Reglamento I T - Centros De Integración Juvenil, A. C.

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ReglamentoInterior deTrabajo

Reglamento Interior de isposiciones GeneralesSujetos del ReglamentoDel ingreso de los trabajadoresAsistencia y puntualidadPermisos e inasistenciasDe las obligaciones de la LeyDías y lugares de pagoTrabajos eventuales por tiempo fijo o para obra determinadaDerechos y obligaciones de los trabajadoresNo competencia, exclusividad y confidencialidadFidelidad y honestidadNormas de fomento y mantenimiento de la armoníaentre la Institución y trabajadorProhibiciones para los trabajadoresHigiene y seguridad en el trabajoDe la capacitación y adiestramiento de los trabajadoresMedidas de seguridad que deben aplicarse en casode siniestroMedidas disciplinariasSancionesFaltas disciplinariasRescisión de las relaciones de trabajoTerminación de las relaciones de Disposiciones Complementarias37Disposición Final38Glosario40

REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO PARA EL DESARROLLO DE LASLABORES EN CENTROS DE INTEGRACIÓN JUVENIL, A. C., A QUIEN EN LOSUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA INSTITUCIÓN”, REPRESENTADA PORLA LIC. CARMEN FERNÁNDEZ CÁCERES, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORAGENERAL, ELABORADO DE COMÚN ACUERDO ENTRE LOS REPRESENTANTESDE LA INSTITUCIÓN Y EL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEHOSPITALES, CONSULTORIOS Y EMPRESAS DE SERVICIOS, A QUIEN EN LOSUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL SINDICATO” REPRESENTADO POR LASRA. MARÍA DEL CARMEN ISABEL ESPINAL SOUZA, EN SU CARÁCTER DESECRETARIA GENERAL.C A P Í T U LO IDISPOSICIONES GENERALESArtículo 1.- Este Reglamento se formula en cumplimiento de lo dispuesto porlos artículos 422 al 425 de la Ley Federal del Trabajo.Artículo 2.- La Institución tiene la facultad de la organización y la dirección técnica y administrativa de sus trabajadores. En consecuencia, ésta podrá establecer los sistemas de trabajo que considere más eficaces para el desempeño desus actividades y logro de sus fines.Artículo 3.- El presente Reglamento podrá modificarse o adicionarse, cuandoasí lo exija el desarrollo Institucional, en los términos de las disposiciones legales vigentes que le sean aplicables, en cualquier tiempo, previo acuerdo por escrito entre la Institución y el Sindicato. Todas las modificaciones y/o adiciones alReglamento Interior de Trabajo se harán del conocimiento de los trabajadores.Artículo 4.- Es obligación de la Institución, el Sindicato y de los trabajadores vigilar el estricto cumplimiento de las disposiciones de este Reglamento.4Para vivir sin adicciones

Reglamento Interior de TrabajoArtículo 5.- En el caso de los trabajadores sindicalizados, el Sindicato y laInstitución intervendrán en todos sus preceptos; en cuanto a los trabajadoresde confianza, intervendrá sólo la Institución.Artículo 6.- La aplicación del presente Reglamento será para todos los trabajadores de la Institución. Exceptuando las prestaciones contenidas en el presenteReglamento Interior de Trabajo para el personal de mandos medios, superioresy personal de mando de la rama médica de confianza.C A P Í T U L O IISUJETOS DEL REGLAMENTOArtículo 7.- Los trabajadores, por el sólo hecho de ingresar al servicio dela Institución, están obligados a conocer y cumplir estrictamente en todas suspartes el presente Reglamento, y en ningún caso podrán alegar ignorancia desus preceptos ni desconocimiento del mismo.Artículo 8.- A todo integrante que preste sus servicios en cualquiera de las áreas dela Institución, le será aplicable el presente Reglamento. Para tal efecto, la Instituciónproporcionará un ejemplar del mismo a cada trabajador y se colocará en la recepción de cada inmueble institucional una copia del Reglamento para su consulta.Artículo 9.- Los trabajadores, ya sean por tiempo fijo u obra determinada, deberán sujetarse a todas y cada una de las disposiciones del presente Reglamento.C A P Í T U L O IIIDEL INGRESO DE LOS TRABAJADORESArtículo 10.- La selección de los trabajadores de confianza se realizará de acuerdo con los perfiles de los puestos vigentes y demás requisitos establecidos porla Institución.Para vivir sin adicciones5

La selección de los trabajadores sindicalizados, se llevará a cabo tomando encuenta los perfiles de puesto vigentes, y participación del sindicato, conforme alos procedimientos de contratación.Artículo 11.- Para laborar en la Institución, las personas seleccionadas deberánfirmar previamente a su ingreso su contrato individual de trabajo y todos losdocumentos que se requieran para la contratación siendo su responsabilidad laveracidad de la información que proporcionen, bajo protesta de decir verdad,y que se contenga en los documentos que les solicite la Institución. En caso deque la información proporcionada por el trabajador no sea veraz, la Instituciónse reserva el derecho de rescindir el Contrato Individual de Trabajo.Artículo 12.- Todo trabajador que ingrese a la Institución como personal debase, recibirá un curso de inducción sobre los objetivos, organización, misión,visión, valores y el funcionamiento general de la misma.Artículo 13.- Todo trabajador de base, eventuales y suplentes (contratados por un periodo mayor a tres meses o en su caso contratos continuos detreinta días) recibirán una credencial, proporcionada gratuitamente por laInstitución, que deberán portar en lugar visible durante toda su jornada detrabajo, siendo su responsabilidad el cuidado de ésta. Si el trabajador extravíasu credencial, debe reportarlo para su reposición a su superior inmediato yal Departamento de Empleo y Política Salarial; el costo de la reposición serácubierto por el trabajador.Artículo 14.- La Institución integrará para los trabajadores, un expediente contoda la información relativa al historial laboral de cada uno; asimismo, será responsabilidad del trabajador mantenerlo actualizado.Artículo 15.- En el supuesto de que ingrese a trabajar a la Institución, un familiar del trabajador de base de hasta el cuarto grado de parentesco; éste, nopodrá contratarse en la misma área de adscripción, ni podrá estar en la mismalínea de autoridad inmediata superior. Para ello el trabajador de base deberáobservar un buen desempeño y no haber presentado problemas laborales enla Institución.6Para vivir sin adicciones

Reglamento Interior de TrabajoC A P Í T U L O IVASISTENCIA Y PUNTUALIDADArtículo 16.- Los trabajadores tienen la obligación de concurrir puntualmentea sus labores, de acuerdo al horario establecido.Artículo 17.- Todos los trabajadores tendrán la obligación de checar personalmente el inicio y término de su jornada diaria de trabajo, con la que fueroncontratados, con los instrumentos que proporcione la Institución, pudiendo ser:tarjetas de asistencia, sensor de huella o lista de asistencia, según sea el caso.Los trabajadores no podrán cambiar su horario de trabajo:a) Si no tienen la autorización por escrito de la Institución (Subdirección deRecursos Humanos).b) Si registran en el control de asistencia un horario diferente al autorizadopor la Institución (Subdirección de Recursos Humanos), automáticamentese considerará como inasistencia y se descontará el día, vía nómina.Artículo 18.- El trabajador que no marque o registre su ingreso o salida de lajornada ordinaria de trabajo en la Institución, será considerado inasistente, y sele descontará el día, vía nómina.Artículo 19.- Para los trabajadores de Zona Metropolitana y Foránea que noencuentren su lista y/o tarjeta de asistencia; o bien, no puedan registrar su asistencia en el sensor de huella, tendrán la obligación de dar aviso inmediato a sujefatura inmediata superior.Cuando al trabajador de Oficinas Centrales se le dificulte registrar su asistencia,éste deberá considerar lo siguiente:Para vivir sin adicciones7

a) Informar a su Jefe inmediato del problema presentado.b) Comunicarse de forma inmediata al Departamento de RelacionesLaborales, sobre la incidencia, a fin de solventar el problema.c) En caso de registrarse en lista de asistencia, será obligación de los trabajadores notificarlo de forma inmediata al Departamento de RelacionesLaborales, corroborando que la misma sea entregada al área en mención.Artículo 20.- Al iniciarse las labores del día, el trabajador tiene la obligación depresentarse inmediatamente en su lugar respectivo de trabajo y listo para laborarcon los útiles, instrumentos y materiales necesarios.Artículo 21.- La jornada de trabajo será la máxima legal establecida por la LeyFederal del Trabajo. Laborando con un horario comprendido en las siguientestablas:HORARIOS DE OFICINAS CENTRALESPERSONAL DE CONFIANZA09:00 A 18:00 LUNES A VIERNES12:00 A 21:00 LUNES A VIERNESPERSONAL SINDICALIZADO07:00 A 15:00 LUNES A VIERNES08:00 A 16:00 LUNES A VIERNES10:00 A 18:00 LUNES A VIERNES12:00 A 20:00 LUNES A VIERNES15:00 A 22:30 LUNES A VIERNES8Para vivir sin adicciones

Reglamento Interior de TrabajoHORARIOS DE LOS CIJ Y UTPPCH ZONA FORÁNEAPERSONAL DE CONFIANZA09:00 A 18:00 LUNES A VIERNESPERSONAL SINDICALIZADO06:00 A 14:00 LUNES A VIERNES07:00 A 15:00 LUNES A VIERNES08:00 A 16:00 LUNES A VIERNES10:00 A 18:00 LUNES A VIERNES11:00 A 19:00 LUNES A VIERNES12:00 A 20:00 LUNES A VIERNESHORARIOS DE LOS CIJ ZONA METROPOLITANAPERSONAL DE CONFIANZA09:00 A 18:00 LUNES A VIERNESPERSONAL SINDICALIZADO07:00 A 15:00 LUNES A VIERNES08:00 A 16:00 LUNES A VIERNES10:00 A 18:00 LUNES A VIERNES11:00 A 19:00 LUNES A VIERNES12:00 A 20:00 LUNES A VIERNESPara vivir sin adicciones9

HORARIOS DE LAS UNIDADES DE HOSPITALIZACIÓNPERSONAL DE CONFIANZA09:00 A 18:00 LUNES A VIERNESPERSONAL SINDICALIZADO07:00 A 15:00 LUNES A VIERNES08:00 A 16:00 LUNES A VIERNES08:00 A 20:00 SABADO, 08:00 A 08:00 DOMINGO Y DÍAS FESTIVOS09:00 A 17:00 LUNES A VIERNES12:00 A 20:00 LUNES A VIERNES13:00 A 21:00 LUNES A VIERNES15:00 A 22:30 LUNES A VIERNES20:00 A 08:00 LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES20:00 A 08:00 MARTES, JUEVES Y SÁBADOLos horarios señalados en las tablas anteriores, no serán limitativos considerando las necesidades de la operación en las unidades.El trabajador de confianza contará con una hora diaria para tomar sus alimentos, de acuerdo al horario que establezca para tal fin la Institución, éste seráde lunes a viernes, mientras que los trabajadores sindicalizados tendrán mediahora de descanso pudiendo disfrutarla al inicio o término de la jornada, segúnlo acuerde el trabajador con el titular de su área de adscripción.El horario de labores, podrá ser cambiado según las necesidades institucionalesy únicamente mediante autorización de la Subdirección de Recursos Humanos,tratándose de los trabajadores sindicalizados, se realizará previo acuerdo con elSindicato.10Para vivir sin adicciones

Reglamento Interior de TrabajoCAPÍTULOVPERMISOS E INASISTENCIASArtículo 22.- Los trabajadores laborarán de acuerdo con el horario y/o la jornada con la que fueron contratados.Los trabajadores que ocupen el puesto de psiquiatría, podrán laborar una jornada de seis horas diarias. Esta modificación afecta proporcionalmente algunas delas prestaciones a las que los trabajadores tienen derecho.El horario de entrada y salida deberá respetarse enteramente de conformidadcon las siguientes reglas:a) El trabajador tendrá una tolerancia máxima de 10 minutos diarios al inicio de su jornada.b) Si el trabajador llega después de su tolerancia, se considerará como inasistencia, efectuándose el descuento respectivo por el día o los días correspondientes.c) Si el trabajador se presenta a laborar después de los 10 minutos de haber iniciado su jornada de trabajo, quedará a juicio de su superior inmediato el aceptarlo, en caso contrario se efectuará el descuento correspondiente.Artículo 23.- La Institución se obliga a autorizar la omisión de entrada general a los trabajadores de oficinas centrales, que por causas fortuitas o de fuerzamayor no alcancen a registrar su inicio de labores. El trabajador que llegue tarde, dependiendo del edificio en que labora tiene hasta las 10:00 horas pararealizar de inmediato lo siguiente:Para vivir sin adicciones11

EDIFICIOSACCIÓN A TOMAR Aguascalientes y TlaxcalaPresentarse en el Departamento de RelacionesLaborales y anotarse en la lista de los trabajadores con retardo. Xola y ZempoalaRegistrar en una hoja sus datos (Número detrabajador, nombre completo, centro de costo,adscripción, hora en que llegó a la Institucióny firma), remitirla vía fax o correo electrónico alDepartamento de Relaciones Laborales y confirmar su recepción.La acreditación de la omisión de entrada general surtirá efecto al reunirse 15trabajadores como mínimo; en caso contrario, se efectuará el descuento correspondiente vía nómina.Artículo 24.- Durante los seis meses siguientes al alumbramiento, las trabajadoras gozarán dentro de su jornada diaria, de una hora de descanso para alimentara sus hijos, disfrutando ésta al inicio o término de dicha jornada.Artículo 25.- Cuando los trabajadores se vean imposibilitados por cualquier causa para concurrir a sus labores, deberán dar aviso a su Jefe inmediato del motivoque le impida asistir; en el entendido de que si se trata de enfermedad o accidente, deberá entregar a la Institución, dentro de las veinticuatro horas siguientes, elcertificado de incapacidad que le otorgue el Instituto Mexicano del Seguro Social,ya que éste es el único documento oficial que justifica las inasistencias de los trabajadores.Si los trabajadores, no notifican o entregan la incapacidad a la jefatura inmediata superior, será acreedor a una llamada de atención por escrito.12Para vivir sin adicciones

Reglamento Interior de TrabajoC A P Í T U L O VIDE LAS OBLIGACIONES A LA LEYArtículo 26.- En caso de enfermedad, se sujetará a las disposiciones de la Leydel Seguro Social y su Reglamento.Los únicos documentos que justifican una enfermedad son las incapacidadesotorgadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social, las cuales deberán serremitidas de la siguiente manera:a) Para los trabajadores de las Zonas Metropolitana y Foránea, el certificadode incapacidad deberá enviarse en forma inmediata vía correo electrónico o por fax al Departamento de Nóminas e Impuestos, posteriormente mediante oficio firmado por el Director o Encargados de la Direcciónde los CIJ’S, turnarán por valija el original.b) En el caso de los trabajadores de Oficinas Centrales, el certificado deberánturnarlo en forma inmediata al Departamento de Nóminas e Impuestos,mediante oficio firmado por el Jefe del área correspondiente.Artículo 27.- La Institución se compromete a pagar hasta dos veces al año elimporte de los tres primeros días de incapacidad general, cuando esta seapor uno, dos o tres días que no paga el Instituto Mexicano del Seguro Social.Asimismo, la Institución remunerará la diferencia entre lo que paga el InstitutoMexicano del Seguro Social, por concepto de incapacidad y el 100% del sueldo neto de los trabajadores con un límite máximo de 90 días continuos. Lasincapacidades por enfermedad general afectarán las prestaciones a las queel trabajador tiene derecho, en virtud de que se otorgan por días laborados,excluyendo las incapacidades por maternidad y por riesgo de trabajo.Si durante su jornada laboral, el trabajador asiste al Instituto Mexicano delSeguro Social pero no presenta la incapacidad correspondiente, no se justificará el día y se procederá a descontar el día o los días que falte.Para vivir sin adicciones13

Artículo 28.- Cuando los trabajadores por alguna causa grave tengan necesidad de ausentarse de la Institución durante su jornada de trabajo, deberán obtener el permiso correspondiente de su Jefe inmediato superior y registrar enlas tarjetas de asistencia o sensor de huella o lista de asistencia, la hora de saliday de regreso —en su caso— a sus labores.Artículo 29.- La Institución de común acuerdo con el Sindicato, se reserva elderecho de conceder o no los permisos que al efecto sean solicitados por lostrabajadores.CAPÍTULO VIIDÍAS Y LUGARES DE PAGOArtículo 30.- La Institución pagará los sueldos directamente a los trabajadoresen moneda de curso legal o mediante depósito en tarjeta de débito o cheque,los días 15 y 30 de cada mes, o los días inmediatos anteriores si estos no fueranhábiles, en el lugar de la prestación de servicios.Artículo 31.- Cuando los trabajadores no estuvieran de acuerdo con el pago quese le haga de sus salarios, deberán manifestarlo a la jefatura inmediata superioro al Departamento de Nóminas e Impuestos, para que éste haga las aclaracionespertinentes, corrija los errores y, en su caso, cubra las diferencias que existan.C A P Í T U L O VIIITRABAJOS EVENTUALES POR TIEMPO FIJOO PARA OBRA DETERMINADAArtículo 32.- El trabajador estará sujeto a la conclusión de la obra para la quefue contratado o, en su caso, al transcurso del tiempo fijado en sus respectivoscontratos transitorios; sin que adquieran los derechos de los trabajadores debase.14Para vivir sin adicciones

Reglamento Interior de TrabajoC A P Í T U L O IXDERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORESArtículo 33.- Los trabajadores de la Institución gozan, entre otros, de los siguientes derechos:a) Percibir una remuneración acorde con las funciones que desempeñe yen los plazos establecidos.b) Al descanso semanal con goce de salario íntegro, regulado en la LeyFederal del Trabajo.c) Disfrutar de licencias y permisos en los términos establecidos en elCapítulo V de este Reglamento.d) A la capacitación, actualización y el perfeccionamiento laboral.e) Contar con un seguro de vida y con el servicio médico asistencial queotorga el Instituto Mexicano del Seguro Social.f ) Los demás beneficios que de común acuerdo con el Sindicato o por disposiciones administrativas determine la Institución, así como aquellosque por Ley se establezcan.Artículo 34.- Los trabajadores de la Institución tienen, entre otras, las siguientesobligaciones:a) Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo que les sean aplicables;b) Observar las disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente dePara vivir sin adicciones15

trabajo, protección civil, así como las que indique la Institución para suseguridad y protección personal de los trabajadores;c) Desempeñar el servicio bajo la dirección de la jefatura inmediata superior, a cuya autoridad estarán subordinados en todo lo concerniente altrabajo;d) Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, y enla forma, tiempo y lugar convenidos;e) Dar aviso inmediato a la jefatura inmediata superior, salvo caso fortuitoo fuerza mayor, de las causas justificadas que le impidan concurrir a sutrabajo;f ) Restituir a la Institución los materiales no usados y conservar en buenestado los instrumentos y útiles que les haya dado para el trabajo, nosiendo responsables por el deterioro que origine el uso de estos objetos, ni del ocasionado por caso fortuito, fuerza mayor, o por mala calidad o defectuosa construcción;g) Observar buenas costumbres durante el servicio;h) Prestar auxilios en cualquier tiempo que se necesiten, cuando por siniestro o riesgo inminente peligren las personas o los intereses de laInstitución o de sus compañeros de trabajo;i) Integrar los organismos que establece la Ley Federal del Trabajo;j) Someterse a los reconocimientos médicos previstos en este ReglamentoInterior de Trabajo y demás normas vigentes en la Institución;k) Poner en conocimiento de la jefatura inmediata superior las enfermedades contagiosas que padezcan, tan pronto como tengan conocimientode las mismas;16Para vivir sin adicciones

Reglamento Interior de Trabajol) Comunicar a la jefatura inmediata superior las deficiencias que adviertan, a fin de evitar daños o perjuicios a los intereses y vidas de sus compañeros de trabajo o de la Institución;m) Guardar escrupulosamente los secretos técnicos que por razones deltrabajo conozcan, así como los asuntos administrativos reservados, cuyadivulgación pueda causar perjuicios a la Institución;n) Guardar un comportamiento acorde con las normas de cortesía y buentrato hacia sus superiores, compañeros de labores y público en general;o) Cumplir puntualmente con el horario de trabajo;p) Proporcionar en forma oportuna la documentación y/o información quese solicite para la integración de su expediente laboral, debiendo comunicar posteriormente cualquier variación que se produzca en la información proporcionada;q) Conservar en buen estado el equipo de oficina, útiles y demás bienes dela Institución;r) Los trabajadores deberán presentarse aseados y en forma presentable;de acuerdo a la política de imagen de la Institución.s) Utilizar los servicios de teléfono, fax, Internet y correo electrónico, paraasuntos exclusivos del quehacer institucional; yt) Dedicarse a cumplir con sus funciones, debiendo intervenir en todoaquello que compete al equipo interdisciplinario y administrativo; previa supervisión de la jefatura inmediata superior.Para vivir sin adicciones17

CAPÍTULOXNO COMPETENCIA, EXCLUSIVIDAD Y CONFIDENCIALIDADArtículo 35.- Los trabajadores se obligan, expresamente, a no realizar acto alguno que implique competencia desleal en contra de la Institución, en formadirecta o indirecta.Artículo 36.- Los trabajadores laborarán exclusivamente para el beneficio de laInstitución obligándose expresamente a no celebrar, directa o indirectamente,durante el tiempo que prevalezca su relación laboral, cualquier tipo de contratos con una tercera parte que realice actividades idénticas o similares a las delprincipal objeto social de la Institución que por virtud de la celebración dedichos contratos se afecten o puedan afectar los intereses o el posicionamientode la Institución.Artículo 37.- El trabajador guardará bajo estricta confidencialidad y se abstendrá de revelar a terceras personas, durante o después de terminada su relaciónde trabajo cualquier información confidencial propiedad de la Institución, incluyendo, en forma enunciativa más no limitativa, lo siguiente:a) Cualquier información propiedad de la Institución relacionada con derechos de propiedad autoral; yb) Cualesquier documentos, instrumentos, manuales, materiales, apuntes,datos, bitácoras, etcétera, que contengan o se relacionen con informaciónpropiedad de la Institución.18Para vivir sin adicciones

Reglamento Interior de TrabajoC A P Í T U L O XIFIDELIDAD Y HONESTIDADArtículo 38.- Los trabajadores se obligan expresamente a someterse periódicamente a los exámenes que determine la Institución para estudiar y valuar elnivel de fidelidad y honestidad, pudiendo para ello aplicar evaluaciones psicométricas por conducto de las personas o profesionales que sean contratados expresamente por la Institución.Artículo 39.- Cuando el examen aplicado a un trabajador arrojara resultadosnegativos que por su naturaleza atentaran en contra del patrimonio de laInstitución o la seguridad de sus demás compañeros, la Institución y el trabajador deberán observar las disposiciones que determinen la Institución y elSindicato.C A P Í T U L O XIINORMAS DE FOMENTO Y MANTENIMIENTO DE LA ARMONÍAENTRE LA INSTITUCIÓN Y LOS TRABAJADORESArtículo 40.- La Institución considera las relaciones de trabajo como una obra común de integración, concertación, responsabilidad, cooperación y participaciónde todos los trabajadores en la consecución de los objetivos de la Institución ysatisfacción de sus necesidades humanas.Artículo 41.- Los principios que sustentan las relaciones laborales en la Institución,son los siguientes:a) El respeto mutuo y la cordialidad que deben existir entre los trabajadores de todos los niveles ocupacionales, sin soslayar los principios deautoridad, orden y disciplina.Para vivir sin adicciones19

b) El reconocimiento de que los trabajadores constituyen para la Institución,lo más valioso de su organización y la base de su desarrollo y eficiencia.c) La voluntad de concertación, el espíritu de justicia, la equidad y celeridad con que deben resolverse las diferencias, problemas o conflictosque se pueden generar en el trabajo.d) El respeto irrestricto a la Legislación Laboral, Contrato Colectivo e Individualde Trabajo y Normas de carácter interno.C A P Í T U LO XIIIPROHIBICIONES PARA LOS TRABAJADORESArtículo 42.- Queda prohibido a los trabajadores, en los términos del artículo135 de la Ley Federal del Trabajo vigente, lo siguiente:a) Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad,la de sus compañeros de trabajo o la de terceras personas, así como la delos establecimientos o lugares en que el trabajo se desempeñe.b) Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso de la jefatura inmediata superior.c) Substraer de la Institución o establecimiento útiles de trabajo o materiaprima o elaborada.d) Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia dealgún narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción médica. Antes de iniciar su servicio, el trabajador deberá poner el hecho enconocimiento de la jefatura inmediata superior y presentarle la prescripción suscrita por el médico.20Para vivir sin adicciones

Reglamento Interior de Trabajoe) Portar armas de cualquier clase durante las horas de trabajo, se exceptúan de esta disposición las punzantes y punzocortantes que formenparte de las herramientas o útiles propios del trabajo.f ) Suspender las labores sin autorización de la jefatura inmediata superioro directivo facultado para ello.g) Hacer colectas, tandas, vender, promover cualquier actividad para terceros en el establecimiento o lugar de trabajo, salvo autorización especialy por escrito de la Institución.h) Usar los útiles y herramientas suministrados por la Institución, para objeto distinto del que están destinados.i) Hacer cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo, dentro delestablecimiento.Artículo 43.- Queda prohibido a los trabajadores alterar su tarjeta y/o lista deasistencia, e igualmente firmar y/o checar la tarjeta de otro trabajador. La infracción a lo estipulado por este precepto dará causa para la rescisión del ContratoIndividual de Trabajo tanto para el trabajador que solicita la acción como parael que la ejecuta, en los términos del artículo 47 fracción II de la Ley Federal delTrabajo.Artículo 44.- Queda prohibido expresamente a los trabajadores enmendar omutilar las credenciales Institucionales, tarjetas, listas o registro de asistencia;así como manipular el sensor de huella, ya que éstos son de control exclusivoy propiedad de la Institución. La infracción a lo estipulado por este artículo será sancionado con una suspensión sin goce de sueldo tratándose de laprimera vez y en caso de reincidencia será motivo de rescisión del ContratoIndividual de Trabajo.Artículo 45.- Queda prohibido a los trabajadores reparar o arreglar máquinas oaparatos, ya que únicamente las personas designadas por la Institución podránejecutar las reparaciones.Para vivir sin adicciones21

Artículo 46.- Queda prohibido a los trabajadores pasar de un edificio o unidadde trabajo a otra o abandonar aunque sea momentáneamente las labores durante la jornada de trabajo, sin permiso previo de la jefatura inmediata superior.Artículo 47.- Queda prohibido, durante las horas de trabajo, utilizar dispositivos móviles.Artículo 48.- Queda prohibido a los trabajadores, durante sus labores, maltratarde obra o de palabra a sus compañeros y, por el contrario, deberán observar ensus palabras y modales una conducta adecuada.Artículo 49.- Independientemente de la anterior prohibición, el hecho de quelos trabajadores respondan en forma incorrecta a la jefatura inmediata superiory/o compañeros se hará acreedor a la sanción correspondiente que se determina en el Capítulo XVIII de este Reglamento y de la Ley Federal del Trabajo.Artículo 50.- Queda prohibido a los trabajadores introducir o consumir bebidas embriagantes, drogas o enervantes en el lugar de trabajo o presentarse enestado de ebriedad o bajo el influjo de alguna de ellas, así como ejecutar actosde comercio de estas sustancias entre el personal dentro de las instalaciones dela Institución.Artículo 51.- Queda prohibido dormir, simular enfermedad, formar grupos deconversación y tertulia en el centro de trabajo y ejercer actividades particularesdentro de la Institución.Artículo 52.- Queda prohibido emplear cualquier forma de hostigamiento, acoso, amenaza y discriminación a los compañeros de trabajo, de lo contrario seobservará lo señalado en el Artículo 80 de este Reglamento.Artículo 53.- Queda prohibido a los trabajadores ingresar a la Institución aparatos para escuchar música, como grabadoras, audífonos, walkman, discman, iPod,entre otros, así como utilizar en el equipo de cómputo archivos, discos compactos de música o por Internet.22Para vivir sin adicciones

Reglamento Interior de TrabajoArtículo 54.- Queda prohibido a los trabajadores el uso o manipulación decualquier equipo institucional o particular, que distraiga, interfiera u obstaculiceel desempeño de las funciones contratadas o asignadas.Artículo 55.- Queda prohibido a los trabajadores instalar y/o guardar en lascomputadoras programas sin licencia, cuya finalidad sea distinta a las responsabilidades laborales, tales como juegos, música, entretenimiento, trabajos personales ajenos al objetivo institucional para las que fueron destinados, entre otros.Artículo 56.- Queda prohibido estrictamente que los trabajadores porten en laInstitución ropa deportiva; es decir, shorts, pants, sudaderas, tenis, gorras, entreotros, salvo previa autorización de la jefatura inmediata superior.Artículo 57.- Queda prohibida estrictamente la entrada a la Institución a losfamiliares de los trabajadores o personas ajenas a ésta, salvo previa autorizaciónde la jefatura inmediata superior.C A P Í T U LO XIVHIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJOArtículo 58.- Los trabajadores se obligan a observar las medidas preventivasque para su protección se les indique, y en caso de que algún trabajador contraiga alguna enfermedad contagiosa o esté en contacto directo con personasenfermas, estará obligado a

LABORES EN CENTROS DE INTEGRACIÓN JUVENIL, A. C., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA INSTITUCIÓN", REPRESENTADA POR LA LIC. CARMEN FERNÁNDEZ CÁCERES, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA . de lunes a viernes, mientras que los trabajadores sindicalizados tendrán media hora de descanso pudiendo disfrutarla al inicio o término de la .