeres y hombres que incluya la cultura institucional y organizacional conperspectiva de géneroFunción básica 1.6:Elaborar y/o proponer proyectos de armonización normativa y administrativa en materia decultura institucional y organizacional con perspectiva de géneroFunción básica 1.7:Impulsar mecanismos de coordinación y presupuestación en materia de cultura institucionaly organizacional con perspectiva de géneroFunción básica 1.8:Diseñar y proponer criterios, mecanismos y estrategias para mejorar la cultura institucionaly organizacional en alineación con la política de igualdad sustantiva, y para la prevención yatención de los casos de acoso y hostigamiento sexual y laboralFunción básica 1.9:En el caso de las dependencias, proponer elementos de análisis y estrategias en materiade cultura institucional y organizacional con perspectiva de género que sirvan a lasfunciones y procesos de otros órganos adscritos o sectorizados del sector que encabezaFunción principal 2:Elaborar y coordinar las estrategias y acciones para institucionalizar la igualdad sustantivaen la cultura institucional y organizacional del Órgano de la Administración Pública ocabeza de sector correspondienteFunción básica 2.1:Diseñar y ejecutar, previa aprobación del puesto titular de la Unidad, las estrategias yacciones referentes a la cultura institucional y organizacional y al cumplimiento de lasobligaciones y responsabilidades del órgano, en coordinación con las áreas involucradasFunción básica 2.2:Identificar y dar seguimiento a los procesos y procedimientos internos estratégicos,sustantivos y de apoyo relacionados con la cultura institucional y organizacional en los quesea posible participar para dar cumplimiento a la política de igualdad sustantivaFunción básica 2.3:Asesorar a las áreas involucradas en materia de cultura institucional y organizacional y enel seguimiento y cumplimiento de las recomendaciones emitidas al órgano de laadministración pública por otras instancias en materia de igualdad sustantiva, derechoshumanos y no discriminaciónFunción básica 2.4:Dar seguimiento a la implementación, avance y cumplimiento de la política de igualdad17 de 2389

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOsustantiva entre mujeres y hombres del órgano de la administración públicaFunción básica 2.5:Elaborar y proponer los documentos e informes correspondientes al grado de avance ycumplimiento de la política de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el órgano dela administraciónFunción básica 2.6:Colaborar de manera coordinada con las Unidades de Igualdad Sustantiva del sector quecorresponda para el diseño, seguimiento y evaluación de la implementación de la igualdadde género de manera transversal, especialmente en materia de cultura institucional yorganizacionalPuesto:Líder Coordinador de Proyectos de TransversalidadFunciones:Función principal 1:Dirigir los análisis y proyectos relacionados con las estrategias para transversalizar laigualdad sustantiva en el Órgano de la Administración Pública o cabeza de sectorcorrespondienteFunción básica 1.1:Realizar y proponer análisis estratégicos, de política pública, organizacional y de génerocorrespondientes a la normatividad aplicable, obligaciones, responsabilidades, avance ycumplimiento en materia de transversalidad de la igualdad sustantiva en el sistema degestión pública del órgano de la administración públicaFunción básica 1.2:Recabar información y aportar elementos para el mapeo de actores involucrados y roles ypara la elaboración de diagnósticos de la situación que guarda el órgano de laadministración pública en materia de transversalidad de la igualdad sustantiva entremujeres y hombresFunción básica 1.3:Identificar las fortalezas y áreas de oportunidad en materia de transversalidad de laigualdad sustantiva en el órgano de la administración pública, y diseñar y proponerestrategias para su institucionalizaciónFunción básica 1.4:Participar en la elaboración de un plan de trabajo o instrumentos de planeación quepermitan dirigir y coordinar las estrategias y acciones de la UnidadFunción básica 1.5:18 de 2389

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVORecabar e integrar la información del marco programático-financiero del órgano de laadministración pública y proponer estrategias de alineación a la política de igualdadsustantiva entre mujeres y hombresFunción básica 1.6:Elaborar y proponer proyectos de armonización normativa y administrativa, mecanismos decoordinación y presupuestos con perspectiva de género que permitan impulsar de maneratransversal la igualdad de géneroFunción básica 1.7:En el caso de las dependencias, incorporar en el desarrollo de sus funciones y procesos lainformación y análisis correspondientes a los órganos adscritos o sectorizados del sectorque encabezaFunción principal 2:Elaborar y coordinar las estrategias de transversalidad de la igualdad sustantiva aimplementar en el Órgano de la Administración Pública o cabeza de sector correspondienteFunción básica 2.1:Diseñar y ejecutar, previa aprobación del puesto titular de la Unidad, las estrategias yacciones encaminadas a la transversalidad de la igualdad sustantiva y al cumplimiento delas obligaciones y responsabilidades del órgano, en coordinación con las áreasinvolucradasFunción básica 2.2:Ejecutar las acciones y estrategias de monitoreo de los procesos de transversalidad de laigualdad sustantiva al interior del órgano de la administración públicaFunción básica 2.3:Identificar y dar seguimiento a los procesos y procedimientos internos estratégicos,sustantivos y de apoyo en los que sea posible participar para institucionalizartransversalmente la perspectiva de géneroFunción básica 2.4:Realizar las actividades de vinculación intra e interinstitucional en materia de igualdadsustantivaFunción básica 2.5:Asesorar a las áreas involucradas en el proceso de implementación de la política deigualdad sustantiva de manera transversal y en el seguimiento y cumplimiento de lasrecomendaciones emitidas al órgano de la administración pública por otras instancias enmateria de igualdad sustantiva, derechos humanos y no discriminaciónFunción básica 2.6:Dar seguimiento a la implementación, avance y cumplimiento de la política de igualdadsustantiva entre mujeres y hombres del órgano de la administración públicaFunción básica 2.7:19 de 2389

MANUAL ADMINISTRATIVOSISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVOElaborar y proponer l

El patrimonio del "Sistema de Transporte Colectivo" se constituirá con los inmuebles, numerario, muebles y demás bienes que le destine y entregue el Departamento del Distrito Federal, así como los que el propio Organismo adquiera en el futuro. 4 de 2389. MANUAL ADMINISTRATIVO