La Implementación De La Ley General De Contabilidad Gubernamental En .

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LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY GENERALDE CONTABILIDAD GUBERNAMENTALEN LAS ENTIDADES FEDERATIVASY MUNICIPIOS DEL PAÍS.AVANCES Y RETOS1

INDICEPag.I.II.INTRODUCCIÓN .3FUNDAMENTO LEGAL . .4II.1 Antecedentes . .7II.1.1 Reformas a la LGCG . . .7II.2 Ley General de Contabilidad Gubernamental . . 8II.3 Análisis de la Ley General de Contabilidad Gubernamental . .10II.4 Objeto de la ley . .12II.5 Sistemas Contables . . .12II.6 Registro patrimonial .13II.7 Información financiera periódica y cuenta pública .14II.8 Resultados . 14II.9 Marco institucional .14II.10 Información y transparencia . .15II.II Sanciones . .15II.12 Transitoriedad .15III.DISPOSICIONES SECUNDARIAS A LA LEY GENERAL DE CONTABILIDADGUBERNAMENTAL (LGCG)III.1 Análisis de la Reglamentación Secundaria de la LGCG .16III.2 Fiscalización del Proceso de Armonización Contable . 25IV.AVANCES EN LA IMPLANTACIÓN DEL PROCESO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE ENLAS ENTIDADES FEDERATIVASIV.1 Estados . .25IV.2 Municipios .39V.AVANCES Y RETOS EN LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE CONTABILIDADGUBERNAMENTALV.1 Avances . 42V.2 Retos . . .44VI.COMENTARIOS FINALES . . . .46VII.BIBLIOGRAFÍA .512

I. INTRODUCCIÓNLa Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) surge de la necesidad de contar coninformación en materia financiera, presupuestal y contable que pueda ser consolidada ycomparada entre los tres órdenes de Gobierno (Federal, Estatal y Municipal), que tienenbajo su responsabilidad la administración de los recursos públicos, en donde se genereinformación oportuna que ayude a los servidores públicos a una mejor toma de decisionessobre las finanzas públicas.Con la aprobación de esta Ley, no sólo se da respuesta a los requerimientos legales detransparencia y de rendición de cuentas, sino que permite superar la diversidad conceptual,normativa y técnica prevaleciente en la información financiera y presupuestal de lasentidades gubernamentales.Persiste aún un gran reto para lograr el cumplimiento de la Ley General de ContabilidadGubernamental, la cual se decretó obligatoria a partir del 1 de enero de 2009.Sin embrago, es necesario que se consideren algunos aspectos fundamentales para el logroefectivo de dicha Ley. En el presente trabajo de investigación se describirán las fortalezasdel sistema de contabilidad gubernamental, reflexionando en lo que se requiere para quese logren.Para tal efecto, primero se presentarán algunos conceptos necesarios para una mejorcomprensión del tema. Se describirán los Antecedentes que propiciaron las nuevasdisposiciones en la materia, se revisa la exposición de motivos de la Iniciativa de la LeyGeneral de Contabilidad Gubernamental, así como, las características generales de la Leyaprobada. Como tema central se presentarán los aspectos fundamentales que se deberánabordar como los Avances logrados y cuáles son los Retos que deben considerarse paralograr que la implementación del sistema de contabilidad gubernamental dentro de cadauno de los tres ámbitos de gobierno se vuelva exitosa.3

II. FUNDAMENTO LEGALEl 07 de mayo del 2008 se emite el Decreto Presidencial que reforma, adiciona y derogadiversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,publicado en el Diario Oficial de la Federación. En el que se establece la facultad delCongreso de la Unión para emitir leyes en materia de contabilidad gubernamental queregirán la contabilidad pública y la presentación homogénea de información financiera, deingresos y egresos, así como patrimonial, para la federación, los estados, los municipios, elDistrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales,a fin de garantizar su armonización a nivel nacional.“Artículo 73. I. a XXVII.XXVIII. Para expedir leyes en materia de contabilidad gubernamental que regirán lacontabilidad pública y la presentación homogénea de información financiera, de ingresosy egresos, así como patrimonial, para la Federación, los estados, los municipios, el DistritoFederal y los órganos político- administrativos de sus demarcaciones territoriales, a fin degarantizar su armonización a nivel nacional;”En esta fracción del artículo mencionado, se delegó al Legislador Federal la encomiendade definir un marco conceptual, registro y rendición de cuentas, para todo aqueldenominado ente público; y se determinó un plazo en los transitorios de la reformaconstitucional para emitir una ley reglamentaria.II.1 AntecedentesUno de los problemas a los que se enfrentaba el manejo de la contabilidad gubernamentalen el 2006, fue que entre los diferentes órdenes de gobierno no era susceptible de sercomparada, ya que se empleaban términos, metodologías, criterios y formatos depresentación diferentes. Tal complicación impedía la transparencia en la forma y alcancesde presentar la información requerida y dificultaba enormemente la rendición de cuentaspara la evaluación y fiscalización de los gastos públicos.4

Es por eso que la propuesta de Reforma Integral de la Hacienda Pública introdujo unelemento innovador para mejorar la transparencia con que los entes públicos elaboran lainformación financiera, presupuestaria y patrimonial al incorporar una adición al Artículo73 Constitucional.Para cumplir con ese mandato constitucional el gobierno federal propuso que el H.Congreso de la Unión expidiera leyes que se requieran para normar la contabilidadgubernamental, armonizando los sistemas contables públicos, así como la presentación deinformación financiera, presupuestaria y patrimonial en los tres órdenes de gobierno.Esta propuesta quedaría reglamentada a través de una ley general que expediría el PoderLegislativo en un periodo de un año a partir de la entrada en vigor de la reformaconstitucional, con el objeto de uniformar los términos y la metodología con la que seelaboraba y presentaba la información pública en materia financiera, presupuestaria ypatrimonial.La unificación de criterios ayudaría a obtener información precisa y homogénea de lasfinanzas públicas a nivel nacional, evitando los malos manejos y la opacidad en la ejecuciónde los recursos que muchas veces obedecía a la aplicación de ciertos criterios particulares.Al homologar los procesos contables mediante los mismos criterios, sería más difícil paralos servidores públicos manipular el destino de los recursos para su beneficio personal. Así,la homologación de los procesos contables de todo el sector público se convierte en unaherramienta indispensable para la efectiva rendición de cuentas, pues al contar con datosy formatos comparables, además de que se fortalece la transparencia gubernamental sefacilita tanto el escrutinio público como las funciones de fiscalización de los órganos de losdiferentes órdenes de gobierno.Por lo que se crea la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), publicada en elDiario Oficial de la Federación (DOF) el 31 de diciembre de 2008, la cual tiene por objetoestablecer los criterios generales que regularán a la contabilidad gubernamental y laemisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuadaarmonización, facilitando el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y5

gastos y, en general, contribuyendo a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto eingreso público.La LGCG es de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial dela federación, entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganospolíticos-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal (ahoraCiudad de México); las entidades de la administración pública paraestatal, ya seanfederales, estatales o municipales y los órganos autónomos federales y estatales.Se crea el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), como órgano decoordinación para la armonización contable gubernamental, teniendo como objetivo laemisión de las normas contables y los lineamientos para la generación de la informaciónfinanciera que aplicarán los entes públicos.Del 2009 a 2011 el CONAC, aprueba y emite un gran número de instrumentos quecomprenden las bases técnicas estructurales y funcionales de la contabilidadgubernamental a fin de mejorar la eficiencia del gasto y la rendición de cuentas, siendoestas: Homologar la contabilidad gubernamental en los tres órdenes de gobiernoconforme a mejores prácticas internacionales. Mejorar la transparencia con que los entes públicos elaboran la informaciónfinanciera, presupuestaria y patrimonial. Contar con datos comparables y fortalecer y facilitar las funciones de fiscalizaciónde los órganos de los diferentes niveles de gobierno.En el marco de la LGCG, Las entidades federativas deben asumir una posición estratégicaen las actividades de armonización para que cada uno de sus municipios, logren cumplircon los objetivos que dicha ley ordena.La armonización contable dentro del sector público es necesaria para mantener la disciplinafiscal, tomar decisiones sobre la asignación de recursos, optimizar la eficiencia operativa eincrementar la transparencia sobre el uso de los recursos gubernamentales. Para que la6

información financiera sea una herramienta útil de mejoramiento de la calidad y eficienciadel gasto público, es necesario que sea comprensible, comparable, oportuna, completa yconfiable.II.1.1 Reformas a la LGCGLa Reforma Hacendaria de 2007 que sometió el Ejecutivo Federal a consideración delCongreso de la Unión, se origina porque en el país existía una diversidad de sistemascontables entre el gobierno federal, las entidades federativas y municipios, así mismo unagran heterogeneidad de criterios para el registro de las operaciones contables, estoocasionaba una falta de uniformidad en las cuentas públicas en cuanto a su estructura,contenido, alcances y oportunidad.Por lo que se incluyó un componente fundamental: mejorar sustancialmente la manera enque el gobierno administra y utiliza los recursos públicos. Lo anterior, a través demecanismos para incrementar la calidad con la que se ejerce el gasto público, así comopara fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas sobre el uso de dichos recursos.Asimismo, cabe destacar que la iniciativa fue congruente con el Plan Nacional de Desarrollo2007-2012, el cual dentro del Eje 2. Economía competitiva y generadora de empleos,contempla como uno de sus objetivos, contar con una hacienda pública responsable,eficiente y equitativa que promueva el desarrollo en un entorno de estabilidad económica,garantizando una mayor transparencia y rendición de cuentas del gasto público paraasegurar que los recursos se utilicen de forma eficiente, así como para destinar másrecursos al desarrollo social y económico.La Reforma Hacendaria observó las siguientes tres vertientes: Incrementar la calidad del gasto. Erogaciones plurianuales para inversión en infraestructura. Fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas.En relación a este tema se propuso una adición al artículo 73, para mejorar la transparenciacon que los entes públicos elaboran la información financiera, presupuestaria ypatrimonial. Para facilitar las funciones de fiscalización y, en general, mejorar la7

transparencia de la información pública, se propone otorgar la facultad al Congreso de laUnión para que expida las leyes que tengan por “objeto normar la contabilidadgubernamental, armonizando los sistemas contables públicos, así como la presentaciónde información financiera, presupuestaria y patrimonial en los tres niveles de gobierno”.Cabe señalar que la ley reglamentaria que se expidió en esta materia tendría queestablecer los principios generales para homologar la información en los tres órdenes degobierno: federal, estatal y municipal; los cuales están comprendidos por poderesautónomos y municipios; así mismo el poder público se divide en legislativo, ejecutivo yjudicial; el ejecutivo en administración centralizada y paraestatal; los municipios enadministración centralizada y paramunicipal; la paraestatal/paramunicipal en organismosdescentralizados, fideicomisos públicos y comisiones; sin perjuicio de que deberá tomaren cuenta las particularidades de cada uno de estos entes públicos y de sus funcionesespecíficas para prever un régimen transitorio que les permita a todas ellas adoptar losprincipios para una armonización contable eficiente.Como consecuencia de esa diferencia de operaciones y competencias, que se traduce enla rendición de cuentas a través de información contable y presupuestal es muy diferenteentre cada uno de los entes. Se tiene una diferencia en conceptos, procedimientos deregistro, criterios de interpretación y clasificación, y en generación de informaciónatendiendo al destinatario de la información.En este contexto se entiende que “La armonización contable no es solo un cambio deconceptos y estructuras, sino un cambio de procesos consensados para tener unacontabilidad a nivel nacional”.II.2 Ley General de Contabilidad GubernamentalEl decreto por el que se expide la Ley General de Contabilidad Gubernamental y sederogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria, fue publicada en el DOF el 31 de diciembre de 2008.8

El órgano de coordinación para la armonización de la contabilidad gubernamental es elConsejo Nacional de Armonización Contable, el cual tiene por objeto la emisión de lasnormas contables y lineamientos para la generación de información financiera queaplicarán los entes públicos, previamente formuladas por el Secretario Técnico.Los instrumentos normativos, contables, económicos que emita el CONAC, deben serimplementados por los entes públicos, a través de las modificaciones, adiciones o reformasa sus marcos jurídicos, lo cual podría consistir en la eventual modificación o expedición deleyes y disposiciones administrativas de carácter local.Documentos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable, encumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental: Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental. Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental. Momentos Contables de los Egresos. Clasificador por Objeto de Gasto. Clasificador por Rubro de Ingresos. Plan de Cuentas. Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de losIngresos. Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura delos Estados Financieros Básicos del Ente Público y Características de sus Notas. Clasificador por Objeto de Gasto (Capítulo, Concepto y Partida Genérica). Clasificador por Tipo de Gasto. Clasificación Funcional del Gasto. Clasificador por Objeto del Gasto Adecuaciones. Manual de Contabilidad Gubernamental Acuerdo. Manual de Contabilidad Gubernamental Presentación. Manual de Contabilidad Gubernamental Introducción. ManualdeContabilidadGubernamental. Fundamentos Metodológicos. Manual de Contabilidad Gubernamental Plan de Cuentas.9

Manual de Contabilidad Gubernamental Instructivos. Manual de Contabilidad Gubernamental Modelos. Manual de Contabilidad Gubernamental Guías. Manual de Contabilidad Gubernamental Estados Financieros. Manual de Contabilidad Gubernamental Anexos. Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio. Clasificador funcional del gasto (finalidad, función y sub-función). Marco metodológico sobre la forma y términos en que deberá orientarse eldesarrollo del análisis de los componentes de las finanzas públicas con relación alos objetivos y prioridades que, en la materia, establezca la planeación deldesarrollo, para su integración en la Cuenta Pública. Clasificación Administrativa. Clasificación Económica de los ingresos, de los gastos y del financiamiento de losentes públicos. Lineamientos mínimos relativos al diseño e integración del registro en el librodiario, mayor e inventarios y balances (registro electrónico). Lineamientos para la elaboración del catálogo de bienes que permita lainterrelación automática con el clasificador por objeto de gasto y la lista decuentas. Lineamientos lificado para los municipios con menos de veinticinco mil habitantes. Lineamientos dirigidos a asegurarqueelsistemadecontabilidadgubernamental facilite el registro y control de los inventarios de los bienesmuebles e inmuebles de los entes públicos. Reglas específicas del registro y valoración del patrimonio.II.3 Análisis de la Ley General de Contabilidad GubernamentalEsta acción se realiza para identificar el objeto de la Ley, su alcance o ámbito decompetencia, los aspectos generales del sistema de contabilidad, las ventajas y beneficiosdel nuevo esquema, así como sus sanciones correspondientes.10

Con esta Ley se da respuesta a una prioridad compartida por los órdenes de gobierno que,comprometidos con la transparencia y rendición de cuentas, disponen ya de un pilarconstitucional para superar la heterogeneidad conceptual, normativa y técnicaprevaleciente en sus sistemas contables y de rendición de cuentas. Es claro que sólo coninformación comparable, no solamente los ciudadanos podrán evaluar con certeza losresultados que arroje la gestión de sus gobernantes, sino que además tendrán, en lacontabilidad gubernamental, un instrumento clave para la toma de decisiones, alsustentarse en reportes compatibles y congruentes, adaptados en su base técnica y a lasmejores prácticas nacionales e internacionales de administración financiera.Bajo este marco, la contabilidad gubernamental deja atrás la idea de que su propósito sóloes la generación de información para la integración de las cuentas públicas en los distintosniveles de gobierno. Con esta Ley, se propone que la contabilidad gubernamental sea uninstrumento clave, permanente y recurrente en la toma de decisiones de un sistema decontabilidad que cuenta con las siguientes características técnicas:i.Establece los criterios y las líneas generales para el registro contable de lasoperaciones financieras, así como para la emisión de información contable y decuenta pública para los tres órdenes de gobierno.ii.Propone un marco normativo claro en su enfoque y dirección, pero flexible paraincorporar reglas, instrumentos y criterios actualizados como lo exige la dinámicade la gestión pública.iii.Asume como premisa básica el registro y la valuación del patrimonio del Estado.iv.Implica la adopción de un modelo contable promotor de mejores prácticasnacionales e internacionales, para lo cual considera, entre otros elementos, eldevengado contable como base para el registro y tratamiento valorativo de loshechos económico-financieros; el reconocimiento de los activos, pasivos, ingresosy gastos públicos; el patrimonio del estado; y la aplicación de postulados básicosde contabilidad gubernamental.v.En materia de Cuenta Pública, establece la información mínima que debe integrarel documento, y que la información presupuestaria y programática que forme11

parte del mismo, deberá relacionarse en lo conducente con los objetivos yprioridades de la Planeación Nacional y Estatal.vi.Contempla que las Cuentas Públicas de la Federación, los estados, los municipios yel Distrito Federal (hoy Ciudad de México), incluyan los resultados de la evaluacióndel desempeño, de conformidad con lo estipulado en las Leyes de CoordinaciónFiscal y Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.Sobre esta base se busca que los entes públicos de los órdenes de gobierno dispongan deuna contabilidad armónica que refleje los activos, pasivos, ingresos y gastos. Asimismo, seprecisa el contenido de la Cuenta Pública a efecto de que el Poder Legislativo de cada ordende gobierno cuente con mejores elementos para fiscalizar el gasto público y darseguimiento a los registros contables del gasto.II. 4 Objeto de la ley.En la Ley se establecen los criterios generales para la contabilidad gubernamental y laemisión de información financiera de los tres órdenes de gobierno, a efecto de lograr suadecuada armonización. Bajo el esquema que se propone, se facilita el registro y lafiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos con el fin de medir la eficacia,economía y eficiencia del gasto e ingresos públicos, la administración de la deuda pública,así como las obligaciones contingentes y el patrimonio del Estado.II.5 Sistemas ContablesSe propone que el Sistema de Contabilidad Gubernamental sea la herramienta esencial deapoyo para la toma de decisiones sobre las finanzas públicas. Dicho sistema refleja laaplicación de los principios y normas contables generales y específicas bajo los estándaresnacionales e internacionales vigentes, propiciando su actualización a través del marcoinstitucional.Se busca que la información contable mantenga estricta congruencia con la informaciónpresupuestaria. Con esta característica, los sistemas contables podrán emitir, en tiempo12

real, estados financieros, de ejecución presupuestaria, que coadyuve a la toma dedecisiones, a la transparencia, a la programación con base en resultados, a la evaluación ya la rendición de cuentas.Se prevé que los sistemas contables permitan los registros con base acumulativa para laintegración de la información financiera, así como un registro y control de los inventariosde los bienes muebles e inmuebles de los entes públicos.Asimismo, incluye disposiciones que establecen los parámetros bajo los cuales deberállevarse la contabilidad gubernamental. Se precisa que ésta tomará como base un marcoconceptual que constituye la referencia para el registro, valuación, presentación yrevelación de la información financiera, el cual contendrá postulados básicos. Dichospostulados serán la parte técnica de la contabilidad gubernamental para uniformar losmétodos, procedimientos y prácticas contables, así como para organizar la efectivasistematización que permita la obtención de información clara, concisa, oportuna y veraz.II.6 Registro patrimonialSe registrarán únicamente los bienes que tienen impacto en la toma de decisiones sobreel haber del gobierno, sin que por ello se deje fuera el control de algunos bienes de carácterarqueológico, cultural o histórico bajo el resguardo de los entes públicos.Por ello, se prevé que existan registros contables, en cuentas específicas del activo, de losbienes muebles e inmuebles destinados a un servicio público, incluyendo equipo decómputo y vehículos. Estos registros contables deberán reflejar altas y bajas de bienes enlos inventarios de los entes públicos. Asimismo, se llevará un registro auxiliar de los bienesque, por su naturaleza, sean inalienables e imprescriptibles, como lo son los monumentosarqueológicos, artísticos e históricos.Tanto el registro contable de los bienes destinados a un servicio público, como el auxiliardeberán ser consistentes con el inventario físico de los mismos. Así, la iniciativa impone laobligación de levantar los inventarios correspondientes a efecto de que se transparentenlos bienes muebles e inmuebles con los que cuenta el gobierno. Inclusive, se prevé un13

mecanismo para el caso de los bienes que, por la fecha de su adquisición, no han sidoregistrados al momento que una administración saliente debe entregarle a la entrante.II.7 Información financiera periódica y Cuenta PúblicaTomando en cuenta el nuevo propósito central de la información contable; servir a la tomade decisiones sobre las finanzas públicas, se consideró que el nivel de desagregaciónrequerido para los reportes periódicos del sistema sería el punto de partida para laintegración de la Cuenta Pública. En congruencia con ello, la ley establece que los estadosfinancieros y demás información presupuestaria, programática y contable que emanen delos registros de los entes públicos, serán la base para la emisión de informes periódicos ypara la formulación de la Cuenta Pública anual.II.8 ResultadosSe considera que la Cuenta Pública informa no sólo al Congreso de la Unión, y a laslegislaturas de los estados, sino también a la sociedad en general. Por tal motivo y, al serel reporte definitivo de ingresos y gastos del gobierno, la iniciativa prevé que las cuentaspúblicas incluyan, con base en indicadores, los resultados de la evaluación del desempeñode los programas federales, estatales y municipales.II.9 Marco institucionalLa contabilidad gubernamental está en constante desarrollo, por lo que fue necesario quela iniciativa contemplara un mecanismo lo suficientemente dinámico para que México seajuste a las nuevas tendencias en la materia. Al realizar los estudios correspondientes, seadvirtió que, al ser de carácter general, las disposiciones que complementen la ley decontabilidad gubernamental deberían adquirir fuerza legal en los tres órdenes de gobierno.II.10 Información y transparenciaCon independencia de que la información en materia contable y presupuestaria seencuentra sujeta a las disposiciones aplicables en materia de transparencia, los entes14

públicos de los tres órdenes de gobierno deberán organizar, sistematizar y difundir lainformación que generen, al menos, trimestralmente en sus respectivas páginaselectrónicas de Internet.II.11 SancionesLa Ley incluye disposiciones sobre las sanciones que se impondrán en caso de que seincumpla con lo dispuesto en la ley. Particularmente y con independencia de las faltasadministrativas o delitos que se pudieran configurar en el marco de otras disposicionesaplicables, se establece un catálogo de conductas sancionables.II.12 TransitoriedadLa ley contiene múltiples disposiciones que representan un cambio sustantivo en la formaque actualmente se lleva la contabilidad gubernamental. Por ello, se establece unaimplementación progresiva de las obligaciones que adquieren los entes públicos en elmarco de la ley que se propone.Cabe mencionar, que para lograr una adecuada contabilidad gubernamental, es necesariocoordinar los momentos en los que el CONAC expide las normas complementarias de laley, los pasos que tienen que seguir los entes públicos y el desarrollo de la herramientatecnológica a través de la cual se aplicarán los nuevos sistemas contables para lageneración de reportes en tiempo real. Para lograr dicha coordinación, el artículo tercerotransitorio establece los plazos que tiene el CONAC para emitir las disposiciones necesariaspara lograr la total aplicación de la ley. En concordancia con esos plazos, el artículo cuartoestablece la progresividad a la que se sujeta la aplicación de los nuevos sistemas contables,los cuales podrán generar reportes en tiempo real en las fechas señaladas en el artículoquinto transitorio.15

III. DISPOSICIONES SECUNDARIAS A LA LEY GENERAL DE CONTABILIDADGUBERNAMENTAL (LGCG)El acelerado incremento de la contratación de deuda por parte de las entidadesfederativas y de los municipios durante los últimos años ha puesto en riesgo ladisponibilidad de recursos para financiar el gasto público, comprometiéndose de estamanera los ingresos que generan los propios gobiernos estatales, así como losprovenientes de las participaciones federales aún antes de que éstos se reciban.Ante esta problemática, la Ley General de Contabilidad Gubernamental, que entró envigor en enero de 2009, y su última reforma del 27 de abril de 2016 (se reforma el artículo4o, fracc. XII; 9o, fracc. IV; 11, fracc. VIII y XII; 15, párrafo tercero; 25,29,32,46,47, párrafoprimero; 48,55 y 79, párrafo tercero y 80, párrafo segundo y se adicionan un último párrafoal artículo 9º, y un artículo 10º. Bis). Se establecen las directrices generales para normar elproceso de armonización de la contabilidad gubernamental en los tres niveles de gobierno,permitiendo conocer con exactitud los estados financieros de los gobiernos locales, asícomo el valor de su patrimonio y el uso de los recursos públicos.III.1 Análisis de la Reglamentación Secundaria de la LGCGLa Ley General de Contabilidad Gubernamental, establece que los gobiernos estatalesdeberán coordinarse con los municipales para que éstos armonicen su contabilidad,entendiendo como armonización la revisión, reestructuración y compatibilización de losmodelos contables vigentes a nivel nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento delas disposiciones jurídicas que las rigen, de los procedimientos para el registro de lasoperaciones, de la información que deben generar los sistemas de contabilidadgubernamental y de las características y contenido de los principales informes de rendiciónde cuentas.Para cumplir con estos objetivos, el Consejo Nacional de Armonización Contable, emitió32 disposiciones normativas aplicables a las entidades federativas, y de ellas 15 también16

fueron de observancia de los municipios durante el ejercicio 2012. Esta normativa esestablecida para lograr el mandato de la armonización contable, y el objetivo de las 15normas de observancia común se describen a continuación:1. Acuerdo por el que se emiten los Postulados Básicos de ContabilidadGubernamental, para sustentar de manera técnica el registro de las operaciones,la elaboración y presentación de estados financieros basados en su razonamiento,eficiencia demostrada, respaldo en legislación especializada y aplicación de la Ley.2. Acuerdo por el que se emite el Clasificador por Objeto del Gasto y la normativacomplementaria, para registrar los gastos que se realizan en el procesopresupuestario; resume, ordena y presenta los

denominado ente público; y se determinó un plazo en los transitorios de la reforma constitucional para emitir una ley reglamentaria. II.1 Antecedentes Uno de los problemas a los que se enfrentaba el manejo de la contabilidad gubernamental en el 2006, fue que entre los diferentes órdenes de gobierno no era susceptible de ser